Formación de Personal Investigador - FPI
- Corrección de errores cuarta Resolución de Ayudas FPI 2012 - 01/08/2013 (pdf 44 KB)
- Cuarta resolución de Concesión de Ayudas FPI 2012 - 30/07/2013 (pdf 62 KB)
- Tercera resolución de Concesión de Ayudas FPI 2012 - 12/06/2013 (pdf 62 KB)
- Segunda resolución de Concesión de Ayudas FPI 2012 - 28/02/2013 (pdf 53 KB)
- Resolución de concesión de las ayudas FPI 2012 - 29/11/2012 (pdf 305 KB)
- Resolución de desestimados de las ayudas FPI 2012 - 29/11/2012 (pdf 107 KB)
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- Más información en www.idi.mineco.gob.es/
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.