Ayudas para contratos Torres Quevedo (PTQ)
- Requerimiento de subsanación de Contratos Torres Quevedo 2017 - 12/06/2019 (pdf 52 KB)
- Segunda Resolución de Concesión de las Ayudas para contratos Torres Quevedo 2017 - 22/04/2019 (pdf 470 KB)
- Resolución de reclamación y subsanación de contratos PTQ 2017 - 11/03/2019 (pdf 57 KB)
- 2ªPropuesta de resolución provisional de ayudas PTQ17 de reservas que pasan a seleccionadas - 07/02/2019 (pdf 42 KB)
- Resolución de concesión de las Ayudas para contratos Torres Quevedo 2017 - 28/11/2018 (pdf 1.5 MB)
- Propuesta de Resolución Provisional de ayudas seleccionadas y reservas PTQ-2017 - 27/07/2018 (pdf 369 KB)
- Resolución de subsanación de contratos de la 2ª resolución de concesión PTQ-16 - 05/07/2018 (pdf 133 KB)
- Resolución Definitiva de Solicitudes Excluidas PTQ 2017 - 05/07/2018 (pdf 199 KB)
- Segunda Resolución de Concesión de las Ayudas para contratos Torres Quevedo 2016 - 31/05/2018 (pdf 256 KB)
- Segunda propuesta de resolución de solicitudes excluidas PTQ-17 - 31/05/2018 (pdf 228 KB)
- Propuesta de Resolución Provisional de solicitudes excluidas Torres Quevedo 2017 - 26/04/2018 (pdf 226 KB)
- 2ª Resolución de subsanación de contratos PTQ 2016 - 26/04/2018 (pdf 141 KB)
- Resolución de subsanación de expedientes PTQ-17 - 22/03/2018 (pdf 450 KB)
- 2ª Propuesta de resolución provisional de PTQ-16 de reservas que pasan a seleccionadas - 14/02/2018 (pdf 196 KB)
- Resolución de reclamación y subsanación de contratos PTQ 2016 - 08/02/2018 (pdf 174 KB)
- Ver todas las publicaciones
- Acceso a la solicitud
- Más información en www.idi.mineco.gob.es
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.