Prestación social de carácter económico para personas jóvenes extuteladas
Ayuda económica temporal dirigida a jóvenes ex tutelados por la DGAIA para favorecer su autonomía y procurar su integración en la vida laboral y social. Para poder beneficiarse de esta ayuda deberán acreditar que no disponen de recursos económicos suficientes.
Leer másLa prestación se puede solicitar desde tres meses antes de cumplir los 18 años y antes de cumplir los 21.
Los jóvenes que cumplan todos los requisitos excepto el de haber sido tutelado durante un período de tres años como mínimo, tienen derecho a la prestación temporal limitada de una duración de 6 meses.
A quién va dirigido
A jóvenes ex tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Generalitat de Cataluña.
Organismo responsable
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Direcció General d'Atenció a la Infància i l'Adolescència
- Àrea de Suport als Joves Tutelats i Extutelats
Normativa
Solicitar la prestación
Plazos
Se puede solicitar desde tres meses antes de cumplir los 18 años y antes de cumplir los 21.
Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Original y fotocopia, o fotocopia compulsada del DNI (1) o NIE (si es el caso) o tarjeta de residencia/ residencia y trabajo en vigor, o documento acreditativo conforme se esta tramitando la renovación.
- Volante de convivencia de la persona solicitante (1).
En el caso que la documentación aportada no sea suficiente, más adelante se os podrá requerir la documentación siguiente:
- Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Tesorería de la Generalitat de Catalunya a creditores particulares
- Original y fotocopia, o fotocopia compulsada del contrato de trabajo actual.
- Original y fotocopia, o fotocopia compulsada de la última nómina.
- Original y fotocopia, o fotocopia compulsada de la última declaración de la renta de las personas físicas (1)
- Certificado o justificante de ingresos, prestaciones económicas públicas o privadas y retribuciones en dinero (1)
Si no se hace la declaración del IRPF:
- Certificado o justificante de ingresos, prestaciones económicas públicas o privadas y retribuciones en dinero.
- Certificado o justificante de rendimientos netos de les cantidades ingresadas (intereses) en entidades financieras.
- Certificado o justificante de rendimientos netos obtenidos de activitades artísticas, profesionales y comerciales.
- Certificado o justificante de rendimientos netos de capital inmobiliario y mobiliario.
- Declaración jurada de la existencia de personas que conviven con la persona sollicitante que le conllevan cargas económicas.
(1) En el caso de autorizar al departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias a consultar vuestros datos, a otra administració u organismo, no se deberá aportar esta documentación.
Requisitos
- Residir legalmente en Cataluña y vivir de forma real, efectiva e ininterrumpida.
- Tener unos ingresos personales inferiores al indicador de renta de suficiencia.
- No ser propietaria o usufructuaria de bienes muebles o inmuebles, salvo la vivienda habitual.
- Haber cumplido 18 y no haber cumplido 21 años.
- Haber sido tutelado 3 o más años.
- Vivir fuera del núcleo familiar biológico.
- Firmar un plan individual de trabajo de inserción sociolaboral establecido por el órgano competente, que incluya los ámbitos de vivienda, formación, inserción laboral y seguimiento socioeducativo, con unos objetivos, actividades, periodo de ejecución y criterios de evaluación periódica y final.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Cuantía de la prestación
La cuantía de la prestación es equivalente al indicador de renta de suficiencia (IRS) que se fija en la Ley de Presupuestos de la Generalitat. Esta prestación se percibirá en pagos mensuales.
Seguimiento del Plan Individual de trabajo
- La prestación está vinculada a la implicación por parte de las personas solicitantes en su Plan Individual de Trabajo. La elaboración y el seguimiento de este Plan recae en la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia, del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias o la entidad de gestión delegada contratada para este fin.
- El seguimiento será pactado entre el órgano competente y el solicitante en el mismo Plan de Trabajo.
Revisión de la prestación
La revisión de la prestación se efectúa periódicamente mediante el seguimiento del Plan de Trabajo Individual.
Suspensión de la prestación
Son causas de suspensión automática de la prestación:
- Dejar de residir o de vivir o encontrarse en Cataluña.
- Dejar de atender injustificadamente requerimientos que el órgano competente haya llevado a cabo para comprobar la continuidad de los requisitos de acceso a la prestación concedida, de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La duración máxima de la suspensión es de 3 meses. Durante este periodo se puede reiniciar el disfrute de la prestación cuando deje de existir la causa que ha motivado la suspensión. El agotamiento del periodo de suspensión sin resolver la causa, supone la extinción de la prestación.
Extinción
- La muerte de la persona beneficiaria.
- La mejora de la situación económica de la persona beneficiaria, si implica la pérdida permanente de los requisitos de necesidad o llevar a cabo una actividad laboral remunerada, con una retribución igual o superior a dos veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña.
- El engaño en la acreditación de los requisitos.
- Dejar de residir en Cataluña, previa suspensión de la prestación durante un periodo de 3 meses.
- Abandonar el Plan de Trabajo Individual establecido por el órgano competente, o no seguir sus pautas, a criterio de este órgano.
- Cumplir 21 años.
- Dejar de vivir de forma autónoma y fuera del núcleo familiar biológico.
Existe la posibilidad de solicitar nuevamente la prestación que se haya extinguido, siempre que se pueda acreditar el cumplimiento de los requisitos y las condiciones normativamente exigidas para el acceso a la prestación.
Presencialmente
El formulario de solicitud se puede presentar en:
- Equipos de Atención a la Infancia y Adolescencia (EAIA)
- Dirección General de Atención a la Infancia y Adolescencia
- Oficinas de Asuntos Sociales y Familias
- Oficinas de Atención Ciudadana del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
- Oficina de Atención Ciudadana en Girona
- Oficina de Atención Ciudadana en la Cerdanya
- Oficinas de registro de entrada y salida de documentos de la Generalitat de Catalunya
- En cualquier otro sitio de los descritos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona
Tel. 902627781