Acceso y ejercicio a la actividad por los de titulares de los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico; así como cambios de titularidad, modificación de datos, cese de la actividad, e incorporación de datos en procedimientos ya iniciados.
Se define a las viviendas de uso turístico como una vivienda (pisos, casas, bungalós, chalés u otros inmuebles análogos) amueblada y equipada para la cesión temporal de su uso de manera inmediata y en su totalidad, comercializada o promocionada principalmente en canales de oferta turística y cesión realizada con finalidad lucrativa. La diferencia fundamental entre el apartamento turístico y la vivienda de uso turístico es que en el primer caso las unidades de alojamiento han de estar integradas en un bloque o conjunto y por tanto ha de tratarse de al menos dos unidades de alojamiento. Las viviendas de uso turístico constituyen una única unidad de alojamiento que se cede al completo, no permitiéndose la cesión por estancias.
Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente.
Presencial:
Electrónico:
Los requisitos generales de acuerdo con lo establecido en los artículos 7 al 12 del Decreto 3/2017, de 16 de febrero:
REQUISITOS Viviendas de uso turístico (100 kbytes)
1.- Acceso y ejercicio a la actividad: Los titulares de los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico deberán presentar el formulario denominado Declaración responsable de viviendas de uso turístico, antes del inicio del ejercicio de la actividad, debidamente cumplimentado y dirigido a la Sección de Turismo de la provincia donde se encuentre el establecimiento, en los siguientes supuestos:
2.- Modificación de datos y cese de la actividad: Los titulares de los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico deberán presentar el formulario denominado Comunicación relativa a modificaciones y cese de la actividad, debidamente cumplimentado y dirigido a la Sección de Turismo de la provincia donde se encuentre el establecimiento en los siguientes supuestos:
3.- Incorporar datos o documentos: Los titulares de los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico deberán presentar el modelo Incorporación de datos o documentos a un procedimiento administrativo ya iniciado, en el supuesto de subsanación de deficiencias, incorporación de nueva documentación al procedimiento iniciado, entre otros, debidamente cumplimentado y dirigido a la Sección de Turismo de la provincia donde se encuentre el establecimiento.
Acceso y ejercicio a la actividad:
Siempre se debe presentar con anterioridad al inicio de su actividad. (Art. 21.1 Ley 14/2010, de 9 de diciembre).
En el caso de cambio de titularidad, el nuevo titular deberá presentar nueva declaración responsable en el plazo de un mes, siempre con antelación al inicio de la actividad. (Art. 21.1 Ley 14/2010, de 9 de diciembre y art. 17 del Decreto 3/2017, de 16 de febrero).
Comunicación de modificación de datos y cese de la actividad (Art. 17 del Decreto 3/2017, de 16 de febrero):
La modificación de los datos incluidos en la declaración responsable y en los documentos aportados, así como el cese de la actividad o el cese por cambio de titularidad, se comunicará en el plazo de un mes desde que se produzca.
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (14 kbytes)
24 de diciembre de 2015
Regular la oferta de plazas, sistema y condiciones de acceso y uso de Instalaciones Juveniles -Albergues, Campamentos y Residencias- cuando éstas últimas presten servicios como albergues juveniles de temporada, por parte de instituciones publicas o privadas y colectivos juveniles que desarrollen actividades dirigidas a la juventud de carácter formativo, informativo, de ocio, culturales, deportivas, de integración social o voluntariado.
Requisitos de acceso según el tipo de instalación juvenil:
Las solicitudes para el período estival se dirigirán al Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León, y se presentarán conforme al modelo normalizado. Cada interesado presentará un solo formulario de solicitud.
Se podrán solicitar plazas para la realización de hasta 3 actividades, en cuyo caso, en el apartado correspondiente de la solicitud habrá de consignarse claramente el orden de prioridad de la instalación y actividad.
Las solicitudes formuladas por entidades públicas o privadas, asociaciones, organizaciones y resto de colectivos que desarrollen actividades juveniles, deberá ir acompañada de una MEMORIA-PROYECTO, conforme al modelo Anexo III.
CAMPAÑA ESTIVAL 2016 [del 1 de junio al 30 de septiembre]:
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 DÍAS NATURALES a partir del día siguiente a la publicación en BOCyL (Desde el 25 de DICIEMBRE hasta el 13 ENERO 2016)
Presencial:
Electrónico:
Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León
El plazo máximo para resolver la convocatoria y notificar la resolución será de 30 DÍAS a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido notificada, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes. Asimismo, las listas de adjudicatarios serán expuestas en las respectivas Secciones de Juventud y en el portal Web del Instituto de la Juventud de Castilla y León (juventud.jcyl.es).
Alzada.
Desestimatorio
Resolución de 4 de febrero de 2016 (publicada 08-02-2016) (647 kbytes)
Regular la oferta de plazas, sistema y condiciones de acceso y uso de Instalaciones Juveniles -Albergues, Campamentos y Residencias- cuando éstas últimas presten servicios como albergues juveniles de temporada, por parte de instituciones publicas o privadas y colectivos juveniles que desarrollen actividades dirigidas a la juventud de carácter formativo, informativo, de ocio, culturales, deportivas, de integración social o voluntariado.
Presencial:
Electrónico:
Requisitos de acceso según el tipo de instalación juvenil:
Las solicitudes para el período estival se presentarán mediante formulario normalizado. Cada interesado presentará un solo formulario de solicitud.
Se podrán solicitar plazas para la realización de hasta 3 actividades, en cuyo caso, en el apartado correspondiente de la solicitud habrá de consignarse claramente el orden de prioridad de la instalación y actividad.
Las solicitudes formuladas por entidades públicas o privadas, asociaciones, organizaciones y resto de colectivos que desarrollen actividades juveniles se acompañarán de una memoria proyecto descriptiva de la actividad a realizar, según formulario normalizado.
18 de diciembre de 2018
CAMPAÑA ESTIVAL 2019 [Comprende del 1 de junio al 30 de septiembre]
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 DÍAS NATURALES a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en BOCyL: desde el 19 de DICIEMBRE de 2018 al 17 de ENERO de 2019.
El plazo máximo para resolver la convocatoria y notificar la resolución será de 30 DÍAS a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido notificada, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes. Asimismo, las listas de adjudicatarios serán expuestas en las respectivas Secciones de Juventud y en el portal Web del Instituto de la Juventud de Castilla y León (juventud.jcyl.es).
Desestimatorio
Servicio de Instalaciones y Gestión Administrativa
Directora General del Instituto de la Juventud de Castilla y León
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (276 kbytes)
Establecer el régimen jurídico y el procedimiento para obtener la acreditación como centro específico de asistencia a drogodependientes en Castilla y León.
Requisitos de organización, de medios personales y de instalaciones (art. 6, 7 y 8 ORDEN FAM/236/2010, de 22 de febrero, por la que se regula la acreditación de los centros, servicios y establecimientos específicos de asistencia a drogodependientes).
La solicitud de acreditación no tiene plazo específico de presentación.
La renovación debe solicitarse con, al menos, tres meses de antelación respecto a la fecha de terminación de su vigencia.
Estimatorio
Comisionado Regional para la Droga
Gerencia de Servicios Sociales
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (277 kbytes)
Obtención de la Acreditación de cursos de mediación familiar.
Entidad que organiza el curso.
Presencial:
Electrónico:
El curso debe estar organizado o tutelado por una institución universitaria o colegio profesional.
El curso debe tener las siguientes características y contenido mínimo:
PRIMERA PARTE: Conocimientos de carácter eminentemente teórico sobre aspectos psicosociales, jurídicos y económicos de la institución familiar. La duración total de esta parte será al menos de 80 horas.
SEGUNDA PARTE: Conocimientos teóricos, con una metodología eminentemente práctica, sobre mediación familiar: Concepto, evolución, modelos y técnicas, estructura y etapas del proceso de mediación familiar, aspectos deontológicos de la mediación familiar, legislación sobre mediación familiar. La duración de esta 2ª parte será al menos de 130 h.
La metodología de aprendizaje será de tipo práctico utilizando técnicas destinadas a la adquisición de habilidades y destrezas para ejercer la mediación como actividad profesional. La 2ª parte deberá ser impartida por personas que acrediten una experiencia práctica formativa en mediación familiar mínima de 300 h o que sean mediadores familiares y la 3ª parte deberá ser impartida por personas mediadoras familiares que acrediten una experiencia práctica en el ejercicio de la mediación familiar.
TERCERA PARTE: Su contenido será de carácter práctico y comprenderá: Visionado de casos prácticos o realización de prácticas tuteladas. Memoria o investigación sobre uno o varios temas de la segunda parte. La duración de esta tercera parte, será al menos de 30 horas para el visionado de casos prácticos o realización de prácticas tuteladas y 50 horas para la memoria.
Formulario de SOLICITUD en modelo normalizado.
La solicitud de acreditación debe ir acompañada de una MEMORIA que incluya al menos los siguientes datos:
a) Colegio profesional y/o institución universitaria que imparta, organice o tutele el curso. En caso de que el colegio profesional y/o institución universitaria se limite a tutelar el curso, referencia al documento que lo avala.
b) El programa del curso en el que se especifiquen los objetivos del mismo, los destinatarios, el contenido detallado de las materias, la duración total del curso y la parcial para cada una de las materias, así como la metodología.
c) La relación del personal docente, con expresión del nombre, apellidos, titulación e indicación de las materias que imparten.
d) La acreditación de una experiencia práctica formativa en mediación familiar mínima de 300 horas, la habilitación para ejercer la mediación familiar, bien sea en Castilla y León, en otros lugares del territorio nacional o en otros Estados miembros de la Unión Europea, y la experiencia profesional en el ejercicio de la mediación familiar del personal docente que imparta los contenidos específicos de mediación familiar según se señala en Anexo I.
e) El número de alumnos que han realizado el curso o los que se prevén que puedan realizarlo, según el caso.
f) El calendario, horario y lugar de desarrollo del curso.
Abierto y permanente. Puede solicitarse la acreditación antes o después de la realización del curso.
Estimatorio
Servicio de Prestaciones y Protección a la Familia
Dirección General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad
Establecer los requisitos que han de cumplirse y los trámites administrativos que han de realizarse para que determinados servicios de promoción para la autonomía personal de las personas en situación de dependencia, que presten o gestionen entidades públicas o privadas, obtengan la acreditación que garantiza que dichos servicios cumplen los requisitos y estándares de calidad que se les exige.
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
a) Reglamento de régimen interior.
b) Carta de servicios.
c) Programa General del Servicio.
d) Modelo de Programa Individual de Atención.
e) Modelo de contrato con la persona usuaria del servicio.
f) Organigrama de la entidad prestadora del servicio.
g) Póliza de seguros de responsabilidad civil.
h) Hoja de quejas y sugerencias.
i) Información referida a las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad del centro o servicio.
j) Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (conforme al modelo de solicitud).
k) Declaración responsable de cumplir con la cuota de reserva a favor de los trabajadores y las trabajadoras con discapacidad prevista en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
l) En el caso de solicitar la renovación de la acreditación, además de la documentación anterior se adjuntará a la solicitud la memoria de actividad del servicio ya acreditado.
Con carácter general, no se establece plazo para solicitar la acreditación de los servicios enunciados, la entidad que los presta o gestiona puede solicitar la acreditación de los mismos cuando reúna los requisitos para ello. No obstante, las entidades que a la fecha de publicación de la Orden FAM/2/2015, de 7 de enero, estuvieran prestando los servicios enunciados, financiados con fondos públicos, incluyendo la prestación vinculada al servicio, dispondrán de un plazo máximo de un año para solicitar su acreditación contado desde el día siguiente al de la publicación de dicha Orden.
Desestimatorio
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.3, 16 y 17 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción a la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en todo caso deberá obtenerse la acreditación para que los servicios de promoción de la autonomía personal puedan ser financiados con fondos públicos, incluida la prestación vinculada al servicio.
Inscripción en el Registro y acreditación de las entidades ubicadas en el ámbito territorial de Castilla y León que realicen actuaciones dirigidas a la mujer en favor de la Igualdad de Oportunidades.
Personas jurídicas, públicas o privadas que realicen actividades de apoyo, información, atención o cualquier otro de ayuda a la mujer en favor de la igualdad de oportunidades.
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de una memoria explicativa de las actividades realizadas en los dos últimos años dirigidas a fomentar la igualdad de oportunidades.
Abierto de Forma Permanente.
30 días
Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
Desestimatorio
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (198 kbytes)
Convocar los cursos de formación general y de formación sectorial comprendidos en el periodo de septiembre a noviembre del año 2019, que se incluyen en el Anexo, cuyas características y contenido se pueden consultar en la dirección https://eclap.jcyl.es.
Se deberá utilizar una de estas dos modalidades de remisión de solicitudes:
Las solicitudes se formularán a través del modelo de solicitud electrónica y se podrán solicitar como máximo, siempre que se reunan los requisitos y no coincidan sus fechas:
En el caso de cursos con varias ediciones, únicamente se podrá solicitar una de ellas.
Podrán ser excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan correctamente cumplimentados los datos necesarios para poder realizar el proceso selectivo de participantes.
Los cursos descentralizados, de externado, que se realizan en las distintas provincias de la Comunidad, únicamente podrán ser solicitados por los interesados destinados en la misma provincia en que se imparta el curso o aquellos que residan en la localidad donde se realiza el curso, aunque no se encuentren destinados en ella, y su realización implicará la renuncia a posibles dietas e indemnizaciones. Dicha circunstancia (residir en la localidad donde se desarrolla el curso) deberá especificarse en la solicitud.
La presentación de una nueva solicitud por el interesado dentro del plazo señalado en cada convocatoria supondrá la anulación de la presentada con anterioridad.
13 de junio de 2019
Desde el 13 de junio de 2019 hasta el 27 de junio de 2019
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP)
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (230 kbytes)
## Actividades formativas para profesorado de FP (2024) Convocar actividades formativas para profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional en 2024 en Castilla y León. Ver **Anexos I y II**. ## ¿Quién puede solicitarlo? Personal docente en servicio activo o asimilado en Castilla y León. ## Requisitos El personal docente debe pertenecer a: * Cuerpos de catedráticos,profesores de enseñanza secundaria,profesores técnicos de FP y profesores especialistas en sectores singulares de FP. * Funcionarios en prácticas de los cuerpos anteriores. * Funcionarios interinos de los cuerpos anteriores. * Profesorado asimilado a especialidades de FP que imparta docencia en ciclos de FP inicial concertados. ## Documentos necesarios Solicitud en modelo normalizado dirigida a la Consejera de Educación,incluyendo: * Declaración de conocimiento y aceptación de las condiciones. * Declaración de veracidad de los datos. Se debe presentar una única solicitud con hasta tres cursos por orden de preferencia. La subsanación se realiza con el formulario de subsanación. ## Plazos Desde el 12 de abril de 2024 hasta el 26 de abril de 2024. ## Resolución Plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de solicitud. La resolución se publicará en la sede electrónica y el Portal de Educación. ## Notificaciones En los Tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación. ## Recursos * Recurso potestativo de REPOSICIÓN. * Recurso Contencioso-administrativo. [Información general sobre recursos administrativos](https://www.jcyl.es/junta/cp/informacion-general-recursos-administrativos.pdf) ## Legislación aplicable [ORDEN EDU/293/2024,de 27 de marzo](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/88/129/ORDEN%20EDU%20293%202024.pdf),por la que se convocan actividades formativas. ## Organismo * [Consejería de Educación](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/PlantillaSimpleDetalle/1251181053840/Tramite/1284181175622/DirectorioPadre?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoDirectorio) * [Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/PlantillaSimpleDetalle/1251181053840/Tramite/1284182463808/DirectorioPadre?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoDirectorio) * [Servicio de Planificación y Ordenación de la Formación Profesional](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/PlantillaSimpleDetalle/1251181053840/Tramite/1142233494529/DirectorioPadre?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoDirectorio) * [Consejera de Educación](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/PlantillaSimpleDetalle/1251181053840/Tramite/1142233493902/DirectorioPadre?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoDirectorio) ## Información adicional * Renuncias y faltas de asistencia deben comunicarse justificadamente. * Evaluación de los cursos y certificación según Orden EDU/1057/2014. * Indemnizaciones por gastos según Decreto 252/1993. ## Resolución. Beneficiarios [Orden de 11 de junio de 2024](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/664/532/Orden%2011%20de%20junio.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobheadername1=Cache-Control&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site&blobheadervalue1=no-store%2Cno-cache%2Cmust-revalidate&blobheadervalue2=0&blobheadervalue3=Portal_Informador&blobnocache=true) [Listados con los Candidatos Seleccionados](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/206/129/CANDIDATOS%20SELECCIONADOS.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobheadername1=Cache-Control&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site&blobheadervalue1=no-store%2Cno-cache%2Cmust-revalidate&blobheadervalue2=0&blobheadervalue3=Portal_Informador&blobnocache=true) ## Protección de datos [Ficha informativa sobre el tratamiento de datos](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/971/827/IAPA_1083_FichaProteccionDatos.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobheadername1=Cache-Control&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site&blobheadervalue1=no-store%2Cno-cache%2Cmust-revalidate&blobheadervalue2=0&blobheadervalue3=Portal_Informador&blobnocache=true) ## Pasos para la tramitación electrónica 1. Disponer de [certificado electrónico](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/es/ayuda-sobre-administracion-electronica/certificaciones-sellos.html) y comprobar [requisitos técnicos](https://www.ae.jcyl.es/reqae2/). 2. Acceder a la tramitación. 3. Comprobar la solicitud,anexar documentación,firmar y registrar electrónicamente. 4. Descargar justificante de presentación.
## Resumen Este trámite convoca actividades formativas para el profesorado de Formación Profesional en Castilla y León durante 2024. Los cursos están detallados en los **Anexos I y II** (ver sección de descargas). **¿Quién puede solicitarlo?** Personal docente en servicio activo o asimilado en la Comunidad de Castilla y León. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Ser personal docente en servicio activo o asimilado. * Pertenecer a los cuerpos de catedráticos, profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de FP o profesores especialistas en sectores singulares de FP. * Funcionarios en prácticas o interinos también pueden aplicar. * Profesorado asimilado que imparta docencia en ciclos de FP inicial concertados. **Documentos:** * Solicitud en modelo normalizado dirigida a la Consejera de Educación, incluyendo: * Declaración de conocer y aceptar las condiciones de la convocatoria. * Declaración de veracidad de los datos aportados. * Se permite una única solicitud con hasta tres cursos por orden de preferencia. ## Cómo hacerlo **Pasos:** 1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos. 2. Acceder a la tramitación electrónica a través de: * Aplicación. * Formulario Online PDF (Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas). * Formulario Web. 3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente. 4. Descargar justificante de presentación. **Plazo de solicitud:** Del 12 de abril de 2024 al 26 de abril de 2024. ## Después de hacerlo * El plazo máximo para resolver la convocatoria es de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación. * La resolución se publicará en la sede electrónica y en el Portal de Educación. * Las notificaciones se realizarán en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación. ## Ayuda * **Contacto:** A través de la Consejería de Educación. * **Recursos:** * Recurso potestativo de reposición. * Recurso contencioso-administrativo. * Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes) ## Información Adicional * **Renuncias:** Deben comunicarse electrónicamente. Las no justificadas o con faltas de asistencia superiores al 50% excluyen de la siguiente convocatoria. * **Evaluación y certificación:** Se rige por la Orden EDU/1057/2014. Se requiere asistencia, realización de actividades y memoria individual. * **Indemnizaciones:** Las direcciones provinciales de educación indemnizarán a los participantes por los gastos originados, según el Decreto 252/1993. ## Resolución. Beneficiarios: **Orden de 11 de junio de 2024**, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de actividades formativas dirigidas al profesorado de especialidades vinculadas a la formación profesional a desarrollar en el año 2024 en la Comunidad de Castilla y León. * Orden de 11 de junio de 2024, de la Consejería de Educación (110 kbytes) * Listados con los Candidatos Seleccionados, Reservas y Excluidos en dichas actividades formativas (844 kbytes) ## Protección de los datos de carácter personal: Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (87 kbytes)