Información sobre el estado de tramitación de los expedientes de extranjería
Consulta sobre el estado actual en el que se encuentra su autorización de extranjería.
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
Oficina de Extranjeros de provincia correspondiente
Este servicio no está disponible para los ciudadanos de la UNIÓN EUROPEA.
Los ciudadanos de la UE deberán consultar el estado de su expediente en las oficinas donde se tramitó su tarjeta.
Es posible obtener información del estado de tramitación de un expediente, a través de mensajes SMS.
Número de teléfono a dónde mandar los mensajes SMS: 638 44 43 86.
Sin coste adicional.
Junto con la información del estado de tramitación, el sistema añadirá un mensaje recordando que los datos que se acaban de proporcionar tienen un carácter meramente informativo: "Datos de carácter informativo".
Como cuerpo del mensaje, deberá escribir la palabra NIE y después su número de identificación de extranjero (entre ambos, deberá dejar un espacio en blanco). Finalmente, enviarlo al número 638 44 43 86.
El Número de identificación de extrajero tiene el formato siguiente:
Como cuerpo del mensaje deberá escribir la palabra EXPE y después el número de expediente (entre ambos, deberá dejar un espacio en blanco). Finalmente enviarlo al número 638 44 43 86.
El número de expediente deberá tener, exactamente, 15 caracteres. La escritura de un número distinto de caracteres devolverá un mensaje de error.
Es posible obtener información del estado de tramitación de un expediente, llamando al número de teléfono 902 02 22 22.
Le recordamos que el sistema proporciona datos de carácter meramente informativo.
Navegador de Internet Microsoft Internet Explorer 7 o superior, Mozilla Firefox 3.
La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dedica el capítulo II de su Título I, a los Sistemas de identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo. En los artículos 9 y 10, hace referencia a sistemas de identificación y firma, respectivamente, basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados, que habrán sido expedidos por prestadores incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación (TSL).
Los certificados admitidos en la Sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, son los soportados por la plataforma @Firma del Ministerio, cuya relación se recoge en el documento de Proveedores de servicios de certificación de @Firma.
Para verificar la validez de los certificados de esta Sede electrónica, puede utilizar los servicios de la plataforma Valide, proporcionada también por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la práctica de las notificaciones electrónicas.
En el primer apartado de este artículo se establece que las notificaciones por medios electrónicos se practicarán mediante comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante, a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas, según disponga cada Administración u Organismo.
A los efectos previstos en este artículo, se entiende por comparecencia en la sede electrónica, el acceso por el interesado o su representante debidamente identificado al contenido de la notificación, momento en que se considerarán practicadas.
En la Sede de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, se proporciona acceso por comparecencia electrónica al contenido de las notificaciones, a través de la sección/opción de menú Mis Expedientes o Mis Notificaciones.
El área de Mis Expedientes permite, asimismo, conocer y consultar el estado de tramitación de sus expedientes.
Cl@ve es un sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante claves concertadas (usuario más contraseña), sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios.
Previamente a la utilización del sistema Cl@ve es necesario registrarse en el mismo, aportando los datos de carácter personal necesarios. Este registro puede hacerse de forma presencial, acudiendo a una de las Oficinas de Registro Cl@ve, o por internet.
Podrán actuar como Oficinas de Registro Cl@ve aquellos organismos públicos que dispongan de despliegue territorial y cumplan los requisitos técnicos necesarios establecidos. Actualmente, funcionan como Oficinas de Registro Cl@ve las siguientes oficinas:
Se puede obtener más información del sistema Cl@ve accediendo al Portal informativo.
Información relacionada:
El desarrollo del programa de reconocimiento (certificaciones y premios) del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, ha sido regulado por la reciente Orden Ministerial TFP 967/2019 de 18 de Septiembre, dejando sin aplicación la regulación hasta ahora vigente.
Según el artículo 1.2 de dicha Orden, las certificaciones y los premios serán objeto de convocatoria anual mediante Orden ministerial, en la que se establecerá el contenido de las solicitudes de participación, así como los plazos, especificaciones técnicas y los criterios de valoración.
Convocatoria XIII Edición.
A la espera de la entrada en vigor de la Orden de convocatoria, no es posible en estos momentos iniciar este procedimiento. La apertura del acceso al procedimiento se realizará el 22 de Noviembre de 2019.
Organismo responsable: Dirección General de Gobernanza Pública.
Correo electrónico de contacto: calidad.reconocimiento@correo.gob.es
Orden Ministerial de bases reguladores de los dos subprogramas del Programa de reconocimiento
El desarrollo del programa de reconocimiento (certificaciones y premios) del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, ha sido regulado por la reciente Orden Ministerial TFP 967/2019 de 18 de Septiembre, dejando sin aplicación la regulación hasta ahora vigente.
Según el artículo 1.2 de dicha Orden, las certificaciones y los premios serán objeto de convocatoria anual mediante Orden ministerial, en la que se establecerá el contenido de las solicitudes de participación, así como los plazos, especificaciones técnicas y los criterios de valoración.
Convocatoria XIII Edición.
A la espera de la entrada en vigor de la Orden de convocatoria, no es posible en estos momentos iniciar este procedimiento. La apertura del acceso al procedimiento se realizará el 22 de Noviembre de 2019.
Organismo responsable: Dirección General de Gobernanza Pública.
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Orden Ministerial de bases reguladores de los dos subprogramas del Programa de reconocimiento
El Consejo de Europa lleva impulsando desde hace tiempo la cooperación entre entidades territoriales a ambos lados de las fronteras con objeto de promover una mayor participación de las colectividades territoriales en la marcha de Europa, el desarrollo de las regiones fronterizas y la búsqueda de una mayor cooperación entre todas las entidades territoriales en materias como el desarrollo regional, urbano y rural, la protección del medio ambiente o la mejora de las infraestructuras compartidas.
El 21 de mayo de 1981 se adoptó en Madrid el Convenio Marco Europeo sobre cooperación transfronteriza entre comunidades o autoridades territoriales, también llamado Tratado de Madrid, que constituye la base jurídica para dicha cooperación. Entró en vigor de forma general el 22 de diciembre de 1981.
Al amparo del Convenio Marco, España ha suscrito dos tratados internacionales que regulan la cooperación transfronteriza: el Tratado de Bayona con Francia, en vigor desde 1997, y el Tratado de Valencia con Portugal, en vigor desde 2004.
En España, el Real Decreto 1317/1997, de 1 agosto, sobre comunicación previa a la Administración General del Estado y publicación oficial de los convenios de cooperación transfronteriza de Comunidades Autónomas y entidades locales con entidades territoriales extranjeras, regula los dos elementos fundamentales que articulan , en base a los tratados mencionados anteriormente, el nuevo procedimiento para la suscripción de convenios transfronterizos: el primer elemento es la comunicación previa a la Administración General del Estado por las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales de los proyectos de convenio de cooperación transfronteriza que pretendan suscribir, y el segundo elemento es la publicación oficial de dichos Convenios en el «Boletín Oficial del Estado
dgcc.sgrrii@seap.minhap.es
Quejas y sugerencias.
Recogida, tramitación y respuesta tanto a las iniciativas que presentan los usuarios para mejorar la calidad de los servicios como a las manifestaciones de insatisfacción respecto a los mismos, en el ámbito de los Servicios Centrales del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
La respuesta incluye información de las actuaciones realizadas y, en su caso, de las medidas adoptadas.
Las Unidades donde se producen las incidencias que dan lugar a la sugerencia o la queja.
El desarrollo del programa de reconocimiento (certificaciones y premios) del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, ha sido regulado por la reciente Orden Ministerial TFP 967/2019 de 18 de Septiembre, dejando sin aplicación la regulación hasta ahora vigente.
Según el artículo 1.2 de dicha Orden, las certificaciones y los premios serán objeto de convocatoria anual mediante Orden ministerial, en la que se establecerá el contenido de las solicitudes de participación, así como los plazos, especificaciones técnicas y los criterios de valoración.
Dado que el artículo 9 de la Orden citada establece que la obtención de una Certificación de más de 400 puntos permitirá, previa aceptación, el acceso al Premio a la Excelencia en la Gestión Pública, debe aclararse que el procedimiento es único para la certificación del nivel de excelencia y el acceso ordinario al Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.
Asimismo, el acceso excepcional directo al Premio a la Excelencia, se encuentra dentro de este mismo procedimiento de Reconocimiento, debiendo seleccionar, una vez se accede a este procedimiento, si se debe tramitar por el sistema ordinario de Reconocimiento del Nivel de Excelencia y Premio a la Excelencia en la gestión Pública, o por el excepcional de la DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Convocatoria excepcional de acceso directo al Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.
Lógicamente, tanto las solicitudes que hayan obtenido una certificación de mas de 400 puntos y hayan expresado su deseo de participar en los premios, como las solicitudes presentadas por la convocatoria especial, formaran parte de un mismo y único cuerpo de candidaturas a la Edicion XIII de los Premios a la Excelencia en la gestión pública
Por su parte, los Premios a la Innovación y Ciudadanía se tramitarán en sus correspondientes procedimientos.
Convocatoria XIII Edición:
A la espera de la entrada en vigor de la Orden de convocatoria, no es posible en estos momentos iniciar procedimientos de certificación y premios. La apertura del acceso al procedimiento se realizará el 22 de Noviembre de 2019.
Sin perjuicio de lo anterior, según dispone la disposición transitoria primera de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras, permanece sin cambios el procedimiento de renovación de las certificaciones obtenidas antes de la entrada en vigor de dicha Orden, si bien deberá iniciarse mediante esta sede electrónica (procedimiento "Renovación de la Certificación del Nivel de Excelencia").
Organismo responsable: Dirección General de Gobernanza Pública.
Correo electrónico de contacto: calidad.reconocimiento@correo.gob.es
Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de reconocimiento del marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado establecido por Real Decreto 951/2005, de 29 de julio.