SUBVENCIÓN DESTINADA AL FOMENTO DE LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERAS

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

6 meses

La concesión de subvenciones destinadas al fomento de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (A.D.S.G.)

Quién puede solicitarlo

Las A.D.S.G reconocidas por el Gobierno de Aragón

Requisitos y observaciones

1. Las A.D.S.G. que deberan ser oficialmente reconocidas por el Departamento.
2. Los beneficiarios finales de las ayudas son las pequeñas y medianas explotaciones agrarias integradas en una A.D.S.G. oficialmente reconocida por el Departamento y que cumplan, al menos, con el requisito de tratarse de explotaciones de productores ganaderos en actividad, y que las explotaciones tengan la condición de PYMES de acuerdo con el anexo I del Reglamento (UE) nº 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.
3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas explotaciones agrarias que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones, de acuerdo con el régimen y procedimiento previstos en los artículos 10 y 11 del Decreto 136/2013, de 30 de julio, en relación al artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. La acreditación de no estar incurso en las prohibiciones que impiden obtener la condición de beneficiario se efectuará mediante la declaración responsable, contenida en el modelo de solicitud recogido en el anexo I y, en su caso, presentando los certificados acreditativos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
5. Para obtener la condición de beneficiario, las A.D.S.G., deberán comprometerse al cumplimiento de todas las medidas adicionales en materia sanitaria que se dispongan al efecto por Departamento, según las condiciones sanitarias de la zona y las características particulares de cada A.D.S.G. Este compromiso se incluye en el modelo de solicitud recogido en el anexo I.
Se tramita en el Servicio de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal
tramites.agma.srg@aragon.es
tfno.: 976714558
Información también en las: Oficinas Comarcales Agroambientales del Dpto. (horario 9 a 14 h.)
Pueden dirigirse también a las: Oficinas Comarcales Agroambientales del Dpto. (horario 9 a 14 h.)
Se tramita en el Servicio de Sanidad Animal y Sanidad Vegetal
tramites.agma.srg@aragon.es
tfno.: 976714558
Si es necesario para darse de alta o comunicar variaciones en el domicilio o cuenta corriente y evitar posibles perjuicios en el momento de realizar el pago deberán presentar la Ficha de terceros

Qué documentación necesito

- Formularios de solicitud (principal y anexo I),
- Relación de ganaderos que constituyen efectivamente la A.D.S.G. en el momento de la solicitud y de los códigos de explotación de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.
- Memoria del programa sanitario a desarrollar, con su valoración económica, aprobada por la A.D.S.G., en la que se incluirán aquellas actuaciones promovidas por el Departamento en orden al cumplimiento de los Programas de vigilancia y control de enfermedades de los animales a desarrollar en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Un presupuesto detallado de los gastos para los que se solicita la subvención
- Documentación y declaración correspondiente a otras ayudas públicas solicitadas o concedidas que sean concurrentes con la solicitud presentada.
- Documentación acreditativa de la condición de PYMES de las explotaciones integradas en la A.D.S.G., que podrá consistir en declaraciones responsables de los titulares de cada explotación.
- Documento acreditativo de la personalidad jurídica de la entidad solicitante, acompañando copia de los estatutos, y certificación de la inscripción en el registro público correspondiente, salvo que ya obre en poder de la Administración. (Anexo IV de la convocatoria)
- Acreditación de la representación de la persona que suscribe la solicitud.
- Si es necesario para darse de alta o comunicar variaciones en el domicilio o cuenta corriente y evitar posibles perjuicios en el momento de realizar el pago deberán presentar la Ficha de terceros
Si al presentar su solicitud por via telemática les surge alguna dificultad técnica dirigirse a soportesae@aragon.es ó llamando al teléfono 976 289414 (de 8:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 8:00 a 16:00 los viernes) o a través del Formulario de consultas

Descargar formularios:
SUBVENCIÓN DESTINADA AL FOMENTO DE LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERAS
ANEXO I. Solicitud de la subvención
ANEXO II. Solicitud de pago
ANEXO III. Programa sanitario
ANEXO IV. Documentación que obra en poder de la Administración
Modelo consentimiento comprobaciones de las obligaciones por parte de la Administración
Modelo declaración responsable

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

-Reglamento (UE) nº 702/2014, de 25 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Modificado por Reglamento (UE) 2017/1084 de la Comisión, de 14 de junio de 2017.
- Decreto 138/1992, de 7 de julio, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 20 de julio de 1992)
- Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera (BOE nº 50, de 27 febrero 2015)
Orden DRS/767/2019, de 20 de junio, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, para el año 2019(BOA nº 127, 2 julio 2019)

Organismo responsable

Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Más información

Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 435, indícanoslo para darte una mejor información

Gestión del trámite

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Descargar formularios:

SUBVENCIÓN DESTINADA AL FOMENTO DE LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERAS

ANEXO I. Solicitud de la subvención

ANEXO II. Solicitud de pago

ANEXO III. Programa sanitario

ANEXO IV. Documentación que obra en poder de la Administración

Modelo consentimiento comprobaciones de las obligaciones por parte de la Administración

Modelo declaración responsable


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