Subprograma Torres Quevedo - PTQ
- Resolución Reclamación PTQ-12 informes seg. científico-técnico - 24/10/2014 (pdf 67 KB)
- Resolución Subsanación informes de seguimiento científico-técnico - 21/10/2014 (pdf 76 KB)
- Resolución de Reclamación de informes de seguimiento cientifico-técnico - 21/10/2014 (pdf 85 KB)
- Resolución Reclamación Informes de Seguimiento - 03/04/2014 (pdf 80 KB)
- Resolución Subsanación Informes de Seguimiento - 03/04/2014 (pdf 88 KB)
- Resolución subsanación de contratos PTQ2012 - 03/12/2013 (pdf 67 KB)
- Resolución de concesión Subprograma Torres Quevedo PTQ-12 - 04/11/2013 (pdf 2.5 MB)
- Propuesta Resolución Provisional de Seleccionados y Reservas Torres Quevedo 2012 - 11/09/2013 (pdf 178 KB)
- Propuesta Resolución Provisional Desestimados Torres Quevedo 2012 - 11/09/2013 (pdf 194 KB)
- Resolución Subsanación Informes de Seguimiento - 12/09/2013 (pdf 114 KB)
- Resolución Reclamación Informes de Seguimiento - 12/09/2013 (pdf 116 KB)
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- Más información en www.idi.mineco.gob.es
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.