Obras y actividades en dominio público hidráulico y en zona de policía de cauces (H0139a)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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La realización de cualquier obra o actividad que comporte el empleo y / o la utilización (dentro o encima) del dominio público hidráulico (DPH), de la zona de servidumbre (ZS) o de la zona de policía de cauces (ZP) o de los bienes situados en estas zonas requiere la autorización administrativa previa, salvo en el caso de los pastos en DPH, en el que hay que presentar una declaración responsable. (ver esquema y definiciones de la zonificación del espacio fluvial )

  • Modalidad de autorización: Relación de obras y actividades que incluye este trámite (+info):
  1. Construcciones (en ZP)
  2. Desagües de aguas pluviales en un cauce (en DPH)
  3. Dragados (en DPH)
  4. Cruces aéreos de líneas (en DPH)
  5. Cruces subterráneos de líneas y conducciones (en DPH)
  6. Encauzamientos, defensas, cubrimientos y enterramientos de ríos, arroyos o torrentes (en DPH)
  7. Establecimiento de zonas de baños o zonas recreativas y deportivas (en DPH o ZP)
  8. Extracciones de áridos (en DPH)
  9. Extracciones de áridos (ZP)
  10. Vados inundables (en DPH)
  11. Modificaciones del relieve (ZP)
  12. Limpieza y mantenimiento de cauces (en DPH)
  13. Pasturaje (en DPH)
  14. Puentes, pasarelas y obras de drenaje (en DPH)
  15. Protecciones de los márgenes de los cauces (en DPH)
  16. Tales y plantaciones (ZP)
  17. Tales, plantaciones y siembras (en DPH)
  18. Actividades de ocio privadas o colectivas relacionadas con el dominio público hidráulico (por ejemplo las actividades turísticas de extracción artesanal de oro)

 

  •  Modalidad de declaración responsable de pastos en DPH.
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La autorización es vigente durante el periodo que se indica en la resolución.

Solicitar la autorización de obras y actividades en dominio público hidráulico y en zona de policía de cauces (H0363)

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento, antes de iniciar la obra.

Documentación

Documentación a adjuntar a la solicitud:
En función del tipo de obra o actividad hay que adjuntar un proyecto o memoria técnica firmada por un técnico competente, que incluya lo que se indica en este enlace . El documento se tiene que presentar preferentemente en formato digital (según las especificaciones de la documentación en formato digital ).

Tasas

Ver documento de tasas  

Otras informaciones

Canon
El artículo 112 del Texto refundido de la Ley de aguas dispone que la ocupación, utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público hidráulico que requiera autorización administrativa devenga a favor del organismo de cuenca competente una tasa denominada canon de utilización de bienes de dominio público hidráulico, destinado a proteger y mejorar el dominio público hidráulico. El devengo del canon se produce con el otorgamiento inicial y el mantenimiento anual de la concesión o autorización.
Restan exentas del pago del canon, las entidades locales autorizadas, por la ocupación del dominio público hidráulico destinada a la prestación de un servicio público, de acuerdo con lo que establece el artículo 3 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y financieras (DOGC 5281, de fecha 31-12-2008).

Fianza
El Reglamento del Dominio Público Hidráulico determina los casos en que el beneficiario de la autorización será responsable de cuántos daños se puedan producir al dominio público hidráulico y a los bienes de particulares o de la Administración por la ejecución de las obras o actividades. Para responder, y antes de iniciar estas actividades, prestará fianza en la cuantía que, en cada caso concreto, fije la Administración, la cual será devuelta si no se hubieran producido daños.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Una vez se ha rellenado la solicitud, se debe imprimir y firmar y acompañar con la documentación necesaria (en su caso).

También se puede presentar en:

En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Presentar la declaración responsable de pastos en dominio público hidráulico (H0238)

Plazos

La declaración responsable se tiene que presentar con un periodo mínimo de antelación de quince días antes de iniciar la actividad, y un máximo de anticipación de seis meses. Este plazo se inicia a partir de la fecha en que la declaración responsable haya entrado en cualquiera de los registros de la Agencia Catalana del Agua. Las declaraciones responsables se tramitarán en la demarcación territorial correspondiente.
Finalizada la vigencia de la declaración responsable el titular podrá presentar una nueva declaración responsable con el fin de prorrogar la actual situación.

Documentación

  • Memoria descriptiva de las actividades: Breve descripción de las actividades a llevar a cabo.
  • La realización de esta actividad comporta la realización previa de un periodo de información pública por un plazo no inferior a veinte días, ni superior a dos meses. Se practicará con inserción de anuncios en los ayuntamientos en qué se haga el aprovechamiento. Por eso tendréis que adjuntar justificación del ayuntamiento afectado, del cual se ha realizado la información pública a su tablón de anuncios, por un plazo no inferior a veinte días, e incluyendo las posibles alegaciones presentadas.
  • Croquis o plano de planta de la zona, en función de la superficie afectada, en el cual quede marcada la superficie que se pretende utilizar como pastos

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otros

Canon de ocupación
El artículo 112 del Texto refundido de la Ley de aguas dispone que la ocupación, utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público hidráulico que requiera autorización administrativa devenga a favor del organismo de cuenca competente una tasa denominada canon de utilización de bienes de dominio público hidráulico, destinado a proteger y mejorar el dominio público hidráulico. El devengo del canon se produce con el otorgamiento inicial y el mantenimiento anual de la concesión o autorización.
Quedan exentas del pago del canon, las entidades locales autorizadas, para la ocupación del dominio público hidráulico destinada a la prestación de un servicio público, de acuerdo con lo que establece el artículo 3 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y financieras (DOGC 5281, de fecha 31-12-2008).

Instrucciones
Instrucciones y requisitos para el cumplimiento de la Declaración responsable de pastos .

Presencialmente


Puntos de tramitación

Una vez se ha rellenado la solicitud, se debe imprimir y firmar y acompañar con la documentación necesaria (en su caso).

 

También se puede presentar en:

En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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