Ayudas para contratos Juan de la Cierva-formación
- Resolución de Subsanación de contratos II. FJC 2017 - 06/05/2019 (pdf 181 KB)
- Resolución de concesión II de 13 de marzo de 2019. FJC 2017 - 14/03/2019 (pdf 319 KB)
- Anexo I. Resolución de concesión II de 13 de marzo de 2019. FJC 2017 - 14/03/2019 (pdf 66 KB)
- Anexo II. Resolución de concesión II de 13 de marzo de 2019. FJC 2017 - 14/03/2019 (pdf 128 KB)
- Resolución de Subsanación de contratos. FJC 2017 - 03/12/2018 (pdf 220 KB)
- Propuesta de Resolución Provisional de Reservas para concesión. FJC 2017 - 30/11/2018 (pdf 197 KB)
- Resolución por la que se corrige la Resolución de concesión I de 28 de septiembre de 2018. FJC 2017 - 25/10/2018 (pdf 113 KB)
- Anexo. Resolución por la que se corrige la Resolución de concesión I de 28 de septiembre de 2018. FJC 2017 - 25/10/2018 (pdf 24 KB)
- Resolución de concesión I de 28 de septiembre de 2018. FJC 2017 - 03/10/2018 (pdf 318 KB)
- Anexo I. Resolución de concesión I de 28 de septiembre de 2018. FJC 2017 - 03/10/2018 (pdf 1.1 MB)
- Anexo II. Resolución de concesión I de 28 de septiembre de 2018. FJC 2017 - 03/10/2018 (pdf 286 KB)
- Propuesta de Resolución Provisional de candidatos seleccionados y de reserva. FJC 2017 - 28/05/2018 (pdf 545 KB)
- Resolución de solicitudes de investigadores que se excluyen. FJC 2017 - 23/05/2018 (pdf 375 KB)
- Propuesta de Resolución Provisional de expedientes de investigadores excluidos. FJC 2017 - 27/04/2018 (pdf 362 KB)
- Resolución de concesión II de 17 de abril de 2018. FJC 2016 - 18/04/2018 (pdf 170 KB)
- Anexo I. Resolución de concesión II de 17 de abril de 2018. FJC 2016 - 18/04/2018 (pdf 182 KB)
- Anexo II. Resolución de concesión II de 17 de abril de 2018. FJC 2016 - 18/04/2018 (pdf 127 KB)
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De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.