Autorización de rifas, cuyos premios superan los 3.000 euros

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Es un mecanismo que permite regular las rifas que se celebran totalmente o parcialmente en el ámbito territorial de Cataluña, cuyos premios superan los 3.000 euros.
Una rifa es una modalidad de juego que consiste en sortear un bien o servicio, o diversos bienes o servicios, previamente determinados, y nunca en metálico, entre diversas personas que han adquirido un billete de importe único y cierto. Los billetes tienen que seguir una numeración correlativa o un sistema de ordenación o de diferenciación de cualquier otro tipo. El valor del total de boletos o billetes emitidos tiene que cubrir, como mínimo, el valor de los bienes o servicios sorteados.

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A quién va dirigido

  • A institucions públiques o privades, ens locals o altres corporacions o entitats.
  • A persones físiques o jurídiques.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Trámites relacionados

Solicitar la autorización

Plazos

Se tiene que solicitar un mes antes de poner en venta los billetes de participación.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud (la cual incluye la declaración responsable).

  1. Las bases sobre las cuales se llevará a cabo la rifa solicitada.

  2. Los proyectos de publicidad previstos y también la especificación del tipo de billetes o participaciones que se emitirán para hacer la rifa.

  3. Una autorización concedida por el organismo correspondiente cuando se haga en combinación con sorteos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles, Loterías y Apuestas del Estado o de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas.

Tasas

Para tramitar el expediente

59,10 ? (gestión del examen del expediente de autorización de rifas).

Otras informaciones

Modalidades de rifas

  1. Benéficas: son las organizadas por instituciones públicas o privadas, entes locales u otras corporaciones o entidades, en las cuales el importe de los beneficios obtenidos se destina a satisfacer necesidades primarias de establecimientos benéficos.
  2. De utilidad pública: son las organizadas por las instituciones, entes y corporaciones citados en el apartado anterior, en las cuales el importe de los beneficios obtenidos se destina a finalidades de reconocida utilidad pública.

Competencia para autorizarlas

Corresponde a las personas titulares de las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad autorizar las que se celebren dentro del ámbito territorial de su competencia, con la excepción de las que están exentas de autorización de acuerdo con lo que determina el artículo 11 del Decreto 397/2011, de 11 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento de rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias con finalidades publicitarias o promocionales.

Corresponde a la persona titular de la dirección general competente en materia de juego y apuestas autorizar las rifas que superen el ámbito de una delegación territorial del Gobierno, con la excepción de las que están exentas de acuerdo con lo que determina el artículo 11 del Decreto 397/2011, de 11 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento de rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias con finalidades publicitarias o promocionales.

Supuestos de exención de autorización
La celebración de rifas cuyos premios no superan en conjunto el valor de 3.000 ? no requieren autorización administrativa.
En estos supuestos hay que presentar una comunicación previa a través de las oficinas de gestión empresarial de la Generalidad de Cataluña o delante del órgano competente; esta comunicación produce efectos desde el mismo día que se presenta, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección atribuidas a los órganos administrativos competentes.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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