AYUDAS A COTOS DE CAZA QUE REALICEN ACTUACIONES DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y MEJORA DE LOS RECURSOS CINEGÉTICOS
Finalidad
Conceder ayudas en materia de conservación, fomento y mejora de la riqueza cinegética en la Comunidad Autónoma de Extremadura de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, así como, efectuar la convocatoria pública de estas ayudas en el año 2014.
Destinatarios
Sociedades locales de Cazadores y los titulares de cotos privados de caza.
Plazo de presentación
Año 2014: Hasta el 16 de julio, inclusive.
Lugar de presentación
Plazo normativo para resolver
Seis meses computados a partir de la publicación de la orden de convocatoria
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso potestativo de reposición
Podrán ser subvencionadas las siguientes actuaciones:
a) En cotos sociales:
1º.Contratación de personal para la realización de tareas de vigilancia y gestión de la caza.
2º.Elaboración y modificación de planes técnicos de caza.
3º.Núcleos de aclimatación de conejos para reforzamiento de las poblaciones.
4º. Construcción de majanos para conejos.
5º.Introducción, reintroducción o reforzamiento de conejos.
6º.Adquisición e instalación de unidad comedero-bebedero.
b) En cotos privados de caza menor:
1º.Contratación de personal para la realización de tareas de vigilancia y gestión de la caza.
2º.Núcleos de aclimatación de conejos para reforzamiento de las poblaciones.
3º.Construcción de majanos para conejos.
4º. Introducción, reintroducción o reforzamiento de conejos.
5º.Adquisición e instalación de unidad comedero-bebedero.
c) En cotos privados de caza mayor:
1º.Contratación de personal para la realización de tareas de vigilancia y gestión de la caza.
2º.Comederos selectivos de jabalí.
3º.Construcción de puntos de agua.
Las condiciones y cuantías de las ayudas en función de la clasificación del coto son las siguientes:
a) Cotos sociales:
1.º El número máximo de meses subvencionables de contrato será de 6 por beneficiario.
2.º El gasto máximo subvencionable por mes y contrato, incluyendo la cuota empresarial a la seguridad social, será de 1.203,63 euros.
3.º Se subvencionará el 85 % del gasto total realizado de conformidad con los máximos subvencionables.
b) Cotos privados de caza:
1.º El número máximo de meses subvencionables de contrato será de 4 por beneficiario.
2.º El gasto máximo subvencionable por mes y contrato, incluyendo la cuota empresarial a la seguridad social, será de 1.203,63 euros.
3.º Se subvencionará el 85 % del gasto total realizado de conformidad con los máximos subvencionables.
3. Condiciones del contrato:
a) El contrato deberá ser a jornada completa y celebrarse con una duración mínima de 1 mes.
b) Se permite la contratación de personas distintas así como la contratación simultánea de varias personas siempre que la suma de la duración de sus contratos no exceda del máximo establecido por beneficiario.
c) El contrato ha de suscribirse con fecha posterior a la resolución de concesión de la ayuda y registrarse en la oficina de empleo correspondiente.
d) Debe recoger expresamente las funciones que debe realizar la persona contratada, así como el coto o cotos en los que las realizará especificando la matrícula.
e) Debe ajustarse a la legislación vigente en materia laboral u otra legislación que le sea aplicable.
4. El porcentaje subvencionable se incrementará un 5 % adicional si se trata de una actuación que se lleve a cabo en cotos de caza cuya superficie esté total o parcialmente incluida en terrenos de Red Natura 2000.
5. El porcentaje subvencionable se incrementará un 10 % adicional si el solicitante es una sociedad local de cazadores que esté federada.
- Solicitud, acompañada de:
a) Cuestionario descriptivo de las actuaciones, que figura como Anexo II . En caso de que en el cuestionario se expresen cuantías o periodos de contratación que superen los máximos previstos en el artículo 4.2 de la Orden de convocatoria., se entenderá que se solicitan los máximos permitidos.
b) Declaración responsable de no haber percibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, incluida en el modelo de solicitud que figura como Anexo I de la Orden de convocatoria.
c) Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario a tenor de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluida en el modelo de solicitud que figura como Anexo I.
Formularios de solicitud
Anexos
Cuestionario de actuaciones (Anexo II)
Modelo de Placa Informativa (Anexo III)
Consejero/a
Plazo normativo para resolver
Seis meses computados a partir de la publicación de la orden de convocatoria
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso potestativo de reposición
í?rgano gestor
D. GRAL. DE MEDIO AMBIENTEAVDA LUIS RAMALLO, S/N
06800 MERIDA
dgma.marpat@gobex.es
924008401
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña
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Tel. 924008004
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