Acciones de programación conjunta Internacional. Segunda fase
- Resolución definitiva. Acciones de Programación Conjunta Internacional. Convocatoria 2015-2 - 10/05/2016 (pdf 542 KB)
- Propuesta de resolución definitiva. Acciones de Programación Conjunta Internacional. Convocatoria 2015-2 - 29/03/2016 (pdf 435 KB)
- Resolución de solicitudes de ayudas excluidas. Convocatoria de Acciones de Programación Conjunta Internacional. Convocatoria 2015-2 - 07/03/2016 (pdf 241 KB)
- Propuesta de resolución provisional. Acciones de Programación Conjunta Internacional. Convocatoria 2015-2 - 07/03/2016 (pdf 231 KB)
- Anexo I. Lista de solicitudes estimadas. PRP. Acciones de Programación Conjunta Internacional. Convocatoria 2015-2 - 07/03/2016 (pdf 302 KB)
- Anexo II. Lista de solicitudes desestimadas. PRP. Acciones de Programación Conjunta Internacional. Convocatoria 2015-2 - 07/03/2016 (pdf 203 KB)
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- Acceso a la aplicación Firma de solicitudes (representante legal)
- Más información en www.idi.mineco.gob.es
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.