Descripción
Para determinados medios de transporte usados (automóviles de turismo, vehículos todo terreno, vehículos comerciales e industriales ligeros, ciclomotores y motocicletas) se proporciona un precio medio basado en un valor para cada modelo o en función de su cilindrada, que se obtiene de los precios medios aprobados anualmente por el Ministerio de Hacienda y de las revistas que publican precios orientativos de venta utilizados en el mercado para los vehículos comerciales e industriales ligeros.
Consejería / Centro Directivo
Destinatarios
- Ciudadanos
- Empresas y Autónomos
- Otros
Enlace al tramite / servicio
Valoración de Vehículos
En las páginas de Hacienda/Tributos de www.jcyl.es podrá encontrar información detallada.
Objeto
Autorizar los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos en centros residenciales de carácter social y centros sociosanitarios.
¿Quién lo puede solicitar?
El titular del centro residencial de carácter social o centro socio sanitario.
Electrónico:
Presencial:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Ser titular del centro residencial de carácter social o centro sociosanitario de acuerdo a lo establecido ene la Ley 13/2001, de 20 de diciembre de ordenación farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León y el Decreto 49/2005, de 23 de junio.
¿Qué documentos necesito?
Se deberá cumplimentar el formulario de solicitud, acompañado de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
DOCUMENTACION a presentar (110 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución
Notificación
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Legislación aplicable
- LEY 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 26-12-2001 y CORRECCIÓN de errores BOCyL 11-02-2002).
- DECRETO 49/2005, de 23 de junio, por el que se establece el régimen jurídico y el procedimiento para la autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (BOCyL 29-06-2005).
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Ordenación Sanitaria
Órgano que resuelve:
Directora General de Salud Pública
Protección de los datos de carácter personal
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal
Tramitación electrónica
Descargas
Descripción:
Es necesario el usuario y password de la Biblioteca Pública de Castilla y León.
Consejería / Centro Directivo:
Destinatarios:
Ciudadanos
Enlace al tramite / servicio:
Servicio de reserva de libros y renovación de préstamos
Descripción
Trámites necesarios para el inicio de actividades relacionadas con la restauración.
Objeto
El objeto de éste proceso es:
- Ofrecer la secuencia ordenada de los trámites autonómicos que son necesarios para dar respuesta a los emprendedores que una vez se hayan constituido como empresa o empresario individual, quieran acometer la instalación y puesta en funcionamiento de establecimientos relacionados con la restauración.
- Facilitar a través de un único punto de acceso las comunicaciones/declaraciones y autorizaciones que se tienen que tramitar en esta Administración para el inicio de la correspondiente actividad.
- Mostrar a través del mapa del proceso, una visión general de las actuaciones en las que intervienen también otras Administraciones Públicas como los Ayuntamientos en los que se quiera prestar el servicio de restauracion.
Mapa del proceso de servicios de restauración (se ofrecerá próximamente una vez que se hayan acometido las modificaciones normativas que permitirán su tramitación simplificada).
Los trámites/procedimientos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que son necesarios para actividades relacionadas con la restauración, son los siguientes:
- Trámites previos a la actividad.
- Trámites para el inicio de actividad
- Trámites que son específicos
Destinatarios
Empresas y Autónomos
Tramitación electrónica
Objeto:
Autorizar los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos en los centros hospitalarios.
¿Quién lo puede solicitar?:
El titular del centro hospitalario.
¿Qué requisitos debo cumplir?:
Ser titular de centro hospitalario, de acuerdo a lo establecido en la ley 13/2001, de 20 de diciembre de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 8/2010 de Ordenación del Sistema de Salud y el Decreto 49/2005, por el que se establece el régimen jurídico y el procedimiento para la autorización de centros servicios y establecimientos sanitarios.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Abierto de forma permanente.
Presencial:
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Salud Pública
Plazo de resolución:
Notificación:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos:
Reposición.
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León.
- Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.
- Decreto 49/2005, de 23 de junio, por el que se establece el régimen jurídico y el procedimineto para la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Descripción:
Consulta de Ofertas, renovación de demandas, modelos de contratos, comunicación de la contratación laboral Contrat@, etc
Consejería / Centro Directivo:
Destinatarios:
- Ciudadanos
- Empresas y Autónomos
Enlace al tramite / servicio:
Oficina Virtual de Empleo
Descripción:
Acceso a base de datos
Consejería / Centro Directivo:
Destinatarios:
- Ciudadanos
- Entidades Locales
Enlace al tramite / servicio:
Acceso al sistema de Indicadores Ambientales y de Sostenibilidad de Castilla y León
Objeto
Solicitar la integración en los Circuitos Escénicos de Castilla y León, un sistema de colaboración para llevar a cabo la programación y desarrollo conjunto de espectáculos de artes escénicas y musicales en el ámbito territorial de cada una de las provincias de Castilla y León. Dicho sistema de colaboración se desarrollará a través de los correspondientes convenios entre la Consejería competente en materia de cultura y las entidades integradas para la organización de la programación anual de los Circuitos Escénicos de Castilla y León.
Las entidades integradas en los Circuitos Escénicos de Castilla y León también podrán solicitar la inclusión de nuevos espacios escénicos en los Circuitos Escénicos.
Las entidades integradas en los Circuitos Escénicos de Castilla y León serán excluidas de este sistema de colaboración bien a petición propia o cuando incumplan de los requisitos y obligaciones establecidos.
¿Quién lo puede solicitar?
- Municipios con una población superior a los 1.000 habitantes, de acuerdo con la información que obre en sus padrones municipales
- Organismos autónomos dependientes de municipios con una población superior a 1.000 habitantes
- Fundaciones o sociedades participadas mayoritariamente por municipios de más de 1.000 habitantes que tengan por objeto fundacional o social la realización de actividades culturales
- Municipios limítrofes pertenecientes a una misma provincia, con independencia de su población, siempre que conjuntamente sumen como mínimo 1.000 habitantes, previa suscripción del correspondiente convenio entre ellos
- Mancomunidades y otras entidades asociativas que, de acuerdo con la información que obre en los padrones municipales que corresponda, los municipios que las integran sumen en su conjunto una población superior a los 1.000 habitantes
- Diputaciones Provinciales que así lo soliciten
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Las entidades integradas en los Circuitos Escénicos de Castilla y León, aportarán cada una un mínimo de 3.000 anuales.
- Los municipios aportarán como mínimo, conjuntamente, 3.000 anuales para la programación anual de Circuitos Escénicos de Castilla y León.
- La Mancomunidad o entidad asociativa aportará como mínimo, 3.000 anuales para la programación anual de Circuitos Escénicos de Castilla y León.
- Las Diputaciones Provinciales participantes en los Circuitos Escénicos de Castilla y León aportarán, un mínimo de 4.000 anuales por cada entidad integrada de la provincia correspondiente.
- Las entidades integradas en los Circuitos Escénicos de Castilla y León se harán cargo de los derechos de autor que devenguen los espectáculos de artes escénicas y musicales realizados y aportarán los espacios escénicos, organización e infraestructura necesarios para su desarrollo.
- Las diversas entidades, municipios, mancomunidades y Diputaciones, podrán integrarse en los Circuitos Escénicos de Castilla y León, siempre que sean propietarias, arrendatarias o dispongan por cualquier otro título jurídico de un espacio escénico que, sin estar incluido en la Red de Teatros de Castilla y León, cumpla los requisitos establecidos.
Requisitos de los espacios escénicos (130 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
- Las solicitudes para la integración en los Circuitos Escénicos de Castilla y León se presentarán en el modelo normalizado, que incluye la declaración responsable del solicitante relativa a diferentes extremos. Las solicitudes se acompañarán del convenio que previamente suscriban los municipios para su integración conjunta en los Circuitos Escénicos de Castilla y León, en el caso así previsto. Esta documentación se digitalizará y aportará como archivo anexo a la solicitud. La solicitud se dirigirá al órgano periférico competente.
- Las solicitudes para la inclusión de espacios escénicos en los Circuitos Escénicos de Castilla y León se presentarán en el modelo normalizado, que incluye la declaración responsable del solicitante relativa a diferentes extremos. Las solicitudes se acompañarán del convenio que previamente suscriban los municipios integrados, en el caso así previsto, en el que se recoja la identificación del espacio escénico del que acuerdan solicitar su integración en el programa, precisando su ubicación y titularidad. Esta documentación se digitalizará y aportará como archivo anexo a la solicitud. La solicitud se dirigirá al órgano periférico competente.
- Las solicitudes de exclusión se presentarán en el modelo normalizado, en el que se incluirán las razones por las que se solicita la exclusión. Las solicitudes de exclusión se acompañarán de la documentación acreditativa de la resolución del convenio suscrito entre los municipios integrados, en el caso así previsto. Esta documentación se digitalizará y aportará como archivo anexo a la solicitud. La solicitud se dirigirá al órgano periférico competente.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Las solicitudes se presentarán dentro del primer semestre del año.
Plazo de resolución
- El procedimiento de integración en los Circuitos Escénicos de Castilla y León se resolverá en el plazo máximo de 4 meses, incorporándose, en su caso, a la programación del año siguiente.
- El procedimiento para la inclusión de otro espacio escénico de una entidad ya integrada en los Circuitos Escénicos de Castilla y León se resolverá en el plazo máximo de 4 meses, incorporándose, en su caso, a la programación del año siguiente, cuyo proceso se inicia en el mes de octubre.
- El procedimiento para la exclusión de una entidad ya integrada en los Circuitos Escénicos de Castilla y León se resolverá en el plazo máximo de 4 meses.
Notificación
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
Recursos
Efecto del silencio administrativo
Estimatorio
Legislación aplicable
- ORDEN CYT/422/2017, de 30 de mayo, por la que se regula el sistema de colaboración de los Circuitos Escénicos de Castilla y León (BOCyL 12-06-2017)
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Órgano que resuelve:
Director General de Políticas Culturales
Tramitación electrónica
Descargas
Descripción
Depósito de Proyectos Visados en materia de Industria, Energía y Minas, presentados por los Colegios Oficiales de los Técnicos competentes correspondientes.
Con esta herramienta se pretende facilitar y agilizar la presentación de los Proyectos, que en materia de Industria, Energía y Minas, son competencia de los Servicios Territoriales de Industria, Energía y Minas en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
El Depósito de los Proyectos se hará por los Colegios Profesionales correspondientes a técnicos competentes en las materias anteriormente citadas: Dichos Colegios deberán estar previamente habilitados para tal fin por la Dirección General de Industria de la Consejería de Economía y Empleo.
Consejería / Centro Directivo
Destinatarios
Otros
Enlace al tramite / servicio
Presentación electrónica de documentación industrial
Descripción:
Gestión de la distribución, asignación y control de las subvenciones para formación continua
Consejería / Centro Directivo:
Destinatarios:
Empresas y Autónomos
Enlace al tramite / servicio:
Sistema para la Gestión y Seguimiento de la Formación para el Empleo