Benefit for national family members
Información Rápida
Objetivo
Permite solicitar prestaciones a familiares a través del registro electrónico de la Seguridad Social.
¿Quién puede solicitarlo?
Todos los ciudadanos.
Requisitos principales
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Documentación requerida según el tipo de prestación.
- Software para rellenar y guardar el formulario.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del tipo de prestación y la documentación aportada.
Información adicional
Es importante revisar los requisitos específicos de cada prestación antes de iniciar la solicitud.
Resumen
Este servicio te permite solicitar prestaciones para familiares a través del Registro Electrónico.
Quién puede usar este servicio:
Todos los ciudadanos.
Qué puedes hacer:
- Presentar una solicitud a través del Registro Electrónico.
- Descargar y adjuntar el formulario de solicitud.
- Adjuntar documentación.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud cumplimentado y adjunto.
- Copias de todos los documentos detallados en las instrucciones.
- Software para rellenar y guardar el formulario de solicitud para adjuntarlo.
A tener en cuenta:
- Si accedes con Cl@ve (usuario + contraseña), recibirás un código por SMS para firmar la comunicación en el registro electrónico.
- El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 MB.
- El formulario fue diseñado inicialmente para presentarse en papel, por lo que algunas referencias no corresponden al servicio online.
- Si actúas como representante, debes adjuntar el formulario de representación estandarizado o un documento legal válido que acredite la representación.
- La provincia de tramitación es aquella en la que deseas presentar tu solicitud. La sección de observaciones solo debe completarse cuando no se adjunte un formulario de solicitud.
- La sesión online tiene un límite de tiempo; si expira mientras completas el formulario, deberás iniciar una nueva sesión.
Cómo hacerlo
- Asegúrate de cumplir con los requisitos técnicos necesarios.
- Accede al servicio identificándote como persona física o entidad.
- Obtén acceso al servicio.
Después de hacerlo
- Recibirás un "justificante de recepción" en formato PDF.
- Si no recibes el mensaje de confirmación o recibes un mensaje de error, vuelve a enviar la solicitud en otro momento o utiliza otros canales.
- El INSS enviará la resolución de la solicitud a la dirección del interesado.
- Consulta el estado de tramitación de la solicitud a través del servicio ¿Cuál es el estado de mi prestación?
Ayuda
Documentación adjunta
- Pensiones de viudedad, orfandad y familiares (PDF, 3235 Kb) (Publicado el 17/06/2024)
- Formulario de representación estándar (PDF, 2387 Kb) (Publicado el 29/03/2022)
- Certificado de salarios por contingencias profesionales (3AT23) (PDF, 2611 Kb) (Publicado el 21/03/2023)
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 28/14
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
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DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
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