a) Comunicación de plantaciones de viñedo destinadas a autoconsumo. Anexo I.
b) Comunicación previa de plantaciones experimentales, campos de pies madres de viñedo y expropiación. Anexo II.
c) Declaración de finalización de arranque o plantación y solicitud de inscripción de la superficie vitícola en la Sección Vitícola del Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León. Anexo V.
d) Autorización para la realización de trámites electrónicos. Anexo X.
Personas físicas o jurídicas que planten o arranquen viñedo con los destinos especificados en este procedimiento.
Se deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Anexo I: Comunicación de plantaciones de viñedo destinadas a autoconsumo:
* Información gráfica necesaria para la localización en el SIGPAC de la parcela o parcelas destinadas a autoconsumo.
* Acreditación de la tenencia de la parcela o parcelas donde se ubica la plantación o el derecho de uso y disfrute sobre las mismas, salvo que haya autorizado a la Administración a obtener electrónicamente esta información porque la titularidad catastral y registral coincidan.
b) Anexo II: Comunicaciones previas de plantación de superficie de experimentación y viñas madres de injertos y superficies de expropiación:
* Un croquis acotado en el que quede georreferenciada la superficie del recinto sobre la que se pretende actuar.
* Documentación que acredite que el solicitante ostenta la propiedad de las parcelas objeto de la solicitud o el derecho de uso y disposición de las mismas, salvo que haya autorizado a la Administración a obtener electrónicamente esta información porque la titularidad catastral y registral coincidan.
* Memoria descriptiva en caso de cultivo de viñas madres de injertos y plantaciones de experimentación.
* Documentación, en su caso, que justifique la superficie afectada por un procedimiento de expropiación.
Comunicaciones Anexos I, II: El plazo está abierto todo el año.
Anexos V y X: el plazo será que el que se especifique en los distintos procedimientos asociados a la presentación de estos Anexos.
Presencial:
Electrónico:
Consejería de Agricultura y Ganadería
Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería
Desestimatorio
1 de septiembre de 2016
Convocatoria para el reconocimiento, actualización y renuncia de centros de formación de prácticas y para la acreditación y renuncia de maestros tutores de prácticas vinculados a la realización de las prácticas de las asignaturas del practicum de las enseñanzas universitarias de Grado en Educación Infantil y de Grado en Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León.
Los requisitos para ser reconocido como Centro de formación en prácticas y Maestro tutor de prácticas, serán los siguientes:
REQUISITOS (conforme ORDEN EDU/641/2012) (54 kbytes)
Solicitudes para el reconocimiento y actualización de centros de formación de prácticas, solicitudes de acreditación de maestros tutores de prácticas y renuncias:
Las solicitudes para el reconocimiento y actualización de centros de formación de prácticas, o acreditación de
maestros tutores de prácticas, se redactarán conforme a los modelos que figuran en los Anexos I, II, III y IV.
La solicitud de reconocimiento y actualización como centro de formación en prácticas de aquellos centros que
cumplan los requisitos exigidos , se realizará por el director del centro (Anexo I), irá dirigida al titular de la dirección provincial de educación de la provincia correspondiente, y llevará aparejada la tramitación conjunta de las solicitudes de acreditación como maestros tutores de prácticas que haya formulado el personal docente del mismo. La solicitud recogerá la declaración responsable de haber sido oídos el claustro de profesores y el consejo escolar.
La solicitud de acreditación como maestro tutor de prácticas (Anexo II) se presentará al director del centro en que el solicitante preste sus servicios, que extenderá al interesado un certificado de la presentación de su solicitud. El director del centro procederá a la emisión del preceptivo informe señalando la casilla correspondiente en el modelo recogido en el Anexo I.
La renuncia al reconocimiento como centro de formación en prácticas, se realizará por el director del centro (Anexo III), e irá dirigida al titular de la dirección provincial de educación de la provincia correspondiente, mientras que la renuncia a la acreditación como maestro tutor en prácticas (Anexo IV) irá dirigida al director del centro en que preste sus servicios.
El plazo de presentación de solicitudes de reconocimiento, actualización o renuncia como CENTRO DE FORMACIÓN EN PRÁCTICAS será de 15 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de la publicación en BOCyL (Del 2 al 16 de septiembre 2016)
El plazo de presentación de solicitudes de acreditación o renuncia como MAESTRO TUTOR de prácticas será de 8 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de la publicación en BOCyL (Del 2 al 9 de septiembre 2016)
En el caso de que el director del centro informara desfavorablemente, señalando la casilla correspondiente en el anexo I, respecto a alguno de los maestros que hubieran presentado una solicitud, el director del centro dará traslado al solicitante para que, en el plazo de cinco días, formule ante él las alegaciones que considere oportunas. El director del centro presentará, la solicitud de acreditación como maestro tutor en prácticas y las alegaciones en el plazo de 15 días, ante la dirección provincial de educación correspondiente. Estas alegaciones serán tenidas en cuenta por la comisión provincial de prácticas de grado al elaborar la propuesta de acreditación de maestros tutores de prácticas.
Presencial:
Electrónico:
Dirección Provincial de Educación
Dirección Provincial de Educación
Desestimatorio
Servicio de información público en Internet, a través de correo electrónico y web, gestionado de forma cooperativa entre bibliotecas de las diferentes Comunidades Autónomas.
Ciudadanos
23 de junio de 2016
Convocar el Premio Tauromaquia de Castilla y León correspondiente al año 2016, con la finalidad de distinguir la trayectoria profesional, los méritos o actividades o iniciativas de personas, entidades o instituciones que hayan contribuido a la promoción de los valores culturales, turísticos o económicos de la tauromaquia en Castilla y León.
.
El Premio Tauromaquia de Castilla y León tendrá carácter honorífico, no conllevará dotación económica y consistirá en una escultura conmemorativa.
Las propuestas se formularan en el «Formulario de propuesta de candidatura ?Premio Tauromaquia Castilla y León 2016?, acompañada, como documentación imprescindible para su valoración por el jurado, de una memoria justificativa en la que se describa la actividad o iniciativa, la trayectoria profesional o los méritos que se aducen para la concesión del Premio.
Desde el 24 de junio de 2016 hasta el 13 de julio de 2016
Consejería de Cultura y Turismo
ORDEN CYT/789/2016, de 2 de septiembre, por la que se concede el Premio Tauromaquia de Castilla y León correspondiente al año 2016. (BOCyL 21-09-2016)
29 de abril de 2016
Convocar el Premio Internacional AR&PA de intervención en el patrimonio cultural, para distinguir las intervenciones y modelos de gestión en un bien o conjunto de bienes pertenecientes al patrimonio cultural.
Podrán formular su propuesta o propuestas, las Instituciones públicas y privadas, Fundaciones, Asociaciones, Colegios Profesionales y demás entidades y profesionales de todo el mundo, cuya actividad tenga vinculación con el objeto de la convocatoria.
El Premio Internacional AR&PA de intervención en el patrimonio cultural, consistirá en un diploma y una escultura
Solicitud, en modelo normalizado, dirigida a la Consejería de Cultura y Turismo, Dirección General de Patrimonio Cultural.
Los proponentes deberán remitir, hasta el último día del plazo de presentación, entre uno y tres póster tamaño A2, en "foam" de la intervención en el patrimonio cultural propuesta al Premio Internacional AR&PA 2016 de intervención en el patrimonio cultural, al Servicio de Planificación y Estudios de la Dirección General de Patrimonio Cultural, Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, Avda. Monasterio del Prado s/n. 47014 Valladolid.
Desde el 30 de abril de 2016 hasta el 31 de octubre de 2016
Por ORDEN CYT/896/2016, de 13 de octubre, se efectúa convocatoria extraordinaria que abre un plazo extraordinario de presentación de candidaturas hasta el 31 de octubre de 2016.
Presencial:
Electrónico:
La Dirección General de Patrimonio Cultural, asesorada por un grupo de expertos en patrimonio, nombrados por el Director General, seleccionará ocho candidaturas finalistas de entre todas las propuestas recibidas, en atención a los valores técnicos, culturales y sociales del proyecto presentado, candidatos que deberán exponer y defender su candidatura ante el Jurado.
El Jurado otorgará libremente el Premio Internacional AR&PA de intervención en el Patrimonio Cultural de entre los candidatos seleccionados finalistas.
Las decisiónes del Jurado se adoptarán por mayoría de votos de sus componentes, decidiendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presidente.
El Jurado emitirá su fallo el sábado 12 de noviembre de 2016 durante la celebración de la X Bienal AR&PA, en Valladolid, por las autoridades designadas al efecto por la organización de la misma, y será inapelable.
El premio podrá ser declarado desierto.
7 de agosto de 2013
Protección y conservación de los bienes muebles declarados de interés cultural o inventariados.
Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente
Lo establecido por la normativa de Patrimonio Cultural.
Abierto de forma permanente.
Presencial:
Electrónico:
Director General de Patrimonio Cultural
Alzada.
Estimatorio
30 de septiembre de 2016
Se convoca el Premio «Castilla y León» 2016, destinado a galardonar la labor de aquellas personas, equipos e instituciones que hayan contribuido a la exaltación de los valores de la Comunidad Castellana y Leonesa, o que realizada por castellanos y leoneses, dentro o fuera del ámbito territorial de la Comunidad, supusiera una aportación destacada al saber universal, estableciendo su otorgamiento anual, en las siguientes modalidades:
Serán excluidas aquellas candidaturas presentadas por quienes soliciten el Premio para sí mismos o para los grupos o entidades a quienes representen.
Los Premios «Castilla y León» 2016 consistirán en un símbolo distintivo y acreditativo de los galardones concedidos.
La presentación de candidaturas se formalizará mediante la aportación de la siguiente documentación para cada uno de los candidatos:
a) Propuesta formalizada en el formulario de solicitud «Propuesta de candidatura Premios Castilla y León», dirigida a la Consejería de Cultura y Turismo.
b) Relación de méritos.
c) Relación de obras o publicaciones más relevantes.
Podrán acompañarse, asimismo, otros apoyos a la candidatura y, en general, cuantos documentos aporten datos relevantes e información suplementaria.
Cuando la propuesta se presente a través del Registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León la documentación a que se refiere el punto 1 se digitalizará y aportará como archivo anexo a dicha propuesta.
Desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 30 de diciembre de 2016
Consejería de Cultura y Turismo
Servicio de Bibliotecas y Biblioteca de Castilla y León
27 de mayo de 2016
Efectuar la convocatoria los Premios Extraordinarios de Bachillerato en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al año académico 2015-2016, al objeto de otorgar reconocimiento oficial a los méritos basados en el esfuerzo y en el trabajo de los alumnos que han cursado los estudios de bachillerato con excelente rendimiento académico.
El número de premios extraordinarios que se convoca es de veinte, con la siguiente distribución por provincias: Ávila uno; Burgos tres; León cuatro; Palencia uno; Salamanca tres; Segovia uno; Soria uno; Valladolid cinco; Zamora uno.
BDNS: 307078
Alumnado que cumpla los requisitos
Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Educación, y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
- Certificación académica, según el modelo del anexo II, acreditativa de los estudios de bachillerato realizados y del cumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria, expedida por el secretario con el visto bueno del director del centro en que el alumno haya finalizado los citados estudios. En el caso de un centro privado, esta certificación debe ser expedida por el secretario del instituto al que dicho centro esté adscrito.
Desde el 28 de mayo de 2016 hasta el 3 de junio de 2016
Presencial:
Electrónica:
Dirección Provincial de Educación
REALIZACIÓN DE LA PRUEBA
RESOLUCIÓN
ORDEN EDU/722/2016, de 18 de agosto, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al curso académico 2015-2016. (BOCyL 29-08-2016)
19 de septiembre de 2016
317219
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al año académico 2015-2016, al objeto de otorgar reconocimiento oficial a los méritos basados en el esfuerzo y en el trabajo de los alumnos que han cursado los estudios de educación secundaria obligatoria con excelente rendimiento académico.
El número de premios extraordinarios que se convoca es de catorce, con la siguiente distribución por provincias: Ávila uno; Burgos dos; León dos; Palencia uno; Salamanca dos; Segovia uno; Soria uno; Valladolid tres; Zamora uno.
Alumnos que cumplan los requisitos
Haber cursado toda la educación secundaria obligatoria en centros docentes españoles, bien en régimen presencial, bien en régimen a distancia en cualquiera de las opciones establecidas en el marco de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en la evaluación final ordinaria, con todas las materias de la etapa superadas, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León en el año académico 2015-2016.
Haber obtenido en el conjunto de los cuatro cursos de educación secundaria obligatoria una nota media igual o superior a 8,75 puntos.
Haber obtenido una calificación final de ?sobresaliente? en el último curso de educación secundaria obligatoria, en las materias objeto de la prueba.
Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al Consejero de Educación.
A la solicitud se acompañará una certificación académica, según modelo Anexo II, acreditativa de los estudios de educación secundaria realizados y del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, expedida por el secretario con el visto bueno del director del centro en que el alumno haya finalizado los estudios.
En el caso de un centro privado, esta certificación debe ser expedida por el secretario del instituto al que dicho centro esté adscrito.
Desde el 20 de septiembre de 2016 hasta el 5 de octubre de 2016
Dirección Provincial de Educación
REALIZACIÓN DE LA PRUEBA
La prueba tendrá carácter único para todo el territorio de la Comunidad, realizándose de forma simultánea en las distintas provincias, y tendrá lugar el día 19 de octubre de 2016 en los lugares que determine cada dirección provincial de educación, y de los que se informará a través de los tablones de anuncios de las mismas, y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León. El alumnado deberá acudir provisto del documento que permita su identificación.
PLAZO DE RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 6 MESES a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, sin que haya sido publicada la resolución, éstas podrán entenderse DESESTIMADAS.
ORDEN EDU/1023/2016, de 30 de noviembre, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al curso académico 2015-2016. (BOCyL 14-12-2016)
ORDEN EDU/1023/2016, de 30 de noviembre (BOCyL 14-12-2016) (720 kbytes)
13 de enero de 2017
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso académico 2015/2016.
Alumnado que cumpla los requisitos
a) Haber cursado y superado estudios de Formación Profesional de grado superior en centros docentes, públicos o privados, de la Comunidad de Castilla y León, en régimen de enseñanza presencial o a distancia.
b) Haber finalizado estos estudios durante el año 2016.
c) Haber obtenido calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50 puntos, en los términos establecidos en la normativa aplicable al respecto.
Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al Consejero de Educación, y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Documentación a presentar (92 kbytes)
Desde el 14 de enero de 2017 hasta el 31 de enero de 2017
Servicio de Formación Profesional
RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 3 MESES, a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.
La orden de resolución será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y será objeto de publicidad a través de Internet en el portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.
Los premios, en cualquiera de las familias profesionales, podrán ser declarados desiertos.
COMPATIBILIDAD
La concesión de estos premios será compatible con cualquier otro premio concedido para el mismo objeto o con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de los organismos internacionales.
ALUMNADO PREMIADO
El alumnado de Castilla y León que obtenga el Premio Extraordinario de Formación Profesional podrá optar, previa inscripción, al Premio Nacional de Formación Profesional que anualmente convoca el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. A estos efectos, la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial comunicará la relación del alumnado que haya obtenido el premio extraordinario, con expresión de su titulación, así como la copia de sus expedientes académicos, al órgano competente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Una vez publicada la resolución de los premios, el secretario del centro, en el caso de centros públicos, o el director, en el caso de centros privados, anotará dicha distinción en el expediente académico del alumno y lo hará constar en las certificaciones académicas que se emitan.