Pensión no contributiva por jubilación

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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La pensión por jubilación no contributiva consiste en una prestación económica individualizada, de carácter periódico, para mayores de 65 años que no pueden acogerse al sistema contributivo de pensiones y que no tienen recursos económicos suficientes. La pensión, para el 2015, es de un mínimo de 91,73? y un máximo de 366,90? repartidos en 14 mensualidades por año.

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Esta prestación es incompatible con el Fondo de Asistencia Social (FAS) por vejez o por enfermedad, con el subsidio de garantía de ingresos mínimos, con el subsidio de asistencia de tercera persona de la LISMI y con la condición de causante de la prestación económica por niño a cargo de la Seguridad Social.

A quién va dirigido

A las personas de nacionalidad española y extranjeros con residencia legal que cumplan con los requisitos establecidos.

Organismo responsable

Normativa

Trámites relacionados

Solicitar la pensión

Plazos

Puede solicitarse en cualquier momento.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

Documentación relativa al solicitante

  1. Persona española:
    • Fotocopia compulsada del DNI.
    • Original del certificado de convivencia actualizado (expedido dentro de los 3 meses anteriores a su presentación).
  2. Persona con nacionalidad de otro país de la Unión Europea:
    • Fotocopia compulsada del permiso de residencia vigente.
    • Si no dispone del documento anterior, deberá aportar la fotocopia compulsada del certificado emitido por el Registro Central de Extranjeros, justificativo de la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil como residente comunitario, y fotocopia compulsada del pasaporte o del documento de identidad de su país de origen.
    • Certificado emitido por el organismo competente o por la Embajada y / o Consulado de su país de origen a España, donde conste si es o no pensionista. En caso afirmativo deberá hacer constar el importe mensual y el número de pagos anuales que recibe.
      Original del certificado de convivencia actualizado (expedido dentro de los 3 meses anteriores a su presentación).
  3. Persona con nacionalidad de terceros países:
    • Fotocopia compulsada del permiso de residencia vigente.
    • Fotocopia compulsada del certificado emitido por la Dirección General de la Policía (Sección de Extranjería) justificativo de los periodos de residencia legal en territorio español.
    • Certificado emitido por el organismo competente o por la Embajada y / o Consulado de su país de origen a España, donde conste si es o no pensionista. En caso afirmativo, deberá hacer constar el importe mensual y el número de pagos anuales que recibe.
    • Original del certificado de convivencia actualizado (expedido dentro de los 3 meses anteriores a su presentación).
  4. Persona incapacitada legalmente:
    • Fotocopia compulsada de la sentencia de incapacitación.
    • Fotocopia compulsada de la aceptación del cargo de tutor.
  5. Persona divorciada o separada:
    • Fotocopia compulsada del convenio regulador de la separación y de la sentencia de divorcio o separación.
  6. Trabajador/a por cuenta ajena:
    • Fotocopia compulsada de las hojas de salario del año actual, con declaración expresa del número de pagos anuales.
  7. Trabajador/a autónomo/a:
    • Fotocopia compulsada de las declaraciones trimestrales de ingresos sobre la renta de las personas físicas correspondientes al año actual.
  8. Situación de desempleo:
    • Fotocopia compulsada del certificado emitido por las oficinas de Trabajo de la Generalitat (OTG) donde conste el importe que cobra mensualmente y la fecha prevista de finalización.
    • En el caso de que sea perceptor de subsidio de desempleo, en el certificado deberá constar el tipo de subsidio que percibe (por trabajadores mayores de 52 años, liberados de prisión, renta activa de inserción, etc.).
  9. Situación de incapacidad temporal:
    • Fotocopia compulsada del certificado emitido por la entidad pagadora de la prestación de incapacidad temporal.

Documentación relativa a las personas que conviven con la persona solicitante

  1. Persona divorciada o separada:
    • Fotocopia compulsada del convenio regulador de la separación y de la sentencia de divorcio o separación.
  2. Pensionista de otro país:
    • Certificado emitido por el organismo competente o por la Embajada y / o Consulado de su país de origen a España, donde conste si es o no pensionista. En caso afirmativo, deberá hacer constar el importe mensual y el número de pagos anuales que recibe.
  3. Trabajador/a por cuenta ajena:
    • Fotocopia compulsada de las hojas de salario del año actual, con declaración expresa del número de pagos anuales.
  4. Trabajador/a autónomo/a:
    • Fotocopia compulsada de las declaraciones trimestrales de ingresos sobre la renta de las personas físicas correspondientes al año actual.
  5. Situación de desempleo:
    • Fotocopia compulsada del certificado emitido por las oficinas de Trabajo de la Generalitat (OTG) donde conste el importe que cobra mensualmente y la fecha prevista de finalización.
  6. Situación de incapacidad temporal:
    • Fotocopia compulsada del certificado emitido por la entidad pagadora de la prestación de incapacidad temporal.

Hay que recordar
Puede obtenerse la compulsa de los documentos presentando la fotocopia y el documento original al personal del registro.

Requisitos

Requisitos generales

  1. Tener 65 años cumplidos en el momento de presentar la solicitud.
  2. Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años entre la edad de 16 años y la edad de meritación de la pensión. De estos 10 años, 2 deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.
  3. No superar el nivel de recursos establecido.

Requisitos económicos

La persona solicitante no puede disponer de ingresos iguales o superiores al importe mensual (366,90 ?) ni anual (5.136,60 ?) de la pensión no contributiva.

Tampoco pueden superar el límite de recursos establecidos las personas con las que conviva la persona solicitante y estén unidas por un vínculo de matrimonio (cónyuge) o por vínculos de consanguinidad hasta el segundo grado (padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos).

LÍMITE DE RECURSOS ECONÓMICOS PARA 2015

Miembros de la unidad económica

Sin ascendientes o descendients de 1r grado (tabla 1)

Con ascendientes o descendientes de 1r grado (tabla 2)

2

8.732,22

21.830,55

3

12.327,84

30.819,60

4

15.923,46

39.808,65

5

19.519,08

48.797,70

6

23.114,70

57.786,75

7

26.710,32

66.775,80

8

30.305,94

75.764,85

9

33.901,56

84.753,90

10

37.497,18

93.742,95

  • Se considera ingreso, tanto de la persona solicitante como de los familiares con los que convive, cualquier ingreso de rentas de trabajo, de capital, de bienes inmuebles, de prestaciones o pensiones, etc.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

  • Comunicación de variación de circumstancias: una vez se haya reconocido el derecho a la Pensión no contributiva, la persona beneficiaria queda obligada a comunicar cualquier variación en sus circunstancias de convivencia, residencia, recursos económicos declarados y discapacidad o enfermedad crónica que han motivado el reconocimiento de la prestación, en el plazo de 30 días desde la fecha en que estas variaciones hayan tenido lugar. Hace falta hacer un escrito de revisión a instancia de parte para comunicar el hecho que genera la modificación y adjuntar la documentación acreditativa que corresponda.
  • Cambio de domiciliación bancaria del cobro de la prestación: la persona que quiera solicitar un cambio de domiciliación bancaria del cobro de la pensión/prestación tiene que entregar la hoja de solicitud de transferencia bancaria para indicar los datos bancarios completos y sin correcciones, sellada por la entidad bancaria correspondiente.
  • Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva están obligadas a presentar, dentro del primer trimestre de cada año, la declaración individual del pensionista. En esta declaración deben constar los ingresos obtenidos durante el año 2014 por el beneficiario y su unidad económica de convivencia y hacer una previsión de los ingresos que esperan obtener durante el 2015.

Tríptico informativo pensiones no contributivas (2015)

Tríptico informativo prestaciones Ley 13/2006 (2015)

Presencialmente

El formulario de solicitud se puede presentar en:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781


Preguntas frecuentes

Que tiempo dura la aprobacion de la pensión no contributiva en Cataluña
que dia del mes se paga
Hola. Mi madre no tiene ingresos (mayor de 65) y vive sola. mientras que mi padre vive conmigo en la ciudad ,les ayudamos), son pueblos distintos y empadronamientos distintos. Al estar en Cataluña ?tendria mi ma
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