«Título segundo. Coeficiente de solvencia y limitaciones a la actividad de las entidades de crédito por razones de solvencia

Artículo segundo

La disposición transitoria de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, sobre coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros, pasará a tener la siguiente redacción:

Artículo tercero

Se modifica el número 1 del artículo 16 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, que pasará a tener la siguiente redacción: