Del saludo
Art. 457
Todo militar saludará a las Banderas y Estandartes de las Unidades y durante la interpretación del Himno Nacional, También saludará militarmente a Sus Majestades los Reyes, a S.A.R. el Príncipe de Asturias, a los Infantes de España, al Presidente del Gobierno, a los Vicepresidentes si los hubiere y al Ministro de Defensa, en la forma y de acuerdo con lo reglamentariamente dispuesto. Al embarcar o desembarcar de un buque de la Armada saludará a la Bandera, dándole frente en el momento de pisar o abandonar la cubierta.
Art. 458
El saludo entre militares constituye una muestra de respeto mutuo. Se efectuará por el de menor jerarquía y será correspondido por el superior. Entre los de igual empleo el saludo se practicará de acuerdo con las reglas dictadas por el compañerismo y la buena educación. Su ejecución se regirá por lo establecido en los reglamentos.
Art. 459
Los Alumnos de las Escuelas de formación de Oficiales saludarán a los Oficiales y responderán al que reciban de los Suboficiales y Clases de Marinería y Tropa. Los Alumnos de las Escuelas de formación de Suboficiales saludarán a los Oficiales y Suboficiales y responderán al que reciban de las Clases de Marinería y Tropa.
Art. 460
En los lugares de trabajo en común o de encuentro frecuente, el militar saludará la primera vez que coincida con cada uno de sus superiores, y cuando posteriormente se dirija a ellos, bien sea por propia iniciativa o por haber sido llamado por éstos. En la Armada, en el primer saludo, se añadirá buenos días. Al ocaso el más moderno dará las buenas noches al más antiguo presente.
Art. 461
Si por la actividad que estuviese desarrollando no pudiera efectuar el saludo reglamentario, adoptará la postura más correcta que le sea posible y empleará la fórmula verbal de saludo que figura en el artículo siguiente.
Art. 462
Todo militar que deba dirigirse de palabra a un superior se cuadrará ante él, saludará y le dirá: «a la orden de (tratamiento) mi (empleo del superior)», cuando tenga tratamiento de Excelencia o Señoría, y «a sus órdenes mi (empleo del superior)» cuando tenga el de Usted. En la Armada, cuando corresponda, se dirá «mi comandante», «mi segundo», «mi tercero» o «mi Oficial». Luego quedará en la posición de firmes mientras no se le indique otra cosa. Al despedirse se cuadrará, empleará la fórmula «¿manda (tratamiento) alguna cosa más mi (empleo del superior)?» y volverá a saludar. Cuando, encontrándose en formación haya de dar parte de novedades, permanecerá saludando mientras lo expone; el superior lo recibirá de igual modo.
Art. 463
Quedará dispensado de la obligación de saludar si se encuentra desempeñando un servicio o función que exija una atención que le impida distraerse de su cometido.
Art. 464
A los militares de Ejércitos extranjeros saludará en iguales casos que a los del propio, en justa correspondencia y con la oportuna flexibilidad para adaptarse a las diferentes costumbres o normas.
Art. 465
Saludará a los superiores que vistan de paisano cuando conozca su condición o aquéllos se den a conocer. Cuando no vaya de uniforme empleará la fórmula verbal de saludo además de las normales de cortesía.
Art. 466
En los actos oficiales a los que asistan autoridades civiles las saludará siguiendo las normas usuales de respeto y cortesía.