CAPÍTULO I · Modificación del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo

Artículo primero. Modificación del apartado 2 del artículo 32 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del día 1 de enero de 2005, el apartado 2 del artículo 32 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, queda redactado de la siguiente manera:

Artículo segundo. Modificación del apartado 2 del artículo 39 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del día 1 de enero de 2006, el apartado 2 del artículo 39 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo tercero. Modificación del Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del día 1 de enero de 2006, se introducen las siguientes modificaciones en el Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo: