Declaración y registro de asociaciones para la protección de los animales y Entidades colaboradoras.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Declaración y registro de asociaciones para la protección de los animales y Entidades colaboradoras.

Sin certificado Con certificado Presencial 012

Consejería:

Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

Dirección General:

Dirección General Ganaderí­a

Descripción:

Registro y autorización de funcionamiento de asociaciones de protección y defensa de los animales y obtención del tí­tulo de entidad colaboradora.

Tipo procedimiento:

Autorizaciones permisos y licencias

Tipo de Inicio:

Instancia de parte

Tipo de destinatario:

Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

Requisitos:

Estar constituido legalmente como asociación de protección y defensa de los animales.

Documentación:

Documento acreditativo de su constitución legal. Documento en el que se refleje la relación de medios materiales y humanos de que dispone. Memoria explicativa de actividades y servicios realizados en los dos últimos años. Presupuesto de la asociación para el año en que se solicita su registro. Las asociaciones de Protección y Defensa de los animales que opten a tí­tulo de entidad colaboradora presentarán, además, documento acreditativo de la inscripción de las instalaciones de Acogida de Animales, de conformidad con la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre autorización y registro de núcleos zoológicos, establecimientos para la práctica de la equitación y centros para el fomento y cuidado de animales de compañí­a. En caso de que la entidad carezca de ellas, acreditará la existencia de un convenio con el Ayuntamiento respectivo, de la gestión de aquellas.

Tasa/Precio público:

Plazo presentación:

Durante todo el año.

Fecha:

27 de febrero del 2007

Lugar presentación :

Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Consejerí­a de Medio Rural, Pesca y Alimentación, directamente, o en los lugares y forma previstos en el artí­culo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria .

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Director/a General de Ganaderí­a. / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

Plazo de resolución:

Tres meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Estimatorio, a excepción de los casos en los que se utilicen animales para experimentación, fines cientí­ficos o docencia que será desestimatorio, salvo que, en estos tres supuestos, cuenten con la preceptiva evaluación favorable, a partir de la cual será estimatorio.

Vía administrativa:

No agota la ví­a Administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación

Normativa:

Ley 32/2007, de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, experimentación y sacrificio. Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE nº 99, de 25 de abril de 2003). RD 1716/2000, de 13 de octubre, por el que se establecen las Normas Sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina (BOE nº 256 de 25 de octubre de 2000). Orden GAN/38/2007, de 28 de junio, que regula los requisitos sanitarios aplicalbes a los operadores comerciales y centros de concentración de ganado en la Comunidad Autónoma de Cantabria y se crea su registro.

Información al ciudadano:

Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

3787273


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