AYUDA ASOCIADA PARA GANADEROS DE VACUNO DE CEBO QUE MANTUVIERON DERECHOS ESPECIALES EN 2014 Y NO DISPONEN DE HECTÁREAS ADMISIBLES PARA LA ACTIVACIÓN DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO (PAC)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

18 meses

La concesión de ayudas a ganaderos de vacuno de cebo que hayan mantenido derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos en régimen de pago básico.

Quién puede solicitarlo

Ganaderos con explotaciones de vacuno de leche que hayan mantenido derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos en régimen de pago básico.

Requisitos y observaciones

Ser ganadero de vacuno de cebo que ha mantenido derechos especiales en 2014 y no dispone de hectáreas admisibles sobre las que activar los derechos de pago básico o, si además de los derechos especiales también es titular de derechos normales que se declararon en la misma campaña 2014, la superficie era menor a 0,2 hectáreas. excepto si se debe a la ausencia de hectáreas admisibles determinadas en la declaración de la solicitud de ayudas del año 2013
? Que la explotación esté inscrita en REGA con la clasificación zootécnica de 'reproducción para producción de carne', o 'reproducción para producción de leche', o 'reproducción para producción mixta' o 'cebo o cebadero'.
? Los animales elegibles serán bovino entre 6 y 24 meses de edad cebados entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 y que se encuentren inscritos en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA), conforme se establece en el Real Decreto 728/2007.
? La ayuda se concederá por animal elegible y año.
Pueden dirigirse también a las Oficinas Comarcales Agroambientales del Dpto. (horario 9 a 14 h.)
Si es necesario para darse de alta o comunicar variaciones en el domicilio o cuenta corriente y evitar posibles perjuicios en el momento de realizar el pago deberán presentar la Ficha de terceros
Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria

Qué documentación necesito

Para poder formular la ?Solicitud Conjunta? se utilizará el programa informático Programa de captura SGA_PAC, disponible en el portal web - www.aragon.es/pac , que permite la presentación y tramitación de dicha solicitud a través del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (no es posible su presentación en papel)
Si en la tramitación telemática les surge alguna dificultad técnica dirigir comunicar la incidencia o consulta al: Soporte de consultas o incidencias o
soportepac@aragon.es
Los interesados pueden presentar o tramitar su solicitud, por sí, a través de su representante o mediante la representación de las entidades habilitadas.

Descargar formularios:
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Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

- Normativa básica europea y estatal de la PAC
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón ( BOA nº 68 de 10 de abril de 2015)
- Orden DRS/209/2018, de 1 de febrero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la ?Solicitud Conjunta? de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2018 ( BOA nº 15 de febrero de 2018)
- Orden DRS/143/2019, de 19 de febrero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la 'Solicitud Conjunta' de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2019 (BOA nº 43, 4 marzo 2019)
- Orden DRS/402/2019, de 15 de abril, que modifica la Orden DRS/143/2019, de 19 de febrero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la Solicitud Conjunta de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2019. (BOA n.º 80, 26 abril 2019)
- Orden DRS/402/2019, de 15 de abril, que modifica la Orden DRS/143/2019, de 19 de febrero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la Solicitud Conjunta de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2019. (BOA n.º 80, 26 abril 2019)

Organismo responsable

Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Más información

Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1755, indícanoslo para darte una mejor información

Gestión del trámite

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Descargar formularios:

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