15 de marzo de 2016
Convocar las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte de mercancías y transporte de viajeros por carretera.
Pruebas a celebrar durante el año 2016:
a) Para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transporte de MERCANCÍAS por carretera, se convoca una prueba, que tendrá lugar en el mes de junio de 2016.
b) Para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transporte de VIAJEROS por carretera, se convoca una prueba que tendrá lugar en el mes de junio de 2016.
Cualquier ciudadano que cumpla los requisitos
Para poder participar en las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional, será necesario:
1.? Tener la residencia habitual en la Comunidad de Castilla y León antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
A estos efectos, se presumirá que la residencia habitual del aspirante será aquélla que figure en el domicilio consignado en el documento acreditativo de identidad en vigor.
Sólo se admitirá que el domicilio indicado por el aspirante en su solicitud no coincida con el señalado en dicho documento, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que el aspirante acredite que ha tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León al menos 185 días naturales en el último año, contados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios.
b) Que el aspirante acredite que, aún habiendo tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León durante un período inferior a 185 días naturales en el último año, contados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a fijar su residencia en la Comunidad de Castilla y León.
Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una Universidad, Escuela o centros docentes no implicará el traslado de la residencia habitual.
Para la realización de las pruebas los aspirantes deberán abonar una tasa, cuyo importe recoja la orden anual de tasas.
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
a) Resguardo acreditativo del pago de la tasa, debiendo constar que se ha realizado el ingreso mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el mismo a través de certificación mecánica o en su defecto sello y fecha en que se realizó dicho ingreso. En caso de pago telemático, justificante de su autoliquidación.
La falta de justificación del pago de los derechos de examen en el plazo establecido, determinará la exclusión definitiva del aspirante. Podrá subsanarse sin embargo, el pago incompleto de la tasa.
En ningún caso, el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud con arreglo a lo indicado en la presente orden.
b) Cuando proceda, certificado de empadronamiento donde se acredite que el aspirante ha tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León al menos 185 días naturales del último año, contados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Cuando proceda, certificado de empadronamiento donde se acredite que el aspirante ha tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León menos de 185 días naturales del último año, contados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y documento acreditativo de las razones familiares o profesionales que le obligaron a fijar su residencia en la Comunidad de Castilla y León.
d) En el supuesto de que el aspirante no autorice a la Administración de la Comunidad a obtener directamente y/o por medios telemáticos el DNI / NIE, será necesaria la presentación de una copia de los citados documentos.
e) En el supuesto de presentar la solicitud mediante representante, éste declarará responsablemente en la misma que tiene capacidad de obrar y actúa en representación del interesado. En caso contrario deberá acreditar dicha representación por cualquier medio válido en derecho.
TASAS: Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja laOrden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes: 21,30 ? (Año 2016)
Desde el 16 de marzo de 2016 hasta el 4 de abril de 2016
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Dirección General de Transportes
Consejero de Fomento y Medio Ambiente
Contencioso-administrativo, Reposición.
Prueba Mes de JUNIO 2016
20 de marzo de 2017
Convocar las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte de mercancías y transporte de viajeros por carretera.
Pruebas a celebrar durante el año 2017:
a) Para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transporte de MERCANCÍAS por carretera, se convoca una prueba, que tendrá lugar en el mes de junio o julio de 2017.
b) Para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transporte de VIAJEROS por carretera, se convoca una prueba que tendrá lugar en el mes de junio o julio de 2017.
Cualquier ciudadano que cumpla los requisitos
Para poder participar en las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional, será necesario:
1.? Tener la residencia habitual en la Comunidad de Castilla y León antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
A estos efectos, se presumirá que la residencia habitual del aspirante será aquélla que figure en el domicilio consignado en el documento acreditativo de identidad en vigor.
Sólo se admitirá que el domicilio indicado por el aspirante en su solicitud no coincida con el señalado en dicho documento, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que el aspirante acredite que ha tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León al menos 185 días naturales en el último año, contados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios.
b) Que el aspirante acredite que, aún habiendo tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León durante un período inferior a 185 días naturales en el último año, contados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a fijar su residencia en la Comunidad de Castilla y León.
Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una Universidad, Escuela o centros docentes no implicará el traslado de la residencia habitual.
Para la realización de las pruebas los aspirantes deberán abonar una tasa, cuyo importe recoja la orden anual de tasas.
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
a) Resguardo acreditativo del pago de la tasa, debiendo constar que se ha realizado el ingreso mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el mismo a través de certificación mecánica o en su defecto sello y fecha en que se realizó dicho ingreso. En caso de pago telemático, justificante de su autoliquidación.
La falta de justificación del pago de los derechos de examen en el plazo establecido, determinará la exclusión definitiva del aspirante. Podrá subsanarse sin embargo, el pago incompleto de la tasa.
En ningún caso, el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud con arreglo a lo indicado en la presente orden.
b) Cuando proceda, certificado de empadronamiento donde se acredite que el aspirante ha tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León al menos 185 días naturales del último año, contados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Cuando proceda, certificado de empadronamiento donde se acredite que el aspirante ha tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León menos de 185 días naturales del último año, contados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y documento acreditativo de las razones familiares o profesionales que le obligaron a fijar su residencia en la Comunidad de Castilla y León.
d) En el supuesto de que el aspirante no autorice a la Administración de la Comunidad a obtener directamente y/o por medios telemáticos el DNI / NIE, será necesaria la presentación de una copia de los citados documentos.
e) En el supuesto de presentar la solicitud mediante representante, éste declarará responsablemente en la misma que tiene capacidad de obrar y actúa en representación del interesado. En caso contrario deberá acreditar dicha representación por cualquier medio válido en derecho.
TASAS: Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja laOrden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes: 21,30 ? (Año 2017)
Desde el 21 de marzo de 2017 hasta el 10 de abril de 2017
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Dirección General de Transportes
Consejero de Fomento y Medio Ambiente
23 de diciembre de 2016
Convocar pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial para los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de viajeros y mercancías por carretera.
Conductores destinados al transporte de viajeros y mercancías por carretera, que cumplan los requisitos.
Documentación a presentar (86 kbytes)
El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden, hasta las fechas que a continuación se relacionan para cada convocatoria:
1.ª CONVOCATORIA: 10 de enero de 2017.
2.ª CONVOCATORIA: 28 de febrero de 2017.
3.ª CONVOCATORIA: 2 de mayo de 2017.
4.ª CONVOCATORIA: 27 de junio de 2017.
5.ª CONVOCATORIA: 29 de agosto de 2017.
6.ª CONVOCATORIA: 31 de octubre de 2017.
Presencial:
Electrónico:
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicarán las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación, para formular las oportunas reclamaciones y subsanar los defectos observados.
Las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos se harán públicas en las siguientes fechas:
Transcurrido el plazo de reclamación se publicará el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos en las siguientes fechas:
Las pruebas se celebrarán en la ciudad de Valladolid, de acuerdo con el siguiente calendario:
Hay que liquidar la correspondiente Tasa en materia de transportes por carretera(Código 303.1 «Por participación en las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativa de la cualificación inicial») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes.
29 de abril de 2016
Convocar la celebración de las pruebas para la obtención del título de graduado en educación secundaria obligatoria por los alumnos que no lo hayan obtenido al finalizar la etapa y reúnan los requisitos, correspondientes a 2016.
Alumnos que no hayan obtenido el Título de Graduado en ESO al finalizar su etapa educativa, y reúnan los requisitos
a) Tener 18 años o cumplir esa edad dentro del año natural de realización de las pruebas.
b)No acumular más de 5 materias pendientes de calificación positiva para obtener el título.
c) No haber transcurrido más de 2 años desde la finalización de la educación secundaria obligatoria en el momento de presentación de la solicitud.
d) No haber realizado estas pruebas más de una vez.
Solicitud, en modelo normalizado, a la que se adjuntará copia del historial académico de educación secundaria obligatoria.
Cuando el alumno que se inscriba presente algún tipo de discapacidad, adjuntará además un informe emitido por el correspondiente servicio de orientación en el que consten las adaptaciones curriculares cursadas en educación secundaria obligatoria.
Desde el 3 de mayo de 2016 hasta el 12 de mayo de 2016
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Dirección Provincial de Educación
Dirección Provincial de Educación
Desestimatorio
Resolución de 25 de abril de 2016, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de graduado en educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León, por los alumnos que no lo hayan obtenido al finalizar la etapa, correspondientes al año 2016. (BOCyL 29-04-2016)
11 de abril de 2016
Convocar las pruebas para la obtención o renovación de los certificados de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas, en la modalidad de transporte por carretera, para todas o para alguna de las especialidades que a continuación se indican:
Clase 1 (Materias y objetos explosivos)
Clase 2 (Gases)
Clase 7 (Materias radiactivas)
Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 (Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas (ADR) por carretera).
Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno).
1. Para poder participar en las pruebas, será necesario presentar en tiempo y forma el modelo oficial de solicitud debidamente cumplimentado y abonar una tasa, de acuerdo con Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, cuyo importe recoja la orden anual de tasas por la que se acuerde la publicación de las tarifas vigente en el momento de presentación de la instancia.
Los ingresos de las tasas se efectuarán a favor de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en las cuentas restringidas abiertas en las entidades colaboradoras de la Junta de Castilla y León en las distintas provincias, previa autoliquidación practicada por el solicitante, en el modelo que será facilitado en los Servicios Territoriales de Fomento.
De igual modo el interesado podrá optar por el pago telemático de la tasa a través del portal tributario de la Junta de Castilla y León, tributos.jcyl.es, utilizando el modelo 046.
2. Además, para poder participar en las pruebas para la renovación del certificado será necesario que el certificado de aptitud correspondiente se haya expedido, conforme al modelo que figura como Anexo de la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero y se encuentre en el último año de validez previo a su expiración, requisito exigible al día de realización del examen.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas deberán presentarse según Modelo normalizado de SOLICITUD, junto con la siguiente DOCUMENTACIÓN:
? Resguardo acreditativo del pago de la TASA, debiendo constar que se ha realizado el ingreso mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el mismo a través de certificación mecánica o en su defecto sello y fecha en que se realizó dicho ingreso.
La falta de justificación del pago de los derechos de examen en plazo determinará la exclusión definitiva del aspirante. No obstante podrá subsanarse el pago incompleto de la misma.
En ningún caso, el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud.
- En el supuesto de que el aspirante no autorice a la Administración de la Comunidad a obtener directamente y/o por medios telemáticos el DNI/NIE, será necesaria la presentación de una copia de los citados documentos.
1.ª CONVOCATORIA: 20 DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Castilla y León", para la obtención del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas en la modalidad de carretera, así como para la renovación de los mismos. (Hasta 03-05-2016)
2.ª CONVOCATORIA: Del 1 al 20 de JULIO de 2016 ambos inclusive, para las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas en la modalidad de carretera, así como para la renovación de los mismos.
Contencioso-administrativo, Reposición.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y comprobadas éstas y su documentación anexa, la Dirección General de Transportes hará públicas, en los lugares señalados en el Anexo I, así como en la página web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es), las LISTAS PROVISIONALES de aspirantes admitidos y excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación, para formular las oportunas reclamaciones y subsanar los defectos observados.
Las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos se harán públicas en las siguientes fechas:
Transcurrido el plazo de reclamación, la Dirección General de Transportes publicará, en los lugares señalados en señalados en el citado Anexo I, así como en la página web de la Junta de Castilla y León (jcyl.es), el LISTADO DEFINITIVO de aspirantes admitidos y excluidos en las siguientes fechas:
Las PRUEBAS se CELEBRARÁN en Valladolid, en la fecha que se detalla a continuación:
El LUGAR Y HORARIO de las PRUEBAS, se hará público junto a las listas definitivas de admitidos y excluidos, que se aprobarán por Resolución de la Dirección General de Transportes y que se harán públicas en los lugares indicados en el Anexo I, así como en la página web de la Junta de Castilla y León (Apartado de "Carreteras y Transportes")www.jcyl.es (Enlace)
TASAS
30 de septiembre de 2011
Presentar la solicitud para participar en el proceso selectivo para obtener la habilitación para ejercer las funciones de portero de espectáculos públicos y actividades recreativas, o en su caso, para solicitar la renovación de la habilitación.
Aspirantes que deseen participar en el proceso selectivo para PORTEROS de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Para ser admitidos a la realización de las pruebas de HABILITACIÓN, los aspirantes deberán:
a) Ser mayor de edad.
b) Tener la nacionalidad española o de alguno de los países que integran la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondientes.
c) Carecer de antecedentes delictivos por la comisión de delitos o faltas contra las personas y/o el patrimonio o, en su caso, tener cancelados o anulados los penales que hubieran existido por los mismos motivos.
d) Estar en posesión, como mínimo, del título de graduado en educación secundaria obligatoria o formación profesional de grado medio o equivalentes.
Para pedir la RENOVACIÓN del Carné:
a) Marcar la casilla correspondiente de la solicitud y cumplir los requisitos b) y c) anteriores.
Solicitud en modelo normalizado acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Desde el 1 de octubre de 2011 hasta el 10 de octubre de 2011
10 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOCyL.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Presencial:
Electrónico:
Consejero de Fomento y Medio Ambiente
Reposición.
Desestimatorio
CERTIFICADO: La Agencia de Protección Civil expedirá certificado acreditativo individual en formato carné a cada uno de los aspirantes aprobados. El plazo para la entrega de dicho carnet se hará público en la página web www.jcyl.es/espectaculospublicos
ORDEN FYM/778/2012, de 31 de agosto, por la que se declara la habilitación para ejercer como porteros de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (PEPAR) (BOCyL 01-10-2012)
Ofertar a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, exposiciones divulgativas sobre medio ambiente como refuerzo o apoyo para los programas de sensibilización y educación ambiental que tales entidades promuevan.
Ayuntamientos, centros de educación, asociaciones y en general cualquier entidad pública y privada sin ánimo de lucro que lleve a cabo programas de Educación y Sensibilización Ambiental, dirigidos a diferentes tipos de destinatarios.
Presencial:
Electrónico:
- Los gastos ocasionados por el transporte, carga, descarga, montaje y desmontaje de la exposición correrán por cuenta de la entidad peticionaria.
- El material expositivo prestado deberá exhibirse en una sala que cumpla los mínimos requisitos de seguridad y limpieza, debiendo mantenerse cerrada fuera del horario de apertura al público.
- La entidad peticionaria debe garantizar el acceso libre y gratuito de los visitantes de a la exposición.
Formulario de SOLICITUD, según el modelo normalizado, acompañado de:
- Documentación acreditativa de la representación legal, en caso de que no se haya marcado la casilla correspondiente del apartado 2 del formulario de solicitud.
- Breve Memoria del Programa de Actividades de Educación Ambiental a desarrollar o de la Actuación Sensibilización y/o Educación Ambiental donde se implementa la exposición solicitada.
Abierto y permanente.
Servicio de Asistencia Administrativa, Inspección y Educación Ambiental
Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental
Para participar en el Programa de Préstamo, la entidad solicitante asume las condiciones siguientes:
El solicitante puede encontrar información detallada del Programa de Préstamo de Exposiciones (oferta de exposiciones, condicionantes, contenidos ), en la página web de la Junta de Castilla y León a la que se accede siguiendo la ruta: Medio Ambiente ? Información Ambiental ? Educación Ambiental ? Programa de Préstamo de Exposiciones (enlace)
En caso de coincidencia de solicitudes se valorará para determinan la concesión del préstamo, que la exposición solicitada se implemente en el marco de un Programa de Actividades de Educación Ambiental o de una actuación puntual de sensibilización ambiental que la entidad solicitante realice dentro de su ámbito de actuación.
4 de diciembre de 2015
Convocatoria para el otorgamiento de los préstamos bonificados previstos en el articulo 6.b) del Real Decreto 937/2010, de 23 de julio por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la modernización de las infraestructuras turísticas (FOMIT).
Los proyectos de inversión públicos desarrollados por una entidad local en su ámbito territorial, serán financiables siempre que, en dicho ámbito, haya inversiones del sector turístico privado que se desarrollen paralelamente a las públicas y cuya cuantía neta represente como mínimo el 30 % del importe que se pretende financiar.
Se entenderá que las inversiones privadas se desarrollan paralelamente a las públicas cuando se enmarquen en el contexto de una planificación previa de carácter público o exista una notoria identidad de planteamientos y finalidades encaminada a la recualificación o modernización del destino maduro.
Serán financiables aquellos proyectos orientados a la modernización de los destinos turísticos maduros, a la reforma o rehabilitación de los equipamientos turísticos municipales o los entornos urbanos y naturales del destino, los cuales podrán contener una o varias de las siguientes actuaciones:
a) Construcción, ampliación, renovación o remodelación de infraestructuras públicas municipales.
b) Instalación, sustitución o reparación de equipamientos turísticos.
c) Establecimiento, ampliación o mejora de servicios públicos municipales que mejoren la oferta turística.
d) Inversiones dirigidas a recuperar la calidad ambiental y paisajística de los destinos y a reducir la densidad urbanística de las zonas turísticas así como las que faciliten la modernización de los destinos turísticos.
En ningún caso serán financiables gastos corrientes, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, ni proyectos ya ejecutados.
Tendrán la consideración de destinos turísticos maduros, en atención a los recursos turísticos y oferta turística reglada de que dispongan, los que reúnan al menos tres de las siguientes características:
- Sobrecarga urbanística y ambiental.
- Sobreexplotación de recursos.
- Obsolescencia de sus equipamientos turísticos.
- Escasa inversión del sector turístico privado.
- Oferta y demanda turística estabilizada o decreciente.
Solicitud en modelo normalizado, por triplicado ejemplar, original y dos copias, que deberán ir acompañadas, además de por la DOCUMENTACIÓN que se indica, de tres discos compactos o pen-drives en los que se incluyan digitalizados todos los documentos que se presentan, incluida la solicitud normalizada. La solicitud incluye declaraciones responsables relativas a diferentes extremos.
DOCUMENTACIÓN a presentar (92 kbytes)
Las solicitudes de préstamo con cargo al FOMIT podrán ser presentadas hasta el 21 de DICIEMBRE de 2015.
Además, deberá remitirse a la Dirección General de Turismo de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, Paseo de Filipinos 1, 47071-Valladolid, otro disco compacto o pen-drive en el que se incorporen digitalizados todos los documentos presentados, incluida la propia solicitud una vez sellada y datada por la entidad financiera mediadora. El plazo para cumplimentar esta remisión finaliza el día 31 de DICIEMBRE de 2015.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Consejería de Cultura y Turismo
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución finalizará el 10 de MARZO de 2016. Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y notificado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud por silencio administrativo.
COMPATIBILIDAD
JUSTIFICACIÓN
Autorización de prórroga de derechos mineros sobre recursos de las Secciones C) y D).
Titular del Permiso o Concesión.
Presencial:
Solicitud en modelo normalizado dirigida al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la provincia correspondiente, acompañada de la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
-Permisos: 60 días antes del fin de su vigencia.
-Concesiones: 3 años antes del fin de su vigencia.
Desestimatorio
Servicios Territoriales de Economía
Servicios Territoriales de Economía
Publicar en el Boletín Oficial de Castilla y León los documentos que deben ser objeto de publicación oficial de acuerdo con el ordenamiento jurídico.
1.Cumplimentar y enviar la Solicitud de publicación.
2.Enviar el texto del Documento a Publicar.
Solicitud de Publicación en modelo normalizado y cumplimentada conforme a lo previsto en el artículo 14 del Decreto 30/2017, de 28 de septiembre.
Los Documentos a Publicar se remitirán en formato electrónico en alguno de los soportes de almacenamiento previstos y con las características señaladas en el Anexo de la Orden PRE/930/2017, de 20 de octubre.
La publicación de los documentos se efectuara por orden cronológico de recepción de solicitudes en el plazo máximo de 5 DÍAS desde que la solicitud de publicación y el documento a publicar se hayan recibido ajustados a los requisitos exigidos.
Este plazo podrá ampliarse en los supuestos en los que se haya solicitado una fecha posterior de publicación y en los que atendiendo al volumen y características del documento sea necesario para garantizar la calidad de su publicación.
Las solicitudes que consistan en correcciones de errores o cuya publicación sea urgente o esté sometida a plazo legal tendrán preferencia para su tramitación y publicación.
Servicio de «Boletín Oficial de Castilla y León»
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¿QUÉ ANUNCIOS SON DE PAGO?
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (40 kbytes)