CAPÍTULO II · Modificaciones del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Artículo 9. Modificaciones del Código Civil en materia de autotutela
Artículo 10. Modificación del Código Civil en materia de régimen sucesorio
Artículo 11. Modificación del Código Civil en materia del mandato
El artículo 1732 del Código Civil quedará redactado en los siguientes términos:
Artículo 12. Modificación del Código Civil en materia del contrato de alimentos
Artículo 13. Incorporación de una disposición adicional en el Código Civil
Se añade una disposición adicional cuarta en el Código Civil.
Artículo 14. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en materia de procesos sobre la capacidad de las personas
El apartado 1 del artículo 757 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, tendrá la siguiente redacción: