Medidas de Garantía de Solvencia Futura
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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- Descripción: La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones podrá adoptar medidas de garantía de la solvencia futura cuando concurran circunstancias, deducidas de comprobaciones efectuadas por la Administración, que puedan poner en peligro la solvencia futura de la entidad o puedan suponer una amenaza para los intereses de los asegurados o el cumplimiento futuro de las obligaciones contraídas, como consecuencia de una inadecuada selección de riesgos, la aplicación de tarifas de primas insuficientes, la existencia de desviaciones significativas de la siniestralidad, la inadecuación de la política de reaseguro o de cualquier otra causa que pueda generar en el futuro una situación grave de desequilibrio o de debilidad financiera
- Código: 206156
- Dirigido a: Empresa
- Tipología: Inspectora
- Acceso a la aplicación de solicitud