SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN SALUD
Finalidad
Convocar subvenciones para la realización de proyectos sociosanitarios de participación comunitaria en salud, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016 por fundaciones, asociaciones y/o federaciones sin ánimo de lucro de pacientes y/o familiares de pacientes, afectados por una enfermedad crónica, en materias relacionadas con la información, sensibilización, formación, promoción y prevención de la enfermedad, así como la asistencia, rehabilitación y reinserción de los mismos.
Destinatarios
Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro de pacientes y/o familiares de pacientes afectados por una enfermedad crónica, o federación de las mismas, de ámbito de actuación regional o provincial y con razón social en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asociaciones y Federaciones sin ánimo de lucro de pacientes y/o familiares de pacientes afectados por una enfermedad crónica, con sede en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se exceptúan como beneficiarios de estas subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro de afectados y/o familiares de afectados por conductas adictivas y discapacidad.
Plazo de presentación
Año 2016: del 8 al 27 de octubre, ambos inclusive.
Lugar de presentación
Plazo normativo para resolver
Seis meses, a contar a partir de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Frente a la resolución expresa o presunta del procedimiento, el interesado podrá interponer los recursos que procedan, de conformidad con la normativa vigente.
Criterios objetivos de valoración:
Para la concesión de las subvenciones se tendrán en cuenta los criterios objetivos de valoración con la ponderación que a continuación se relaciona. Para su evaluación, será necesaria la aportación de la correspondiente certificación o documentación por parte del solicitante.
1. El proyecto presentado se estructurará y detallará conforme a los ítems relacionados a continuación. Se concederá un máximo de 20 puntos, según el baremo siguiente:
? Fundamentación del proyecto: El proyecto se apoya técnicamente en estudios o publicaciones científicas incluyendo la referencia en la bibliografía del proyecto: 3 puntos.
? Objetivos: En el proyecto se describe de forma detallada la finalidad y los objetivos específicos: 3 puntos.
? Población destinataria: En el proyecto se especifican el número, características y ámbito territorial de la población destinataria: 3 puntos.
? Metodología: En el proyecto se detalla la metodología propuesta para cada una de las actividades contempladas en el proyecto: 3 puntos.
? Temporalidad: El proyecto contiene un apartado donde se especifique las fechas concretas del desarrollo de las actividades del proyecto: 1 punto.
? Recursos humanos y materiales: El proyecto presenta una descripción detallada en número y tipo de los recursos materiales y en número y perfil de los recursos humanos para las actividades contempladas en el proyecto: 1 punto.
? Presupuesto: El proyecto contiene el presupuesto desglosado por partidas para cada una de las actividades del proyecto: 2 puntos.
? Relación entre actividades propuestas y objetivos planteados: Las actividades propuestas están directamente relacionadas con los objetivos planteados: 3 puntos.
? Modelo e instrumentos de evaluación (indicadores): Utilización en la evaluación del proyecto de indicadores cuantitativos y cualitativos: 1 punto.
2. El proyecto presentado contempla actuaciones en los medios de comunicación (local o regional) e Internet. Se concederán hasta un máximo de 4 puntos conforme al siguiente reparto:
? Si el proyecto contempla actuaciones en los medios de comunicación, de ámbito local o regional, se concederán 3 puntos.
? Si el proyecto contempla actuaciones en Internet, se concederá 1 punto.
3. Si el proyecto contempla la participación voluntaria, no remunerada y sin vinculación laboral, de profesionales sociosanitarios de centros sanitarios del sistema sanitario público de Extremadura. Se otorgarán 2 puntos por cada profesional sociosanitario que participe en el proyecto, hasta un máximo de 6 puntos.
4. Si el proyecto contempla la participación de personal voluntario, distinto del contemplado en el punto anterior, en la realización de las actividades del proyecto, con indicación del número y de las tareas o funciones a desarrollar. Se otorgará 1 punto por cada voluntario que participe en el proyecto, hasta un máximo de 5 puntos.
5. Coordinación y utilización de los recursos comunitarios del entorno (sociales, sanitarios y educativos) se valorará hasta un máximo de 5 puntos:
a) En el desarrollo del proyecto están implicados 2 o más recursos del entorno: 5 puntos.
b) En el desarrollo del proyecto está implicado al menos 1 recurso del entorno: 3 puntos.
6. Ámbito territorial de los beneficiarios a los que se dirige el proyecto, hasta un máximo de 10 puntos.
a) Proyecto dirigido a beneficiarios de varios municipios de las dos provincias: 10 puntos.
b) Proyecto dirigido a beneficiarios de varios municipios de una provincia: 5 puntos.
c) Proyecto dirigido a beneficiarios de un solo municipio: 2 puntos.
7. El número de beneficiarios directos o activos de las actividades del proyecto, hasta un máximo de 10 puntos.
a) Más de 500 beneficiarios: 10 puntos.
b) Entre 101 y 500 beneficiarios: 8 puntos.
c) Entre 1 y 100 beneficiarios: 4 puntos.
8. Presentación del proyecto por una federación de la Comunidad Autónoma de Extremadura: 5 puntos.
9. Presentación del proyecto por una asociación de ámbito de actuación regional con implantación en las dos provincias y con al menos 5 sedes o delegaciones en la Comunidad Autónoma de Extremadura: 5 puntos.
10. Realización de actividades dirigidas a la formación de las personas integrantes de la comunidad como agentes de salud comunitarios. Se otorgará 1 punto por cada agente de salud que participe en el proyecto, hasta un máximo de 5 puntos.
Cuantía:
La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 60.000 euros y sólo podrá presentar un único proyecto por entidad solicitante.
El total de la cuantía destinada a estas subvenciones podrá ser incrementada en función de las disponibilidades presupuestarias, teniendo como límite la cuantía global de los créditos presupuestarios fijados en la presente convocatoria y en su caso la resultante del aumento de la cuantía inicial, que no podrá superar el 20% de la misma, o de la cuantía que corresponda cuando este incremento sea consecuencia de una generación o incorporación de crédito, o cuando se trate de créditos declarados ampliables. En todo caso, dicho aumento deberá producirse antes de resolver la concesión de las subvenciones sin necesidad de una nueva convocatoria.
La cuantía de la subvención otorgada por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales podrá ser igual o inferior a los costes del proyecto presentado, debiendo el interesado hacer constar en la solicitud la renuncia a la subvención en el caso de que no se financie totalmente la cantidad solicitada. En caso de que el interesado no renunciase a la subvención concedida, deberá hacer constar en la solicitud el compromiso de aportar la diferencia entre el importe total del proyecto presentado y la cuantía de la subvención, o a adaptar el proyecto al importe de la misma.
Los criterios para la determinación de la cuantía individualizada de la subvención serán establecidos en función de los puntos obtenidos mediante la aplicación de los criterios objetivos de valoración conforme a la siguiente tabla:
PUNTOS (según criterios objetivos de valoración) | IMPORTE (en euros) |
66-70 | 60.000,00 |
61-65 | 50.000,00 |
56 - 60 | 40.000,00 |
51 - 55 | 35.000,00 |
46 - 50 | 30.000,00 |
41 - 45 | 25.000,00 |
36 - 40 | 20.000,00 |
31 - 35 | 15.000,00 |
26 - 30 | 10.000,00 |
21 - 25 | 5.000,00 |
16 - 20 | 2.500,00 |
11 - 15 | 1.000,00 |
0 - 10 | 0,00 |
Para optar a la subvención es necesario obtener un mínimo de 11 puntos.
El crédito máximo disponible para esta línea de subvención, será distribuido por orden decreciente en función de la puntuación final obtenida por los solicitantes.
Excepcionalmente, cuando varios solicitantes obtengan la misma puntuación y el crédito disponible no pueda cubrir la totalidad de las ayudas se prorrateará a partes iguales entre todos ellos.
En todo caso, la cuantía solicitada por el interesado actuará como límite máximo de la subvención a conceder.
Los interesados deberán presentar las solicitudes conforme al Anexo e irán acompañadas de la siguiente documentación en original o copia compulsada:
a) DNI o pasaporte del Presidente y del representante legal de la entidad beneficiaria, en el caso de que el interesado no hubiese prestado su consentimiento para su comprobación de oficio.
b) Documentación acreditativa de la condición de representante legal de la entidad beneficiaria.
c) Estatutos de la entidad beneficiaria. En caso de posteriores modificaciones, deberán ser remitidas a la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, debidamente diligenciada por los registros públicos correspondientes.
d) Acta de la entidad beneficiaria donde figuren los miembros de la Junta Directiva actual. En caso de posteriores modificaciones, deberán ser remitidas a la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, debidamente diligenciada por los registros públicos correspondientes.
e) Certificado de inscripción en el Registro General de Asociaciones de la Junta de Extremadura, en el caso de que el interesado no hubiese prestado su autorización para su comprobación de oficio. En el caso de asociaciones o federaciones de ámbito de actuación nacional con sede en Extremadura, deberá aportarse certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior.
f) Certificado del Secretario de la asociación que acredite las sedes y/o delegaciones en la Comunidad Autónoma de Extremadura de la asociación de ámbito de actuación regional.
g) Descripción detallada del proyecto teniendo en cuenta los criterios de valoración referidos en el artículo 8 de la presente orden de convocatoria. Los proyectos deberán contenerlos siguientes extremos:
1. Fundamentación del proyecto.
2. Finalidad y objetivos.
3. Población destinataria del proyecto.
4. Actividades del proyecto y metodología.
5. Recursos financieros, materiales y personales necesarios para desarrollar el proyecto.
Presupuesto de ingresos y gastos.
6. Coordinación y utilización de recursos comunitarios del entorno.
7. Cronograma del proyecto.
8. Seguimiento y evaluación.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar de oficio los certificaciones o información a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia de hacienda de la Junta de Extremadura. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, indicándolo así en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo presentar entonces la certificación administrativa positiva, expedida en soporte papel por el órgano competente.
Asimismo los interesados podrán prestar su autorización para obtener de oficio documentos y certificados que deban acreditar las Administraciones y registros públicos, mediante la cumplimentación del apartado correspondiente en la solicitud de las subvenciones.
Una vez recibida la solicitud, si ésta presenta defectos o resultara incompleta, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe la documentación que se determine, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa del órgano competente.
Formularios de solicitud
Titular de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.
Plazo normativo para resolver
Seis meses, a contar a partir de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Frente a la resolución expresa o presunta del procedimiento, el interesado podrá interponer los recursos que procedan, de conformidad con la normativa vigente.
í?rgano gestor
D. GRAL. DE PLANIFICACIí?N, FORMACIí?N Y CALIDAD SANITARIAS Y SOCIOSANITARIASAVDA. DE LAS AMí?RICAS, 2
06800 MERIDA
dgpcyc.syps@salud-juntex.es
924004198
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Centro de Atención Administrativa de Guareña
Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña
Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota
Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota
Tel. 924025709
Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera
Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera
Tel. 927016820
Dirección General de Personal Docente
Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida
Tel. 924008004
Centro de Atención Administrativa de Montánchez
Plaza España 1, 10170, Montánchez
Centro de Empleo de Casar de Palomero
Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero
Tel. 927015775
Centro de Empleo de Mérida 1
Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida
Tel. 924003035
Centro de Atención Administrativa de Monesterio
Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio
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Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida
Tel. 924388081
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Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión
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