Ayudas para contratos para la formación de investigadores en empresas (Doctorados Industriales)
- Requerimiento de subsanación de Contratos Doctorados Industriales 2017 - 12/06/2019 (pdf 58 KB)
- Corrección de errores segunda resolución de concesión DI 2017 - 25/04/2019 (pdf 90 KB)
- 2ª Resolución de Concesión Doctorados Insustriales 2017 - 22/04/2019 (pdf 438 KB)
- Resolución de reclamación y subsanación de contratos DI 2017 - 11/03/2019 (pdf 59 KB)
- 2ª Propuesta de resolución provisional de ayudas DI 2017 reservas que pasan a seleccionadas - 07/02/2019 (pdf 80 KB)
- Resolución de Concesión Doctorados Industriales 2017 - 26/11/2018 (pdf 614 KB)
- Propuesta de Resolución Provisional de ayudas seleccionadas y reservas DI 2017 - 21/06/2018 (pdf 91 KB)
- Resolución de ayudas excluidas DI 2017 - 07/06/2018 (pdf 66 KB)
- 2ª Resolución de Concesión Doctorados Insustriales 2016 - 17/05/2018 (pdf 463 KB)
- Propuesta de Resolución Provisional solicitudes excluidas Doctorados Industriales 2017 - 25/04/2018 (pdf 65 KB)
- Resolución de subsanación de expedientes DI-17 - 23/03/2018 (pdf 98 KB)
- 2ª Propuesta de resolución provisional Ayudas DI-16 de reservas que pasan a seleccionados - 14/02/2018 (pdf 69 KB)
- Resolución de reclamación y subsanación de contratos DI 2016 - 07/02/2018 (pdf 73 KB)
- Resolución de Concesión Doctorados Industriales 2016 - 24/11/2017 (pdf 482 KB)
- Propuesta de Resolución Provisional de ayudas seleccionadas y reservas DI 2016 - 14/09/2017 (pdf 207 KB)
- Resolución Definitiva de Solicitudes Desestimadas DI 2016 - 07/08/2017 (pdf 82 KB)
- Propuesta de Resolución Provisional solicitudes excluidas Doctorados Industriales - 15/06/2017 (pdf 225 KB)
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De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.