Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
Autorizar la comercialización de organismos modificados genéticamente o de productos que los contengan, así como autorizar los ensayos de liberaciones voluntarias complementarios que, en su caso, sean exigidos dentro del procedimiento de autorización para la comercialización.
Toda persona física o jurídica que pretenda comercializar un organismo modificado genéticamente.
Meses: 3
Consejo Interministerial de OMG
Presencial: Almagro, 33, 28010, Madrid
Teléfono: 913476659
Correo electrónico: bzn-secretariaomg@magrama.es
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE MEDIOS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLAS Y OFICINA ESPAÑOLA DE VARIEDADES VEGETALES
130114
Formulario de solicitud presencial (Modelo_solic...) (DOC 52 Kb.)
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
Procedimiento de comunicación previa de Organismos de Control Biológico autóctonos (OCBs autóctonos)
Identificación: DNI, NIF, NIE (para verificación de los datos de identidad)
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Subsistencia de poderes Notariales)
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Subsistencia de Administradores de una sociedad)
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
Documentación acreditativa de los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real Decreto 951/2014, de 14 de noviembre.
Justificante pago tasa fitosanitaria regulada por el artículo 67 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal
Para la comunicación de los OCBs autóctonos, se requiere la cumplimentación del ANEXO IA del Real Decreto 951/2014, de 14 de noviembre, por el que se regula la comercialización de determinados medios de defensa fitosanitaria
Meses: 3
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE VEGETAL Y FORESTAL
Presencial: Registro central del MAGRAMA Pº Infanta Isabel 1, Madrid y en los que indica en la Ley 39/2015
Teléfono: 913471690
Correo electrónico: regmedefito@magrama.es
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE VEGETAL Y FORESTAL
206099
Formulario de solicitud presencial (ia_modelo_de...) ( 31 Kb.)
Las comunicaciones de determinados medios de defensa fitosanitaria deben presentarse ante el órgano competente de la CCAA, con la finalidad de que estas cumplimenten el anexo II del Real Decreto 951/2014, de 14 de noviembre. Posteriormente estas comunicaciones junto con el anexo II cumplimentado se remiten a la Subdirección General de Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal para, en su caso, proceder a la inscripción de las mismas en el Registro de Medios de Defensa Fitosanitaria.
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Subsistencia de Administradores de una sociedad)
Identificación: DNI, NIF, NIE (para verificación de los datos de identidad)
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Subsistencia de poderes Notariales)
Justificante de pago de tasas fitosanitarias reguladas en el artículo 67 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal
Documentación acreditativa de los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real Decreto 951/2014, de 14 de noviembre.
El inicio de este procedimiento debe realizarse cumplimentando en el ANEXO IA del Real Decreto 951/2014, de 14 de noviembre, por el que se regula la comercialización de determinados medios de defensa fitosanitaria, y remitiendo dicha comunicación al órgano competente de la CCAA donde tenga la sede la empresa que vaya a comercializar el producto.
Meses: 3
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE VEGETAL Y FORESTAL
ORGANOS COMPETENTES DE LAS CCAA
Teléfono: 913471690
Correo electrónico: regmedefito@magrama.es
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE VEGETAL Y FORESTAL
206109
Formulario de solicitud presencial (ia_modelo_de...) ( 31 Kb.)
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
Solicitar la preceptiva concesión para el aprovechamiento de aguas subterráneas del Organismo de cuenca correspondiente para abastecimiento poblacional.
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
Identificación: DNI, NIF, NIE (para consulta de datos de identidad)
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas subterráneas para abastecimiento poblacional debe solicitar la preceptiva autorización. La instancia debe ser suscrita, en caso de una población: por el representante de la Corporación Local o persona jurídica que gestionará el servicio. En caso de varias poblaciones: por el representante de la Mancomunidad, Consorcio o Entidad semejante, si está constituida, si no, por los representantes de las Corporaciones Locales que habrán de constituir aquélla o la persona jurídica que gestionará el servicio.
Meses: 18
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
206395
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
Solicitar la preceptiva concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas del Organismo de cuenca correspondiente para abastecimiento a urbanización aislada.
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
Identificación: DNI, NIF, NIE (para consulta de datos de identidad)
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas subterráneas para abastecimiento a urbanizaciones aisladas, debe solicitar la preceptiva autorización.
Meses: 18
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
206413
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
Solicitar la concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas de escasa importancia para usos domésticos hasta 50 personas, para riego hasta 4 l/seg. y otros usos hasta 2 l/seg.
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
Identificación: DNI, NIF, NIE (para consulta de datos de identidad)
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas subterráneas de escasa importancia para usos domésticos hasta 50 personas, para riego hasta 4 l/seg. y otros usos hasta 2 l/seg debe solicitar la preceptiva autorización.
Meses: 18
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
206380
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
Solicitar la preceptiva concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas del Organismo de cuenca correspondiente con destino a usos distintos de abastecimiento o riego (usos industriales, ganaderos, recreativos u otros).
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
Identificación: DNI, NIF, NIE (para consulta de datos de identidad)
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas subterráneas con destino a usos distintos a abastecimiento o riego, debe solicitar la preceptiva autorización.
Meses: 18
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
206488
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
Solicitar la preceptiva concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas con caudal igual o superior a 4 l/seg. del Organismo de cuenca correspondiente con destino a riego.
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
Certificaciones catastrales (para la consulta descriptiva y gráfica)
Certificaciones catastrales (para consulta de certificado de titularidad)
Identificación: DNI, NIF, NIE (para consulta de datos de identidad)
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas subterráneas con destino a riegos debe solicitar la preceptiva autorización. Dado que en las concesiones para riego el agua queda vinculada a la tierra, la instancia debe ser suscrita por todos los propietarios de los terrenos a regar, excepto en las solicitudes formuladas por comunidades de regantes o riegos en régimen de servicio público.
Meses: 18
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
206376
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
Solicitar la preceptiva concesión del Organismo de cuenca de un aprovechamiento de aguas superficiales para abastecimiento poblacional.
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
Identificación: DNI, NIF, NIE (para consulta de datos de identidad)
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas superficiales para abastecimiento poblacional, debe solicitar la preceptiva concesión. La instancia debe ser suscrita, en caso de una población: Por el representante de la Corporación Local o persona jurídica que gestionará el servicio. En caso de varias poblaciones: por el representante de la Mancomunidad, Consorcio o entidad semejante, si está constituido, si no, por los representantes de las Corporaciones Locales que habrán de constituir aquélla o la persona jurídica que gestionará el servicio. En caso de urbanizaciones aisladas: por el representante de la Comunidad de Propietarios, si estuviese constituida, y si no, por el promotor de la Urbanización o entidad urbanizadora. En caso de vivienda o viviendas aisladas, por los propietarios de las mismas.
Meses: 18
Presencial: C/ Muro, 5. 47004. Valladolid.
Teléfono: 983215400
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
206430
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
Solicitar la preceptiva concesión de aprovechamiento de aguas superficiales con destino a riego del Organismo de cuenca correspondiente.
Identificación: DNI, NIF, NIE (para consulta de datos de identidad)
Certificaciones catastrales (para la consulta descriptiva y gráfica)
Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
Certificaciones catastrales (para consulta de certificado de titularidad)
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas superficiales con destino a riegos, debe solicitar la preceptiva autorización. Dado que en las concesiones para riego el agua queda vinculada a la tierra, la instancia debe ser suscrita por todos los propietarios de los terrenos a regar, excepto en las solicitudes formuladas por comunidades de regantes o riegos en régimen de servicio público.
Meses: 18
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
206336