Descripción: Garantizar que los equipos de telecomunicación cumplan lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación, obligando a que se adapte el equipo a la normativa aplicable, se retire del mercado, o se prohíba o restrinja su comercialización cuando no cumpla lo establecido en dicha normativa, no se utilice conforme al fin previsto o en las condiciones que razonablemente cabría prever, cuando su instalación o su mantenimiento no sean los adecuados, o cuando pueda comprometer la salud o seguridad de los usuarios o el dominio público radioeléctrico.