CAPÍTULO III · Medidas de apoyo al sector del transporte

Artículo 6. Deducción por inversiones en el Impuesto sobre Sociedades

Artículo 7. Reducción del plazo de permanencia de los elementos afectados a deducciones del Impuesto sobre Sociedades

Artículo 8. Exención de ayudas públicas al abandono de la actividad de transporte por carretera

Disposición adicional primera. Títulos competenciales

Disposición adicional segunda. Efectos de la modificación de la Ley 40/1998

Disposición final primera. Facultad de desarrollo

2. El procedimiento material de ejecución de las bonificaciones establecidas en sus estrictos términos porcentuales se determinará por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y la Secretaría General de Pesca Marítima en las reuniones técnicas pertinentes.

Disposición final segunda. Entrada en vigor