CAPÍTULO IV · Estrategias de lucha contra las especies exóticas invasoras
Artículo 15. Características de las estrategias de gestión, control y posible erradicación
1. El Ministerio para la Transición Ecológica y las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, elaborarán coordinadamente estrategias de gestión, control y posible erradicación de especies exóticas invasoras incluidas en el catálogo, de conformidad con lo establecido en el artículo 61.5 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. 2. Se podrán elaborar, en caso de considerarlo necesario, estrategias de gestión, control y posible erradicación que abarquen simultáneamente varias especies. Asimismo, se podrán realizar estrategias generales de actuación en relación a temáticas o aspectos globales. 3. En la elaboración de las estrategias se dará prioridad a aquellas especies que supongan un mayor riesgo para la conservación de la fauna, flora o hábitats autóctonos amenazados, con particular atención a la biodiversidad insular, así como aquellas que presenten mayores posibilidades de erradicación. Asimismo, se dará prioridad a la elaboración de estrategias que afecten a Espacios Naturales Protegidos y Espacios de la Red Natura 2000, así como a medios insulares y aguas continentales y marinas. 4. Las estrategias que existieran con anterioridad a la publicación del catálogo, se deberán adaptar y actualizar según lo indicado en el artículo 16. 5. Las estrategias, que tendrán carácter orientativo, serán elaboradas por el Ministerio para la Transición Ecológica. y las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco del Comité de Flora y Fauna de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y serán aprobadas por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, a propuesta de la Comisión, previa consulta al Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Tras su aprobación, las estrategias serán publicadas en el Boletín Oficial del Estado.
Artículo 16. Contenido de las estrategias de gestión, control y posible erradicación
Las estrategias tendrán, al menos, el siguiente contenido: b. Análisis de riesgos. c. Análisis de vías de entrada. d. Medidas de actuación y definición de la estrategia a seguir: gestión, control y posible erradicación. e. Distribución y abundancia. f. Actuaciones de coordinación entre las diferentes administraciones públicas. g. Actuaciones de seguimiento de la eficacia de aplicación de la estrategia. h. Actuaciones de sensibilización y educación ambiental sobre la problemática de especies exóticas invasoras. i. Análisis económico de los costes de la aplicación de la estrategia sobre terceros o instalaciones afectadas de forma involuntaria por la presencia de especies exóticas invasoras.