Solicitar la devolución de los ingresos indebidos (sanciones de tráfico)
Cuando la persona denunciada ha efectuado el pago de una denuncia o sanción y ésta no ha devenido firme por estimación de alegaciones y / o recursos presentados o cuando se ha producido un pago en exceso, se puede solicitar la devolución del importe ingresado indebidamente, de acuerdo con los artículos 221 y 32 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 15 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo.
Si el importe abonado en periodo voluntario, es el Servicio Catalán de Tráfico quien debe hacer la devolución. En cambio, si el pago se efectúa por la vía ejecutiva, es la Agencia Estatal de la Administración Tributaria quien debe devolver el importe abonado, después de que el Servicio Catalán de Tráfico lo haya acordado y se lo haya comunicado.
A quién va dirigido
A las personas interesadas en la tramitación de un expediente sancionador de tráfico.
Organismo responsable
Normativa
Documentación relacionada
Solicitar la devolución de ingresos indebidos con representante
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
- Justificante del ingreso indebido
- Modelo de datos bancarios
- Documento justificativo de la solicitud de devolución
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Los ciudadanos pueden solicitar la devolución del importe de una denuncia o sanción de tráfico ingresado indebidamente cuando han efectuado el pago y la sanción no ha devenido firme porque se han estimado las alegaciones y/o los recursos presentados o bien, si se ha producido un pago en exceso.
Pueden solicitar este trámite los representantes de las personas que se encuentren en los supuestos anteriores, siempre que dispongan de certificado digital.
Si el importe abonado en periodo voluntario, es el Servicio Catalán de Tráfico quien debe hacer la devolución. En cambio, si el pago se ha hecho por la vía ejecutiva, es la Agencia Estatal de la Administración Tributaria quien debe devolver el importe abonado, después de que el Servicio Catalán de Tráfico lo haya acordado y se lo haya comunicado.
Para realizar este trámite es imprescindible disponer de certificado digital.
Por internet
Si se quiere presentar una solicitud de devolución de ingresos en relación a un expediente sancionador de tráfico es necesario completar el formulario.
La primera página de este formulario se completará automáticamente con los datos del certificado digital con el que ha accedido a la OVT, que deben ser las de la persona representante.
Si se quieren recibir notificaciones de los actos administrativos relacionados con este trámite, hay que marcar la casilla de verificación correspondiente.
En la segunda página deberá indicar los datos personales de la persona a quien se representa, indicando nombre y apellidos, documento de identidad y domicilio.
En la tercera página es necesario que se indiquen los datos del expediente (número de expediente, fecha del ingreso del cual se solicita la devolución y el importe del ingreso). También habrá que completar los apartados Expone, Solicita y consignar los datos bancarios de la cuenta donde se desea recibir la devolución.
En la darrerra página es obligatorio que anexar los documentos escaneados siguientes:
La autorización de representación donde conste la firma manuscrita de la persona representada.
Copia del justificante del ingreso indebido
Documento justificativo de la solicitud de devolución
Además, existe la opción de anexar, en su caso, otra documentación que se considere oportuna en esta tramitación.
Presencialmente
Puntos de tramitación
Solicitar la devolución de ingresos indebidos en nombre propio
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
- Justificante del ingreso indebido
- Modelo de datos bancarios
- Documento justificativo de la solicitud de devolución
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Los ciudadanos pueden solicitar la devolución del importe de una denuncia o sanción de tráfico ingresado indebidamente cuando han efectuado el pago y la sanción no es firme porque se han estimado las alegaciones y/o los recursos presentados o bien, si se ha producido un pago en exceso.
Si el importe abonado en periodo voluntario, es el Servicio Catalán de Tráfico quien debe hacer la devolución. En cambio, si el pago se efectúa por la vía ejecutiva, es la Agencia Estatal de la Administración Tributaria quien debe devolver el importe abonado, después de que el Servicio Catalán de Tráfico lo haya acordado y se lo haya comunicado.
Para realizar este trámite es imprescindible disponer de certificado digital.
Por internet
Si se quiere presentar una solicitud de devolución de ingresos en relación a un expediente sancionador de tráfico es necesario completar el formulario.
La primera página de este formulario, dado que ya se ha identificado con certificado digital, se descargará con los datos personales incorporados en el formulario.
Si se quieren recibir notificaciones de los actos administrativos relacionados con este trámite, hay que marcar la casilla de verificación correspondiente.
En la segunda página es necesario que se indiquen los datos del expediente (número de expediente, fecha del ingreso del cual se solicita la devolución y el importe del ingreso). También habrá que completar los apartados Expone, Solicita y consignar los datos bancarios de la cuenta donde se desea recibir la devolución.
En la tercera página es obligatorio anexar los documentos escaneados siguientes:
- Copia del justificante del ingreso indebido.
- Documento justificativo de la solicitud de devolución.
- Además, existe la opción de anexar, en su caso, otra documentación que se considere oportuna en esta tramitación.
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