Ayudas para contratos Ramón y Cajal (RYC)
- Resolución de Subsanación de contratos. RYC 2017 - 06/03/2019 (pdf 109 KB)
- Modificación de la Resolución de concesión de 28 de diciembre de 2018. RYC 2017 - 29/01/2019 (pdf 221 KB)
- Resolución de concesión de 28 de diciembre de 2018. RYC 2017 - 28/12/2018 (pdf 286 KB)
- Anexo. Resolución de concesión de 28 de diciembre de 2018. RYC 2017 - 28/12/2018 (pdf 1.5 MB)
- Segunda Propuesta de Resolución Definitiva de candidatos con Acuerdo. RYC 2017 - 04/10/2018 (pdf 186 KB)
- Corrección de errores en la Resolución de reajuste de la estructura de pago por anualidades. RYC 2015 - 24/09/2018 (pdf 322 KB)
- Resolución de reajuste de la estructura de pago por anualidades. RYC 2015 - 20/09/2018 (pdf 260 KB)
- Anexo. Resolución de reajuste de la estructura de pago por anualidades. RYC 2015 - 20/09/2018 (pdf 260 KB)
- Resolución de candidatos reserva que pasan a seleccionados. RYC 2017 - 12/09/2018 (pdf 192 KB)
- Propuesta de Resolución Definitiva de candidatos con Acuerdo. RYC 2017 - 12/09/2018 (pdf 188 KB)
- Resolución de candidatos seleccionados y de reserva. RYC 2017 - 10/07/2018 (pdf 424 KB)
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- Acceso a la solicitud Investigadores
- Acceso a la solicitud Centros
- Más información en www.idi.mineco.gob.es
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.