Subvenciones a actividades de danza de carácter profesional (empresas)
1. Linea de subvención a la concesión de subvenciones a actividades de danza de carácter profesional de acuerdo con las modalidades siguientes:
a) Apoyo a la organización de actividades de formación para profesionales.
b) Apoyo a la nueva creación, producción y presentación pública de espectáculos. Al efecto de estas bases, también se entienden como nueva creación las reposiciones o revisiones de aquellos espectáculos en los que la producción originaria tenga, como mínimo, cuatro años de antigüedad.
c) Apoyo a la exhibición de espectáculos.
d) Apoyo a actividades de difusión a través de muestras, festivales y eventos similares.
2. Las subvenciones previstas en estas bases se adecuan al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Leer másEl plazo para solicitar la subvención es del 23 de febrero al 16 de marzo de 2016 ambos incluidos
Esta ayuda es de tramitación telemática obligatoria:
Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en línea
Para información sobre del contenido de la subvención: 935 547 845, 935 547 847
Para información sobre la tramitación telemática: 935 529 166
Horario: de 9 a 14h. de lunes a viernes.
A quién va dirigido
1. Pueden optar a estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la danza.
2. Asimismo, pueden optar a las ayudas publicadas en estas bases las agrupaciones de empresas que se constituyan en uniones temporales de empresas (UTE), de acuerdo con la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de empresas y de las sociedades de desarrollo industrial regional.
3. No pueden optar a estas ayudas las entidades sin ánimo de lucro ni los ayuntamientos o entes vinculados o dependientes, incluidos los consorcios, las fundaciones y las sociedades mercantiles cuyo capital social esté participado íntegra o mayoritariamente por las entidades mencionadas.
Organismo responsable
Normativa
Documentación relacionada
Solicitar la subvención
Plazos
El plazo de presentación es del 23 de febrero al 16 de marzo de 2016.
Documentación
Documentación administrativa
En el formulario de solicitud se autoriza a l'Institut Català de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punt 7 de las Bases generales reguladoras.
Documentación a presentar con la solicitud
Aparte de la documentación establecida en la base general 7, las personas solicitantes deben presentar junto con la solicitud:
- Memoria del proyecto, según modelo del ICEC.
- Presupuesto detallado de ingresos y gastos del proyecto, según modelo del ICEC.
- Contrato de coproducción, en su caso.
- Plan estratégico de comunicación y calendario de producción.
Documentació adicional
En el momento en que se publica la propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas a las personas interesadas, se deberá aportar, junto con la documentación que dispone la base general 11.5, la siguiente documentación:
a) En el caso de la modalidad a) de la base 1.1, documentación acreditativa del interés de la actividad por parte del equipamiento receptor.
b) En el caso de la modalidad b) de la base 1.1, certificación emitida por la entidad programadora de la fecha y lugar donde se realizará el estreno de la producción.
c) En el caso de residencia, copia compulsada del documento suscrito con el responsable del equipamiento colaborador en el que se especifiquen los acuerdos asumidos por ambas partes.
Requisitos
Para optar a las ayudas, las personas solicitantes deben cumplir los requisitos y las condiciones que determina la base general 3, así como los que se establecen a continuación:
a) Los solicitantes deben presentar el/los proyecto/s en una única solicitud para un máximo de cuatro modalidades.
b) Realizar la actividad durante la temporada del año de concesión de la subvención, entendiendo por
temporada el periodo comprendido entre el 1 de septiembre del año anterior al de la concesión de la subvención y el 31 de agosto del año de la concesión de la subvención.
c) En caso de actividades de formación (modalidad a) de la base 1.1.), deben ser presenciales, de pago y llevarse a cabo
en el ámbito territorial de Cataluña.
d) En caso de nueva creación, producción y presentación pública de espectáculos (modalidad b) de la base 1.1.), se deben estrenar durante la temporada del año de concesión de la subvención y se debe prever un mínimo de 10 representaciones, de las cuales al menos 3 deben realizarse en Cataluña, en un periodo máximo de 18 meses después de la fecha del estreno. No computan las actuaciones realizadas en locales de ensayo.
e) En caso de exhibición de espectáculos (modalidad c) de la base 1.1.), se deben hacer un mínimo de 10 representaciones, durante la temporada del año de concesión de la subvención, del conjunto de estos espectáculos, y acreditar la realización de un mínimo de 5 representaciones en Cataluña, en las dos
temporadas anteriores a la del año de concesión de la subvención. f) En caso de actividades de difusión (muestras, festivales o similares), (modalidad d) de la base 1.1.), deben llevarse a cabo en el ámbito territorial de Cataluña.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Criterios generales:
a) El interés cultural y artístico del proyecto (hasta 4 puntos).
- Trayectoria profesional del solicitante y de los integrantes del equipo artístico, técnico o formativo incluido en la propuesta.
- Grado de interés del proyecto y de su desarrollo.
- Aportación significativa de contenidos al contexto artístico o formativo.
- Autoría catalana del proyecto presentado. En el caso de la modalidad a) de la base 1.1, la autoría del contenido de la actividad formativa. En el caso de las modalidades b) y c) de la base 1.1, la autoría de las obras que se representen que forman parte del proyecto artístico presentado. En el caso de la modalidad d) de la base 1.1, la autoría del contenido de la actividad de difusión. A efectos de estas bases, se entiende por autor catalán el que reside en Cataluña y, en caso de autores difuntos, los que nacieron o residieron la mayor parte de su vida en Cataluña.
b) Retorno social del programa de actividades (hasta 3 puntos).
- Contribución a la creación, generación y fidelización de públicos o fomento de la especialización del profesional en el caso de la formación.
- Coherencia del plan de comunicación.
- Valoración del plan de explotación del proyecto y de su capacidad de internacionalización.
c) Viabilidad del proyecto y calidad de la gestión (hasta 3 puntos).
- Adecuación del presupuesto a los recursos necesarios para la realización del proyecto.
- Grado de especialización profesional de los equipos artísticos y técnicos participantes.
- Grado de financiación previsto al margen de la ayuda del ICEC.
2. Criterios adicionales:
a) Repercusión importante de la actividad en una zona del territorio catalán donde es poco habitual realizar este tipo de iniciativas (0,5 puntos).
b) Proyecto en calidad de residencia (0,5 puntos).
c) Proyectos presentados por creadores emergentes entendidos como el primer proyecto profesional que promueva un creador (0,5 puntos).
d) Espectáculos coproducidos por (0,5 puntos):
d.1) Equipamientos públicos de artes escénicas, festivales públicos, residencias en centros de creación públicos
con apoyo del ICEC o de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural.
d.2) Los cinco mercados siguientes: Fira Tàrrega, la Mostra d?Igualada Fira de Teatre Infantil i Juvenil, Trapezi
de Reus Fira del Circ de Catalunya, Festival Sismògraf y Fira Mediterrània de Manresa."
Plazos
Del23.02.2016al 16.03.2016
Por internet
Consultad las condiciones técnicas necesarias para realizar los trámites en línea
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona
Tel. 902627781