SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON TRASTORNO MENTAL GRAVE
Finalidad
Realizar la convocatoria pública periódica para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de los gastos generados por el desarrollo de los programas dirigidos a personas con trastorno mental grave, y sus familias, para el año 2016.
Destinatarios
Las Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura, con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en cuyos estatutos figure como objeto social la atención a personas con trastorno mental grave
Las entidades que soliciten subvenciones para programas asistenciales deberán contar con la autorización administrativa que, en su caso, establezca la normativa que le sea de aplicación.
Plazo de presentación
Hasta el 11 de junio de 2016 inclusive.
Lugar de presentación
Plazo normativo para resolver
La concesión de subvenciones será resuelta y notificada en el plazo máximo de seis meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso potestativo de reposición
* Programas.
a. Programa de Pisos Supervisados: modalidad de atención residencial que proporciona alojamiento, con supervisión de 24 horas, los 7 días de la semana, manutención y servicio rehabilitador a personas con enfermedades mentales de evolución crónica, que presenten menor nivel de dependencia, mayor nivel de autonomía y menor necesidad de supervisión que los usuarios de los Centros Residenciales de Rehabilitación.
El n.º de destinatarios de este programa será entre 4 y 8 usuarios por piso supervisado.
b. Programa de Apoyo Residencial: conjunto de actuaciones planificadas y ejecutadas por personal técnico del ámbito sociosanitario, orientadas al cumplimiento de objetivos rehabilitadotes y de integración, desarrolladas en el ámbito de un entorno residencial, y dirigido a los usuarios de estos recursos, a fin de facilitarles herramientas que contribuyan a incrementar su autonomía y facilitar su reinserción social. Cada entidad sólo podrá presentar un programa de apoyo residencial por cada uno de los centros de los que sea titular.
c. Programas de Integración laboral: conjunto de actuaciones dirigidas a fomentar la integración laboral de las personas con enfermedad mental. Las actuaciones se dirigirán tanto a la adquisición o recuperación de los conocimientos y habilidades necesarias para el acceso al empleo, como a la promoción de iniciativas de empleo, promoviendo la normalización, la autonomía e independencia de los usuarios.
e. Programas de Integración social: programas dirigidos a facilitar y promover la participación de las personas con Trastorno Mental Grave en la comunidad, a través de actuaciones dirigidas al fomento de la utilización de los recursos de la comunidad, ya sean de tipo educativo, social o de ocio.
* Criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las subvenciones.
1. El importe de la subvención podrá alcanzar el 100 % del coste total de la realización de los Programas, sin que la cuantía máxima a subvencionar por cada Programa pueda exceder de 200.000 euros.
2. El crédito presupuestario consignado en la presente orden de convocatoria se distribuirá entre los distintos programas conforme a los siguientes porcentajes:
A) Programas Pisos Supervisados: el 42,5 %.
B) Programas Apoyo Residencial: el 6,5 %.
C) Programas de integración laboral: el 36 %.
D) Programas de integración social: el 15 %.
El impreso de solicitud, Anexo I, debidamente cumplimentado en todos sus extremos, vendrá acompañado de siguiente documentación:
a. Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.
b. Copia de los Estatutos de la Entidad interesada.
c. Documento en el que conste la plantilla del personal de los centros con indicación de su titulación, antigüedad y/o experiencia.
d. Presupuesto económico diferenciando los gastos previstos de personal, de gestión y mantenimiento del recurso y para el desarrollo de los programas, según el modelo establecido en el Anexo II.
e. Memoria explicativa, según modelo establecido en el Anexo III, de los programas específicos donde consten, al menos, ubicación, justificación de la necesidad del programa, objetivos que se persiguen, población destinataria, así como la descripción de las áreas de intervención y actividades que se van a realizar. Las memorias explicativas de los programas deberán presentarse firmadas por el representante legal de la entidad.
Formularios de solicitud
Anexos
Memoria explicativa (Anexo IV)
Memoria explicativa del programa (Anexo III)
Programa a desarrollar (Anexo II)
Enlace externo a la solicitud
http://sepad.gobex.es/es/conciertos-y-subvenciones
Ttitular de la Consejería.
Plazo normativo para resolver
La concesión de subvenciones será resuelta y notificada en el plazo máximo de seis meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso potestativo de reposición
http://sepad.gobex.es/es/las-personas/trastornos-mentales-graves/ayudas-y-subvenciones
í?rgano gestor
(SEPAD) DIRECCIí?N GERENCIAAVDA. DE LAS AMí?RICAS, 4
06800 MERIDA
dirgerencia.sepad@salud-juntaex.es
924003801
Trámites relacionados
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