Subvenciones para financiar inversiones en el parque nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Las subvenciones están destinadas a financiar las actuaciones en la zona de influencia socioeconómica del Parque Nacional de "Aigüestortes i Estany de Sant Maurici".
Estas actuaciones pueden ser la modernización de infraestructuras, conservación del patrimonio natural, o iniciativas de actividades económicas relacionadas con el Parque Nacional, entre otras.

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A quién va dirigido

  • A los entes locales situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de "Aigüestortes i Estany de Sant Maurici", según el anexo 1 de la Orden MAH/497/2006, de 18 de octubre.
  • A las entidades supramunicipales, cuando uno o más de los ayuntamientos que formen parte estén situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de "Aigüestortes i Estany de Sant Maurici".
  • A las entidades empresariales.
  • A las personas físicas residentes en la zona de influencia.
  • A las personas jurídicas sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, con sede social o sección o delegación en la zona de influencia socioeconómica, siempre que entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones que impliquen la conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.
  • A las asociaciones de municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica, constituidas por la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

Organismo responsable

Normativa

Tramitar la subvención

Plazos

  • Plazo para presentar la solicitud: del 21 de noviembre al 9 de diciembre de 2015 (ambas fechas incluidas).
  • Plazo de ejecución y de justificación de las actuaciones: hasta el 15 de octubre de 2016.

Documentación

  1. Formulario del 'PASO 1. Presentar la solicitud'
  2. DNI, NIF o NIE o cualquier documento que acredite a la persona solicitante o quien la represente, en caso de no haber autorizado al Departamento de Territorio y Sostenibilidad a obtener esta información.
  3. Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia, si procede.
  4. Memoria descriptiva detallada y justificativa de la actuación, firmada por la persona solicitante o su representante.
  5. Presupuesto desglosado de la actuación firmado por la persona solicitante o su representante, que deberá contener, en su caso, los siguientes apartados:
    • Estado de mediciones.
    • Precios elementales
    • Precios descompuestos
    • Precios unitarios
    • Presupuesto de ejecución.
      Si el importe del gasto subvencionable supera las cuantías establecidas en el Texto refundido de la Ley de contratos del sector público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre), para el contrato menor, la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren. La elección entre las ofertas, que deberá aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
  6. Mapa topográfico o ortofotomapa a escala 1:10.000 o 1:5.000 donde esté definida claramente el área de la actuación o actuaciones para las que se solicita la ayuda.
  7. Proyecto técnico firmado por una persona técnica competente, si procede. El proyecto deberá estar visado por el colegio profesional competente.
  8. Si la legislación vigente lo prevé, estudio de impacto ambiental y Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o, a falta de ello, memoria ambiental y acuerdo de la Ponencia Ambiental conforme no es de aplicación el trámite de evaluación de impacto ambiental.
  9. Autorización o solicitud de autorización, en su caso, de la administración competente para aquellas actuaciones en terrenos de dominio público hidráulico.


Si la persona solicitante es un ente local, además:

  1. Acuerdo de solicitud de la ayuda tomada por el órgano competente.


Si la persona solicitante es una persona jurídica deberá presentar, además:

  1. Copia de las escrituras y/o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, la administración lo verificará de oficio.
  2. Copia del certificado del acuerdo del órgano competente según los estatutos de la entidad para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes.


Si la persona solicitante es empresaria autònoma deberá presentar, además:

  1. Copia del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o el alta censal tributaria en caso de personas no sujetas a este impuesto, si es el caso.

Requisitos

  1. Que la cuenta donde se debe ingresar el importe de la ayuda incluida en el impreso de solicitud, pertenece a la persona beneficiaria de la ayuda.
  2. Que no ha solicitado ninguna otra ayuda para la misma finalidad. En caso de haber obtenido subvenciones para los mismos gastos subvencionables procedentes de cualquier administración o entidad pública nacional o internacional, hay que especificar la cuantía, la fecha de concesión y el ente concedente.
  3. Que no está sometido a las causas que impidan adquirir la condición de persona beneficiaria que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 99 del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña.
  4. Que cumple con la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.
  5. Que es una pequeña o mediana empresa, de acuerdo con lo establecido como definición de pyme.
  6. Que la empresa beneficiaria ha previsto, conjuntamente con los agentes sociales, los medios oportunos para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, en el supuesto de que el empresa tenga una plantilla igual o superior a veinte y cinco personas.
  7. Que la documentación que se presenta en cualquier fase de procedimiento es una copia fidedigna del original y no se han falseado los datos que se presentan.
  8. Que en el supuesto de que la empresa disponga de establecimientos abiertos al público, esta cumple con las obligaciones establecidas en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  9. Que se es titular del bien mueble o inmueble o camino objeto de la actuación o de la explotación.
  10. Que se está al corriente de las obligaciones de carácter fiscal y con la Seguridad Social así como no tener ningún tipo de deuda con la Generalitat de Cataluña.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Municipios del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici

  1. La Vall de Boí
  2. Espot
  3. Vielha e Mijaran
  4. Naut Aran
  5. Esterri d'Àneu
  6. La Torre de Cabdella
  7. Vilaller
  8. La Guingueta d'Àneu
  9. Sort
  10. Alt Àneu

¿Qué son las entidades empresariales?

  1. Empresas pequeñas y medianas con su sede y actividad principal en la zona de influencia del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici.
  2. Empresarios autónomos cuando tengan su sede y actividad en la zona de influencia socioeconómica o cuando siendo residentes deseen implantar una nueva actividad. Y cuando no residan en la zona de influencia socioeconómica pero estén realizando en el interior del parque actividades productivas del sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación del parque.

Actuaciones subvencionables

  1. Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración Local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establecen las normas de declaración del Parque Nacional o sus instrumentos de planificación.
  2. Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico a escala local.
  3. Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que se demuestre que presentan un manifiesto valor histórico-artístico o cultural.
  4. Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del Parque Nacional ocasionado por infraestructuras preexistentes.
  5. Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos del Parque Nacional.
  6. Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con el Parque Nacional, en particular las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanos.
  7. Iniciativas privadas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen la primera residencia de sus propietarios (se excluyen los edificios de nueva construcción) o que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.


Obligaciones de las personas beneficiarias

  1. Llevar a cabo las actuaciones de acuerdo con el proyecto presentado y cumplir las condiciones de las bases reguladoras y la resolución de concesión.
  2. Justificar la actuación objeto de subvención en plazo y condiciones.
  3. Comunicar al Departamento de Territorio y Sostenibilidad la solicitud o la obtención de subvenciones, no indicadas en la solicitud, para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional. En caso de recibir otras subvenciones para la misma actuación subvencionada de acuerdo con estas bases, ser procederá la reducción de la cuantía de la subvención para la misma cantidad recibida con la otra subvención.
  4. Los beneficiarios deberán divulgar adecuadamente que la actividad ha sido total o parcialmente financiada con cargo al programa de subvenciones de la Red de Parques Nacionales del Departamento de Territorio y Sostenibilidad. Durante el periodo de ejecución se señalizarán las actividades subvencionadas de acuerdo con el Manual técnico de señalización en los espacios naturales protegidos de la Dirección General de Políticas Ambientales, que se puede consultar en la página web de Parcs de Catalunya.
  5. En caso de que la subvención esté destinada a la financiación de bienes inventariables, los beneficiarios deberán destinarlos a la finalidad concreta de la subvención durante un periodo mínimo de cinco años (si estos bienes son inscribibles en un registro público) y de dos años para el resto de bienes.
  6. Obtener todos los permisos y autorizaciones que la actuación subvencionada requiera de acuerdo con la legislación vigente.
  7. Las personas beneficiarias están obligadas a facilitar toda la información que les sea requerida por la Intervención General de la Generalitat, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes de acuerdo con la normativa aplicable. En consecuencia, los beneficiarios deberán conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

Plazos

Del21.11.2015al 09.12.2015

Presencialmente


Puntos de tramitación

También se puede tramitar:

Se recomienda preferentemente presentar la solicitud directamente en el Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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