Línea de ayudas para la constitución de avales financieros, técnicos y económicos para contribuir a la mejora de la competitividad de las cooperativas, sociedades laborales catalanas y las correspondientes federaciones

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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La ayuda consiste en la suscripción del 4% del aval financiero y económico, y del 1% en caso del aval técnico, en forma de capital de la empresa AVALIS de Cataluña, SGR, y responde a la suscripción de capital obligatoria que deben realizar los solicitantes.

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Plazo: del 23 de abril de 2015 al 31 de diciembre de 2016.
La Dirección General de Economía Social, el Tercer Sector, las Cooperativas y la Autoempresa comprobará que las entidades cumplen los requisitos para ser beneficiarias de esta línea de ayuda y emitirá la resolución de otorgamiento correspondiente. La concesión de la ayuda no implica la aprobación posterior y formalización, si ocurre, de la operación financiera, ni por parte de AVALIS de Cataluña, SGR ni por parte de las entidades colaboradoras. En caso de que no se apruebe y formalice la operación la mencionada, la resolución de concesión de la ayuda quedará sin efectos.

A quién va dirigido

  • A las cooperativas inscritas en el Registro General de Cooperativas de Cataluña, y federadas en las correspondientes federaciones.
  • A las federaciones de cooperativas de Cataluña.
  • A las sociedades laborales inscritas en los registros correspondientes.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la ayuda

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 23 de abril de 2015 al 31 de diciembre de 2016.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos detallados en la base 3, que son los genéricos para obtener la condición de beneficiario.
  2. Relación de las ayudas de minimis recibidas durante el ejercicio fiscal en curso y, en su caso, en los dos ejercicios fiscales anteriores, y una relación de las ayudas recibidas de cualquier Administración pública para financiar el mismo proyecto para el que ahora se pide la ayuda.
  3. Memoria explicativa del proyecto objeto de esta línea de ayudas.
  4. Certificado emitido por la federación correspondiente conforme la cooperativa o sociedad laboral está federada o bien, el último recibo de pago de la cuota.
  5. Las entidades que anteriormente tengan concedido un aval financiero, técnico y/o económico para la entidad Avalis de Catalunya, SGR, deberán aportar copia del aval mencionado.
  6. Adicionalmente, la entidad Avalis de Catalunya, SGR, podrá pedir otra documentación para estudiar el riesgo de la operación financiera.

Requisitos

Los requisitos que deberán cumplir los solicitantes son los siguientes:

  1. Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes, y los específicos en función de su actividad.
  2. Estar federadas en la federación que corresponda.
  3. Mantenerse al día de sus obligaciones registrales de acuerdo con el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil; el artículo 13 de la Ley 18/2002, de 5 de julio, de cooperativas; el Decreto 203/2003, de 1 de agosto, sobre la estructura y el funcionamiento del Registro general de cooperativas, y el Real Decreto 2114/1998, de 2 de octubre, sobre registro administrativo de sociedades laborales.
  4. No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  5. Dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre el número total de trabajadores/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social; el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 322/2011, de 19 de abril. Este requisito sólo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a cincuenta personas.
  6. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento deberá mantenerse a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, previo a la resolución de concesión y antes de recibir cualquier pago.
  7. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).
  8. Indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo. Este requisito sólo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a veinticinco personas.
  9. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística. (DOGC núm. 2553, de 01.07.1998).
  10. No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, durante el año anterior a la convocatoria, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, o, si han sido sancionadas, hayan aplicado las medidas correctoras previstas y abonado las cantidades requeridas por este concepto.
  11. Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90.bis y 92.bis del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002).
  12. Acreditar que disponen de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales; con el Real Decreto 39/1997, de 1 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
  13. Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores/as, se deberá elaborar y aplicar con carácter obligatorio un Plan de Igualdad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres (BOE núm. 71, de 23.3.2007).
  14. No haber superado la cantidad máxima de ayudas de minimis que puede recibir una empresa en el período de 3 ejercicios fiscales.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

La presentación de la solicitud no da ningún derecho a la obtención de la ayuda.

Los avales pueden ser:

  • Avales financieros por los préstamos destinados a proyectos de inversión en activo fijo que realicen las cooperativas, las federaciones de cooperativas y las sociedades laborales, así como la refinanciación de pasivos, la compra de mercancías y el circulante en general.Quedan expresamente excluidas del aval financiero las inversiones vinculadas a promociones inmobiliarias.
  • Avales técnicos por las operaciones de riesgos de obligaciones no dinerarias que tienen que responder en caso de incumplimiento de los compromisos contraídos por los avalados, y las licitaciones de concursos públicos ante la Administración
  • Avales económicos por las operaciones de riesgos dinerarios delante de terceros respondiendo del cumplimiento de contratas delante de proveedores y/o clientes.
  • También podrán ser avalados los diferentes tipos de operaciones recogidos en el Convenio de circulante firmado entre AVALIS de Cataluña, SGR y las entidades financieras, incluidos los diferentes tipos de operaciones mencionados en la Adenda del Convenio.
    • Póliza de crédito
    • Póliza de préstamo
    • Póliza de descuento
    • Facturaje (factoring)
    • Confirmación de pagos (confirming)
    • Las pólizas de crédito documentario/operaciones de internacional que amparen: operaciones de adelanto de exportaciones ?/divisa por reposición (adelanto de facturas de exterior), adelanto de exportaciones ?/divisa (descuento sobre exterior), financiación de importaciones ?/divisa prefinanciación ?/divisa, crédito documentario de importación (con o sin financiación posterior)

Las condiciones de las operaciones son las siguientes:

Condiciones de las operaciones objeto del aval financiero para inversión en activo fijo

  • Plazo: sujeto a las limitaciones de las sociedades de garantía recíproca
  • Carencia de la operación: la que se pueda pactar
  • Cuantía del préstamo: sin límite
  • Límite aval: hasta 1.500.000,00 de euros para titular con un sublímite de 1. 000. 000, 00 de euros por operación. El aval puede ser hasta el 100%
  • Comisión AVALIS de Cataluña, SGR: 1% de comisión anual de riesgo; 0,25% comisión de apertura; 0,25% comisión estudio
  • Garantías: pignoración de las participaciones del 4% del importe de la operación y las que la Comisión de riesgos de AVALIS considere adecuados en cada caso.

En el supuesto de que exista algún producto financiero con unas condiciones mejores a las estipuladas, y donde sea posible la intervención del aval financiero, serán de aplicación.

Condiciones de las operaciones objeto del aval técnico

  • Comisión de abertura: 0,50% (mínimo 300,00 euros)
  • Importe del lineal: 1.800.000,00 euros (máximo por aval 1.000.000,00 de euros)
  • Comisión trimestral de riesgo: 0,31% (mínimo 60,00 euros)
  • Garantías: las que la Comisión de riesgos de AVALIS considere adecuados en cada caso

Condiciones de las operaciones objeto del aval económico

  • Comisión de abertura: 0,50% (mínimo 300,00 euros)
  • Comisión trimestral de riesgo: 0,25% (mínimo 60,00 euros)
  • Importe de aval: 1.000.000,00 de euros
  • Garantías: las que la Comisión de riesgos de AVALIS considere adecuados en cada caso
  • Condiciones de las operaciones recogidas en el Convenio de circulante firmado entre AVALIS de Cataluña, SGR y las entidades financieras, y la adenda de modificación.

Condiciones de concesión de la financiación

  • Hasta un máximo de 1.000.000 de euros por operación. El aval es por el incremento del circulante con un máximo del 50% de la operación.
  • Modalidades: póliza de crédito, póliza de préstamo, póliza de descuento, facturatge (factoring) con recurso y confirmación de pagos (confirming), tanto para ventas nacionales como internacionales, pólizas de crédito documentario/operaciones de internacional que amparen operaciones de adelanto de exportaciones ?/divisa por reposición (adelanto de facturas de exterior), adelanto de exportaciones ?/divisa (descuento sobre exterior), financiación de importaciones ?/divisa, prefinanciación ?/divisa y crédito documentario de importación (con o sin financiación posterior).
  • La formalización de estas operaciones se podrá realizar también al amparo de pólizas multe producto. En el supuesto de utilizarse para la entidad financiera este tipo de pólizas complejas, que abarcan diferentes productos financieros, el aval de AVALIS de Cataluña, SGR siempre será específico para cada producto financiero de forma individual.
  • Interés: la entidad financiera podrá aplicar el tipo de interés que considere oportuno a cada momento. Este interés se aplicará sobre el importe total dispuesto por el tiempo efectivamente transcurrido.
  • Comisión de abertura del préstamo: 0,50% del importe formalizado. El resto de comisiones serán las acordadas entre el cliente y la entidad.
  • Plazo de amortización: el plazo de la operación de financiación será como mínimo de 3 años, y en el caso de pólizas préstamo o pólizas de crédito de como máximo 5 años, con amortización a vencimiento o con reducciones periódicas de límite.
  • Excepcionalmente se podrán formalizar operaciones de un plazo menor de 3 años pero no inferior a 1.

Condiciones de concesión de avales

  • Los importes máximos serán los establecidos en cada momento por AVALIS de Cataluña, SGR.
  • Importe del aval: será, como máximo, el incremento de posiciones del cliente o grupo empresarial con la entidad financiera que propone la operación, con un máximo del 50% de las operaciones aprobadas y con un máximo de 1. 000. 000, 00 de euros y siempre que la entidad financiera apruebe un incremento de posiciones deudoras de circulante con el cliente de como mínimo un 10% (de acuerdo con la información de la hoja mecanizada de posiciones de circulante del cliente/grupo con la entidad financiera).
  • El importe del aval cubrirá únicamente el porcentaje del principal, según corresponda en relación con el incremento de posiciones, excluyendo expresamente intereses, comisiones y gastos de cualquier tipo.
  • Modalidad: serán en todo caso avales a primer requerimiento y las garantías aportadas por el cliente y por terceros serán compartidas entre AVALIS de Cataluña, SGR y la entidad financiera, en proporción al riesgo avalado, excepto el capital social de AVALIS de Cataluña, SGR suscrito por el socio partícipe en el momento de la formalización que garantiza exclusivamente la parte avalada por AVALIS de Cataluña, SGR.
  • Plazo del aval: el plazo será como mínimo de 3 años y como máximo de 5, de acuerdo con la operación de financiación propuesta. Excepcionalmente se podrán formalizar operaciones de aval con un plazo menor al indicado anteriormente, pero no inferior a 1 año.
  • Comisión de estudio y abertura, será única y del 0,60% sobre el importe del aval formalizado.
  • Comisión anual de administración y riesgo (CAIR), será del 1, 75. Se devengará y cobrará por periodos anuales adelantados, sobre el límite máximo del aval. La primera comisión se cobrará el día de la firma y hasta el día 31 de diciembre del mismo año. Por los años sucesivos, la CAIR se liquidará y se tendrá que satisfacer por adelantado entre el 2 y el 30 de enero de cada uno de los años en que la garantía exista, mediante el recibo correspondiente.
  • En caso de que la entidad financiera suscriba con el cliente pólizas multiproductos, las comisiones que se devenguen a favor de AVALIS de Cataluña, SGR lo serán por cada producto específico de financiación del circulante avalado.
  • El devengo y la exigibilidad de la comisión mencionada permanecerá en vigor hasta que se cancelen la totalidad de las responsabilidades que asuma al titular de la operación.
  • Interés de demora: en caso de ejecución de los avales otorgados, la deuda de las empresas ante AVALIS de Cataluña, SGR por los avales ejecutados devengarán intereses de demora hasta que la ejecución no se liquide en su totalidad. El interés de demora aplicable será del 12%.
  • Entidades financieras: todas aquéllas que tengan firmado convenio de circulante con AVALIS de Cataluña, SGR.

Plazos

Del23.04.2015al 31.01.2016

Por internet

El formulario de solicitud resultante de la tramitación telemática a través del Portal del Instituto Catalán de Finanzas (ICF), en papel y debidamente firmado, deberá presentarse, junto con la hoja de declaraciones responsables y la documentación correspondiente, en cualquier oficina de la red de Oficinas de Gestión Empresarial (OGE), dirigido a la Dirección General de Economía Social, el Tercer Sector, las Cooperativas y la Autoempresa del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

Presencialmente


Puntos de tramitación

También se puede presentar en cualquiera de las formas que prevé el artículo 25 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Por teléfono

Puede obtener más información en el teléfono de Avalis de Catalunya 902 302 032


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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