Equipamiento Científico - Técnico
- Propuesta de Resolución Definitiva convocatoria Adquisición Equipamiento Científico-Técnico del año 2019 EQC2019 - 11/11/2019 (pdf 2.8 MB)
- Propuesta de Resolución Provisional convocatoria Adquisición Equipamiento Científico-Técnico del año 2019 EQC2019 - 16/10/2019 (pdf 2.4 MB)
- Resolución de personal excluido del conjunto de investigadores y de solicitudes desistidas tras la revisión administrativa de la convocatoria de Adquisición de Equipamiento Científico-Técnico del año 2019 - 16/09/2019 (pdf 436 KB)
- Resolución de solicitudes excluidas a la convocatoria de Adquisición de Equipamiento Científico-Técnico del año 2019. - 29/07/2019 (pdf 258 KB)
- Propuesta de exclusión de personal del «conjunto de investigadores» y Propuesta de exclusión de la fase de evaluación de personal investigador en la convocatoria de Adquisición de Equipamiento Científico-Técnico 2019. - 17/07/2019 (pdf 754 KB)
- Requerimiento de subsanación solicitudes presentadas a la convocatoria Adquisición de Equipamiento Científico-Técnico 2019 - 11/07/2019 (pdf 287 KB)
- Propuesta de solicitudes excluidas a la convocatoria de Adquisición de Equipamiento Científico-Técnico del año 2019 - 10/07/2019 (pdf 257 KB)
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- Acceso a la solicitud 2019 Investigadores (Responsable Científico-Técnico)
- Acceso a la solicitud 2019 Centros (Representantes Legales)
- Más información en el apartado 'Convocatoria' - 'Presentación de solicitudes' en www.ciencia.gob.es
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.