Acciones de dinamización “Redes de Excelencia”
- Resolución de concesión. Convocatoria 2017 - 29/06/2018 (pdf 489 KB)
- Propuesta de resolución definitiva. Convocatoria 2017 - 26/04/2018 (pdf 125 KB)
- Propuesta de resolución provisional. Convocatoria 2017 - 22/03/2018 (pdf 803 KB)
- Relación de solicitudes de ayudas excluidas. Convocatoria 2017 - 05/03/2018 (pdf 477 KB)
- Requerimiento de subsanación y trámite de audiencia. Convocatoria 2017 - 05/02/2018 (pdf 332 KB)
- Resolución definitiva del procedimiento de concesión de ayudas. Redes de Excelencia. Convocatoria 2016 - 30/06/2017 (pdf 451 KB)
- Propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión de ayudas. Redes de Excelencia. Convocatoria 2016 - 07/04/2017 (pdf 311 KB)
- Propuesta de resolución provisional del procedimiento de concesión de ayudas. Redes de Excelencia. Convocatoria 2016 - 23/02/2017 (pdf 229 KB)
- Anexo. Ayudas preseleccionadas de la Propuesta de resolución provisional. Redes de Excelencia. Convocatoria 2016 - 23/02/2017 (pdf 109 KB)
- Anexo. Ayudas predenegadas de la propuesta de resolución provisional. Redes de Excelencia. Convocatoria 2016 - 23/02/2017 (pdf 124 KB)
- Resolución y anexo de solicitudes de ayudas excluidas. Redes de Excelencia. Convocatoria 2016 - 19/12/2016 (pdf 73 KB)
- Trámite de preevaluación de solicitudes presentadas. Redes de Excelencia. Convocatoria 2016 - 02/11/2016 (pdf 306 KB)
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- Más información en www.idi.mineco.gob.es
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.