Junta de Castilla y León

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    Fecha de publicación:

    19 de noviembre de 2014

    Objeto:

    El curso preparatorio de las pruebas de acceso a la Formación Profesional de Grado Superior en centros públicos de Castilla y León, tiene como finalidad el desarrollo de la madurez del alumnado en relación con los objetivos del Bachillerato, y de su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. A través del curso se pretende completar la madurez y las capacidades profesionales que los aspirantes han adquirido en un ciclo de grado medio.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Alumnos que posean el título de técnico

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    El alumnado que haya superado un curso de preparación de las pruebas de acceso a ciclos formativos no podrá volver a inscribirse en otro curso de similares características.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud de admisión, en modelo normalizado, dirigida al director del centro, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN, original o copia compulsada:
    a) DNI/NIE o documento equivalente que acredite la personalidad sólo en caso de no autorizar su consulta.
    b) Certificación académica personal de haber superado el ciclo formativo de grado medio o copia compulsada del Título o Libro de Calificaciones de Formación Profesional.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 20 de noviembre de 2014 hasta el 30 de diciembre de 2014

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Notificación:

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

    Recursos:

    Contencioso-administrativo, Reposición.

    Legislación aplicable:

    • ORDEN EDU/2170/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el curso preparatorio para las pruebas de acceso a la formación profesional de grado superior en Castilla y León para el alumnado que posee el título de Técnico y se establece el procedimiento de admisión para cursar estas enseñanzas en centros docentes sostenidos con fondos públicos (BOCyL 17-12-2008)
    • RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se establecen las condiciones para la celebración del curso preparatorio para las pruebas de acceso a la Formación Profesional de Grado Superior, para el alumnado que posee el título de Técnico, en Centros Públicos de Castilla y León, en el año 2015 (BOCyL 19-11-2014)

    Información adicional:

    Período de realización del curso

    • Las actividades lectivas comenzarán el día 16 de enero de 2015 y finalizarán el 5 de junio de 2015.

    Horario del curso

    • La distribución semanal de horas de las materias impartidas en el curso será la siguiente: Seis períodos lectivos semanales para lengua castellana y literatura; seis para lengua extranjera; y ocho para matemáticas.

    Sorteo para dirimir empates en el proceso de admisión

    • El sorteo público, se celebrará el día 17 de diciembre de 2014, a las 12.30 horas en la sala de reuniones de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial de la Consejería de Educación.

    Calendario de actuaciones

    • Día 5 de enero de 2015: Publicación de las listas provisionales en los centros.
    • Días 7 a 9 de enero de 2015: Presentación de reclamaciones a las listas provisionales ante el titular del centro.
    • Día 12 de enero de 2015: Resolución de reclamaciones y publicación de las listas definitivas de alumnos con su orden de prioridad, indicando a los que se ha adjudicado plaza.
    • Del 13 al 15 de enero de 2015: Matriculación de alumnos.
    • Desde la constitución del grupo hasta el 31 de enero de 2015: Matriculación de nuevos alumnos si existieran plazas vacantes.

    Centros de impartición

    • Los cursos se realizarán en los institutos de enseñanza secundaria que se relacionan en el Anexo (Ver apartado de Descargas) en los que deberá presentarse la solicitud correspondiente.

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    Fecha de publicación:

    26 de enero de 2016

    Objeto:

    Regular el proceso y los criterios de admisión del alumnado en centros docentes de la comunidad de Castilla y León con finalidad de cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato. La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:

    • Período ordinario: Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.
    • Período extraordinario: Periodo comprendido entre la adjudicación de plazas en periodo ordinario y el inicio de las actividades lectivas de cada año académico. Solamente participa en éste periodo el alumnado que participó en el periodo ordinario y se encuentra bajo los siguientes supuestos:
      • No hubiese sido adjudicatario de plaza escolar en el periodo ordinario.
      • Presentó la solicitud fuera de plazo previsto para el período ordinario.
      • Presentó solicitudes duplicadas en distintos centros docentes.
        La participación en este periodo extraordinario no requerirá presentar nueva solicitud de admisión, se realizará mediante el formulario de ampliación de centros, que se presentará en la Dirección Provincial de Educación que corresponda.
    • Admisión excepcional: Necesidades excepcionales de escolarización que se produzcan a lo largo del curso escolar. La solicitud de admisión en este caso se realizará mediante el formulario específico para supuestos excepcionales, que se presentará en la Dirección Provincial de Educación que corresponda.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    • Alumnado que inicia su escolarización sostenida con fondos públicos en Castilla y León, generalmente en 1º de Educación Infantil, pero también en cualquier otro curso si en ese momento no se está matriculado en ningún centro docente de esta comunidad.
    • Alumnado que deba cambiar de centro para iniciar o proseguir enseñanzas obligatorias sostenidas con fondos públicos. Por ejemplo, 3º de E. Infantil que en su centro no dispone de 1º de E. Primaria, o 6º de E. Primaria que en su centro no dispone de 1ª ESO
    • Alumnado escolarizado en 4º de ESO que desea iniciar enseñanzas de Bachillerato en una modalidad que no es impartida en todos los centros docentes de su unidad territorial de admisión.
    • Alumnado que desea cambiar de centro por preferencia personal o por circunstancias excepcionales (traslados de residencia, incorporación tardía al sistema educativo, circunstancia familiar de violencia de género, etc )

    ¿Qué documentos necesito?:

    LOS FORMULARIOS DE SOLICITUD DE ADMISIÓN ESTARÁN DISPONIBLES CON ANTERIORIDAD AL INICIO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
    ? Solicitud de plaza escolar cumplimentada en el formulario normalizado disponible en los centros docentes, en las Direcciones Provinciales de Educación, en la Sede Electrónica y en el Portal de Educación.
    ? El alumnado que deba cambiar de centro para proseguir su enseñanza obligatoria sostenida con fondos públicos participará en este proceso preferentemente mediante una solicitud pregrabada.
    ? La solicitud deberá ser presentada por uno de los solicitantes que figuren en ella, que acreditará su identidad ante el centro de presentación mostrando su D.N.I. o N.I.E. a efectos de su cotejo con el indicado en la solicitud. En el caso de ser presentada por otra persona, ésta deberá aportar fotocopia del D.N.I. o N.I.E de los solicitantes en la que se incluya autorización escrita de éstos para presentarla en su nombre.
    ? Los participantes que así lo hayan indicado en su solicitud podrán recibir información sobre el estado de la misma a través de mensajes SMS.
    ? A efectos de la baremación, será necesario aportar la siguiente documentación acreditativa, según proceda:

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 16 de marzo de 2016 hasta el 8 de abril de 2016

    Más Detalles:

    La presentación de más de una solicitud para acceder a las mismas enseñanzas o su presentación fuera del plazo dará lugar a la pérdida de los derechos de prioridad y será tramitada en el periodo extraordinario.

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Te interesa saber:

    Sorteo Público de las letras para dirimir empates

    Contenido:

    • Se realizará a las 10:00 horas del día 11 de marzo de 2016.
    • Mediante extracción, al azar y en cuatro ocasiones, de una bola de entre veintisiete que representen el abecedario español y que corresponderá ordenadamente, a la primera letra del primer apellido, a la segunda letra de éste, a la primera letra del segundo apellido y a la segunda letra de éste.
    • El orden de adjudicación del alumnado empatado se iniciará en aquél cuyo primer apellido comience por las letras extraídas, o en caso de no darse coincidencia, por las siguientes más próximas a ellas; y de haber varios, por aquél cuyo segundo apellido comience por las letras extraídas a ese efecto, o en caso de no darse coincidencia, por las siguientes más próximas a ellas pasando de «ZZ» a «AA» hasta recorrer todo el abecedario para dicho segundo apellido. Se considerarán las posibles partículas que precedan a cada apellido si constan de esta forma en el DNI o NIE, pero no los caracteres no alfabéticos. Para aquellos alumnos que carezcan de segundo apellido, se tendrá en cuenta como tal el primer apellido de la madre.
    • El resultado del sorteo para dirimir los empates en el proceso de admisión del alumnado, para el curso 2016-2017, en centros docentes que impartan, sostenidas con obligatoria y bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, siendo «_V_» la letra que determina la primera letra del primer apellido, «_H_» la letra que determina la segunda letra del primer apellido, «_J_» la letra que determina la primera letra del segundo apellido y «_C_» la letra que determina la segunda letra del segundo apellido.
    • RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2016, resultado del sorteo para dirimir los empates (BOCyL 16-03-2016) (604 kbytes)
    Listados de baremación, adjudicación y desistimiento de la solicitud

    Contenido:

    Listados de baremación
    • A partir del 15 de abril de 2016, con anterioridad a la publicación de los listados de baremación, los interesados podrán comprobar si la verificación electrónica de sus datos de renta ha arrojado algún error que deba ser subsanado. Esta información estará disponible en los tablones de anuncios de los centros solicitados en primera opción y mediante la aplicación informática en línea «ADMA».
    • El 9 de mayo de 2016 se publicarán los listados de baremación. Las reclamaciones se presentarán del 9 al 13 de mayo de 2016.
    Listados de adjudicación
    • El 22 de junio de 2016 los centros publicarán los listados de adjudicación de plaza escolar correspondientes al período ordinario de admisión en sus tablones de anuncios y en sus páginas web, junto con sus listados de baremación definitivos.

    Desistimiento de la solicitud

    • El desistimiento de la solicitud de participación, podrá realizarse con carácter general hasta el 9 de mayo de 2016; se presentará por escrito en el mismo centro en que se hubiese presentado la solicitud de admisión, adjuntando la copia de ésta.
    Actuaciones en periodo extraordinario

    Contenido:

    • El 11 de julio de 2016 cada Dirección Provincial de Educación establecerá las plazas vacantes disponibles en cada curso y centro docente para el periodo extraordinario.
    • El alumnado que participe podrá ampliar el número de centros inicialmente recogidos en su solicitud mediante el formulario de ampliación de centros que se cumplimentará considerando los siguientes aspectos:
      • a) Es imprescindible indicar el número de la solicitud presentada en el período ordinario, que puede ser conocido a través de la aplicación informática en línea «ADMA.
      • b) En el formulario se indicarán por orden de preferencia hasta siete centros adicionales, diferentes y sucesivos a los que ya apareciesen en la solicitud presentada en el periodo ordinario. Los centros indicados en dicha solicitud también se considerarán en la adjudicación, con su orden de preferencia original.
    • El formulario de ampliación de centros se firmará, con carácter general, por las mismas personas que firmaron la solicitud de plaza escolar en el periodo ordinario.
    • El formulario de ampliación de centros se presentará del 12 al 15 de julio de 2016, ambos inclusive, en el centro solicitado en primera opción o en la dirección provincial de educación de la misma provincia en que se presentó la solicitud de admisión en periodo ordinario, adjuntando la copia sellada de esta última.
    • El día 28 de julio de 2016 el titular de cada dirección provincial de educación aprobará, los listados de adjudicación de plaza escolar correspondientes al período extraordinario de admisión y los publicará, al día siguiente, en sus tablones de anuncios y página web. Así mismo, informará de su contenido a los centros docentes de su provincia en los que se hayan adjudicado plazas vacantes.
    Matriculación del alumnado

    Contenido:

    • La matrícula supone la formalización de la adjudicación de plaza en el proceso de admisión, y está condicionada tanto a dicha adjudicación como al cumplimiento de los requisitos de edad y académicos para el acceso a la plaza adjudicada.
    • Hay dos plazos de matrícula:
      • Ordinario:
        • 2º ciclo Ed. Infantil y Primaria: del 22 de junio al 1 de julio de 2016, ambos incluidos
        • Enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato: 15 días hábiles a contar desde el 22 de junio de 2016. (Hasta el 9 de julio de 2016)
      • Extraordinario:
        • 2º ciclo Ed. Infantil y Primaria: del 1 al 5 de septiembre de 2016, ambos incluidos.
        • Enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato: del 5 al 9 de septiembre de 2016, ambos incluidos.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección Provincial de Educación

    Órgano que resuelve:

    Dirección Provincial de Educación

    Notificación:

    Legislación aplicable:

    • DECRETO 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la comunidad de Castilla y León (BOCyL 15-03-2013)
    • ORDEN EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013, de 14 de marzo por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la comunidad de Castilla y León (BOCyL 27-03-2013)
    • RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2016, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de Castilla y León para cursar en 2016-2017 enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato (BOCyL 26-01-2016)

  • Descargar formulario

    Fecha de publicación:

    27 de enero de 2017

    Objeto:

    Regular el proceso y los criterios de admisión del alumnado en centros docentes de la comunidad de Castilla y León con finalidad de cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato. La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:

    • Período ordinario: Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.
    • Período extraordinario: Periodo comprendido entre la adjudicación de plazas en periodo ordinario y el inicio de las actividades lectivas de cada año académico. Solamente participa en éste periodo el alumnado que participó en el periodo ordinario y se encuentra bajo los siguientes supuestos:
      • No hubiese sido adjudicatario de plaza escolar en el periodo ordinario.
      • Presentó la solicitud fuera de plazo previsto para el período ordinario.
      • Presentó solicitudes duplicadas en distintos centros docentes.
        La participación en este periodo extraordinario no requerirá presentar nueva solicitud de admisión, se realizará mediante el formulario de ampliación de centros, que se presentará en la Dirección Provincial de Educación que corresponda.
    • Admisión excepcional: Necesidades excepcionales de escolarización que se produzcan a lo largo del curso escolar.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    • Alumnado que inicia su escolarización sostenida con fondos públicos en Castilla y León, generalmente en 1º de Educación Infantil, pero también en cualquier otro curso si en ese momento no se está matriculado en ningún centro docente de esta comunidad.
    • Alumnado que deba cambiar de centro para iniciar o proseguir enseñanzas obligatorias sostenidas con fondos públicos. Por ejemplo, 3º de E. Infantil que en su centro no dispone de 1º de E. Primaria, o 6º de E. Primaria que en su centro no dispone de 1ª ESO
    • Alumnado escolarizado en 4º de ESO que desea iniciar enseñanzas de Bachillerato en una modalidad que no es impartida en todos los centros docentes de su unidad territorial de admisión.
    • Alumnado que desea cambiar de centro por preferencia personal o por circunstancias excepcionales (traslados de residencia, incorporación tardía al sistema educativo, circunstancia familiar de violencia de género, etc )

    ¿Qué documentos necesito?:

    LOS FORMULARIOS DE SOLICITUD DE ADMISIÓN ESTARÁN DISPONIBLES CON ANTERIORIDAD AL INICIO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
    ? Solicitud de plaza escolar cumplimentada en el formulario normalizado disponible en los centros docentes, en las Direcciones Provinciales de Educación, en la Sede Electrónica y en el Portal de Educación.
    ? El alumnado que deba cambiar de centro para proseguir su enseñanza obligatoria sostenida con fondos públicos participará en este proceso preferentemente mediante una solicitud pregrabada.
    ? La solicitud deberá ser presentada por uno de los solicitantes que figuren en ella, que acreditará su identidad ante el centro de presentación mostrando su D.N.I. o N.I.E. a efectos de su cotejo con el indicado en la solicitud. En el caso de ser presentada por otra persona, ésta deberá aportar fotocopia del D.N.I. o N.I.E de los solicitantes en la que se incluya autorización escrita de éstos para presentarla en su nombre.
    ? Los participantes que así lo hayan indicado en su solicitud podrán recibir información sobre el estado de la misma a través de mensajes SMS.
    ? A efectos de la baremación, será necesario aportar la siguiente documentación acreditativa, según proceda:

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    La solicitud de plaza escolar, una vez cumplimentada, se presentará del 16 de marzo al 5 de abril de 2017 (hasta las 14 h), ambos inclusive.

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Te interesa saber:

    Sorteo Público de las letras para dirimir empates

    Contenido:

    • Se realizará a las 10:00 horas del día 10 de marzo de 2017, en la sala de la Dirección General de Política Educativa Escolar de la Consejería de Educación, sita en la Avenida de los Reyes Católicos, n.º 2 bis, de Valladolid.
    • Mediante extracción, al azar y en cuatro ocasiones, de una bola de entre veintisiete que representen el abecedario español y que corresponderá ordenadamente, a la primera letra del primer apellido, a la segunda letra de éste, a la primera letra del segundo apellido y a la segunda letra de éste.
    • El orden de adjudicación del alumnado empatado se iniciará en aquél cuyo primer apellido comience por las letras extraídas, o en caso de no darse coincidencia, por las siguientes más próximas a ellas; y de haber varios, por aquél cuyo segundo apellido comience por las letras extraídas a ese efecto, o en caso de no darse coincidencia, por las siguientes más próximas a ellas pasando de «ZZ» a «AA» hasta recorrer todo el abecedario para dicho segundo apellido. Se considerarán las posibles partículas que precedan a cada apellido si constan de esta forma en el DNI o NIE, pero no los caracteres no alfabéticos. Para aquellos alumnos que carezcan de segundo apellido, se tendrá en cuenta como tal el primer apellido de la madre.
    Listados de baremación, adjudicación y desistimiento de la solicitud

    Contenido:

    Listados de baremación
    • A partir del 17 de abril de 2017, con anterioridad a la publicación de los listados de baremación, los interesados podrán comprobar si la verificación electrónica de sus datos de renta ha arrojado algún error que deba ser subsanado. Esta información estará disponible en los tablones de anuncios de los centros solicitados en primera opción y mediante la aplicación informática en línea «ADMA» del Portal de Educación, a la que puede accederse a través de: «Familias» / «Gestiones y Consultas» / «Aplicación Admisión Alumnos».
    • El 10 de mayo de 2017 se publicarán los listados de baremación en los tablones de anuncios de los centros. Las reclamaciones se presentarán del 11 al 15 de mayo de 2017.
    Listados de adjudicación
    • El 23 de junio de 2017 los centros publicarán los listados de adjudicación de plaza escolar correspondientes al período ordinario de admisión en sus tablones de anuncios y en sus páginas web, junto con sus listados de baremación definitivos.

    Desistimiento de la solicitud

    • El desistimiento de la solicitud de participación, podrá realizarse con carácter general hasta el 10 de mayo de 2017, se presentará por escrito en el mismo centro en que se hubiese presentado la solicitud de admisión, adjuntando la copia de ésta.
    Actuaciones en periodo extraordinario

    Contenido:

    • El 12 de julio de 2017 cada Dirección Provincial de Educación establecerá las plazas vacantes disponibles en cada curso y centro docente para el periodo extraordinario.
    • El alumnado que participe podrá ampliar el número de centros inicialmente recogidos en su solicitud mediante el formulario de ampliación de centros que se cumplimentará considerando los siguientes aspectos:
      • a) Es imprescindible indicar el número de la solicitud presentada en el período ordinario, que puede ser conocido a través de la aplicación informática en línea «ADMA, a la que se accede a través de: «Familias» / «Gestiones y Consultas» / «Aplicación Admisión Alumnos». La omisión o incorrección de este dato puede imposibilitar la participación en el proceso extraordinario..
      • b) En el formulario se indicarán por orden de preferencia hasta siete centros adicionales, diferentes y sucesivos a los que ya apareciesen en la solicitud presentada en el periodo ordinario. Los centros indicados en dicha solicitud también se considerarán en la adjudicación, con su orden de preferencia original.
    • El formulario de ampliación de centros se firmará, salvo circunstancia de causa mayor, por las mismas personas que firmaron la solicitud de plaza escolar en el periodo ordinario.
    • El formulario de ampliación de centros se presentará del 12 al 17 de julio de 2017, ambos inclusive, en el centro solicitado en primera opción o en la dirección provincial de educación de la misma provincia en que se presentó la solicitud de admisión en periodo ordinario, adjuntando la copia sellada de esta última.
    • El día 28 de julio de 2017 el titular de cada dirección provincial de educación aprobará, los listados de adjudicación de plaza escolar correspondientes al período extraordinario de admisión y los publicará, al día siguiente, en sus tablones de anuncios y página web. Así mismo, informará de su contenido a los centros docentes de su provincia en los que se hayan adjudicado plazas vacantes.
    Matriculación del alumnado

    Contenido:

    • La matrícula supone la formalización de la adjudicación de plaza en el proceso de admisión, y está condicionada tanto a dicha adjudicación como al cumplimiento de los requisitos de edad y académicos para el acceso a la plaza adjudicada.
    • Hay dos plazos de matrícula:
      • Ordinario:
        • 2º ciclo Ed. Infantil y Primaria: entre el 23 al 30 de junio de 2017, ambos incluidos.
        • Enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato: 12 días hábiles a contar desde el 23 de junio de 2017. (Hasta el 10 de julio de 2017)
      • Extraordinario:
        • 2º ciclo Ed. Infantil y Primaria: del 1 al 6 de septiembre de 2017, ambos incluidos.
        • Enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato: del 4 al 8 de septiembre de 2017, ambos incluidos.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección Provincial de Educación

    Órgano que resuelve:

    Dirección Provincial de Educación

    Notificación:

    Legislación aplicable:

    • DECRETO 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la comunidad de Castilla y León (BOCyL 15-03-2013 - Modificado por DECRETO 13/2016, de 5 de mayo - BOCyL 09-05-2016)
    • ORDEN EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013, de 14 de marzo por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la comunidad de Castilla y León (BOCyL 27-03-2013 - Modificada por ORDEN EDU/978/2014, de 12 de noviembre - BOCyL 24-11-2014 y ORDEN EDU/570/2016, de 16 de junio - BOCyL 28-06-2016)
    • RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2017, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de Castilla y León para cursar en el curso académico 2017-2018 enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato (BOCyL 27-01-2017 CORRECCIÓN de errores publicada en BOCyL 09-02-2017)

    Información adicional:

    • Se hace público el resultado del sorteo para dirimir los empates en el proceso de admisión del alumnado, para el curso 2017-2018, en centros docentes que impartan, sostenidas con fondos públicos, enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, siendo «_P_» la letra que determina la primera letra del primer apellido, «_S_» la letra que determina la segunda letra del primer apellido, «_U_» la letra que determina la primera letra del segundo apellido y «_U_» la letra que determina la segunda letra del segundo apellido. Resolución de 10 de marzo de 2017 (BOCyL 23-03-2017)

  • Objeto

    Las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño pueden ofertarse PARCIALMENTE por los centros docentes, en régimen presencial, mediante dos opciones:

    • OPCIÓN A) Ofertar las plazas vacantes en módulos profesionales de los ciclos formativos que se impartan en el centro.
    • OPCIÓN B) Ofertar módulos profesionales específicos para esta modalidad que se ofrezcan de manera diferenciada del resto de los que se impartan en el centro, en el ámbito de los ciclos formativos que tengan autorizados.

    El proceso de admisión se podrá desarrollar en dos períodos: un primer período en torno al mes de junio y, en el caso de que concluido éste quedaran plazas vacantes, un segundo período en el mes de septiembre.

    La opción de la formación parcial facilita el acercamiento a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de las personas que cuentan con distintas limitaciones para cursar los ciclos formativos en cursos completos y favorece las posibilidades de éxito de la formación.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Alumnado que desee acceder a centros docentes que impartan Enseñanzas Profesionales de artes plásticas y diseño en la Modalidad de OFERTA PARCIAL.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Para los CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO quienes estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o quienes sin poseerlo tengan 17 años cumplidos el año de realización de la prueba de acceso.

    Para los CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR estar en posesión del título de Bachiller o equivalente o quienes sin poseerlo tengan 19 años cumplidos el año de realización de la prueba de acceso o 18 si se está en posesión de un título de Técnico relacionado con el que se quiere acceder.

    Además deberán superar la prueba de acceso correspondiente y quedar en un puesto igual o inferior al número de plazas existentes en la modalidad de acceso del Ciclo Formativo solicitado.

    OTRAS TITULACIONES EQUIVALENTES A EFECTOS DE ACCESO (88 kbytes)

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en Modelo normalizado, dirigida al Director de la Escuela de Arte en la que se desea solicitar plaza. Al cumplimentar la solicitud, se harán constar, además de los datos personales y académicos del solicitante, la documentación que se aporta:

    • Fotocopia del Título alegado para la admisión.
    • Certificación del Expediente Académico Personal del Título alegado.
    • Si procede, certificación de tener superada la parte general o específica de la prueba de acceso.
    • Contrato de trabajo o certificación de alta en el censo de obligados tributarios.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    El plazo de presentación de solicitudes de admisión será el mismo que el establecido para estas enseñanzas en la oferta general:
    PRIMER PERÍODO: La segunda quincena del mes de mayo y primera de junio.
    SEGUNDO PERÍODO: La segunda quincena de julio y primera quincena de septiembre.

    Notificación

    • En el Tablón de anuncios de la Escuela de Arte solicitada.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    • ORDEN EDU/931/2012, de 5 de noviembre, por la que se regula la modalidad de oferta parcial de los ciclos formativos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 14-11-2012)
    • ORDEN EDU/410/2018, de 13 de abril, por la que se regulan las pruebas de acceso, la admisión y la matriculación en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño impartidas en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 24-04-2018)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Escuelas de Arte de la Comunidad

    Órgano que resuelve:

    Escuelas de Arte de la Comunidad

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Descargas

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    Trámites:

  • Objeto

    Establecer el calendario que regirá el proceso de admisión y matriculación del alumnado a los ciclos de Formación Profesional Inicial, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2019/2020, en la Modalidad de Oferta PARCIAL en régimen presencial.

    La oferta parcial en los centros docentes se podrá ofertar mediante dos opciones:

    • a) Modular ordinaria. Oferta de las plazas vacantes resultantes del proceso de admisión en la oferta de forma completa en módulos profesionales que se impartan en el centro.
    • b) Modular específica. Oferta de módulos profesionales individualizados, que se ofrezcan de manera específica y diferenciada del resto de los que se impartan en el centro. En esta opción el centro docente debe haber obtenido previamente la correspondiente Autorización para impartir módulos profesionales individualizados

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Alumnado que desee cursar ciclos de formación profesional inicial en en régimen de enseñanza presencial en la Modalidad de OFERTA PARCIAL.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    • Se excluye presentación por TELEFAX.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Acceso a la oferta modular ordinaria:

    • El alumnado deberá reunir alguno de los requisitos académicos generales establecidos para el acceso a estas enseñanzas.
    • En el caso de módulos profesionales de segundo curso, el alumno deberá cumplir alguna de las condiciones siguientes:
      a) Que hayan superado la totalidad de los módulos profesionales de 1º curso.
      b) Que tengan pendiente de superar un módulo profesional del 1º curso.
      c) Que tengan pendiente de superar módulos profesionales de 1º curso que en conjunto supongan un horario semanal que no exceda de 10 horas lectivas.
      d) Que se hayan trasladado desde otras CCAA o desde el ámbito territorial del Ministerio competente en materia de educación, siempre que el equipo de evaluación haya acordado su promoción a 2º curso, en aplicación de su normativa.

    Acceso a la oferta modular específica:

    • Para cursar módulos profesionales incluidos en los títulos y asociados a unidades de competencia, no será exigible ningún requisito académico de acceso debiendo el alumno tener al menos 18 años, o cumplirlos antes del 31 de diciembre del año de la convocatoria; excepcionalmente, cuando se trate de ciclos formativos de grado medio podrán acceder los mayores de 16 años que tengan un contrato laboral que no les permita acudir al centro en régimen ordinario.
    • El alumnado que desee cursar módulos profesionales no asociados a unidades de competencia deberán cumplir alguno de los requisitos académicos generales para el acceso a estas enseñanzas.

    REQUISITOS de acceso a CICLOS FORMATIVOS (60 kbytes)

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud de admisión en modelo normalizado. Se podrán solicitar módulos profesionales de primero y segundo curso. Los solicitantes adjuntaran a su solicitud los siguientes documentos:

    a) D.N.I., N.I.E o documento equivalente que acredite la personalidad, sólo en el caso de no autorizar su consulta.

    b) Documentación acreditativa del requisito académico de acceso.

    c) Certificación académica oficial de haber superado algún módulo profesional del ciclo formativo al que se pretende cursar.

    d) La acreditación oficial de las unidades de competencia demostradas expedida por el órgano competente que corresponda, si el interesado ha participado en el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.

    e) Certificado de profesionalidad.

    f) La condición de trabajador se acreditará mediante los siguientes documentos:

    • 1.º Para trabajadores por cuenta ajena:
      1.º 1. Certificado de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la Mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa o empresas, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período o períodos de contratación.
      1.º 2. Contrato/s de trabajo/s o certificación/es de la empresa/s donde haya/n adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha desarrollado dicha actividad.
    • 2.º Para trabajadores autónomos o por cuenta propia:
      2.º 1. Certificado de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial correspondiente.
      2.º 2. Declaración responsable del interesado que contemple la descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que ésta se ha realizado.

    Fecha de publicación

    3 de mayo de 2019

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    OFERTA MODULAR ORDINARIA: Presentación de solicitudes de admisión los días 10 y 11 de octubre de 2019
    OFERTA MODULAR ESPECÍFICA: Tres días hábiles para presentar las solicitudes de admisión, contados desde el día siguiente a la publicación de la oferta.

    Te interesa saber

    Calendario Admisión y Matriculación del alumnado en oferta parcial mediante la opción modular ordinaria

    Contenido:

    Finalizado el proceso de matriculación en la modalidad de oferta completa en régimen presencial, los directores de los centros públicos y los titulares de los centros privados concertados elaborarán una relación de los módulos profesionales de los ciclos formativos en los que existan plazas vacantes y la remitirá a la dirección provincial de educación. La relación se publicará en el tablón de anuncios de la dirección provincial de educación, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en el tablón de anuncios del centro, antes del 10 de octubre de 2019.

    El proceso de admisión de solicitudes y la matriculación del alumnado se realizará en las siguientes fechas:

    • a) Días 10 y 11 de octubre de 2019: Presentación de solicitudes de admisión en el centro educativo.
    • b) Día 14 de octubre de 2019: El director del centro público o el titular del centro privado concertado remitirá a la comisión de escolarización el ejemplar de la solicitud de admisión reservada a esta comisión, junto con el listado provisional del alumnado admitido y excluido.
    • c) Día 15 de octubre de 2019: Publicación de los listados provisionales de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.
    • d) Del 15 al 17 de octubre de 2019: Plazo de presentación de reclamaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos ante el director del centro público o titular del centro privado concertado.
    • e) Día 18 de octubre de 2019: Resolución de las reclamaciones y publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.
    • f) Días 18 y 21 de octubre de 2019: Plazo de matriculación del alumnado.
    • g) Finalizado el plazo de matriculación, los centros educativos públicos que dispongan de plazas en alguno de los módulos profesionales de los ciclos formativos, abrirán un plazo extraordinario de matrícula hasta el día 23 de octubre de 2019. Las nuevas solicitudes se resolverán por orden de entrada en el centro.
    • h) Antes del 25 de octubre de 2019, los centros educativos remitirán a la dirección provincial de educación la relación del alumnado matriculado en esta modalidad que, a su vez, informará a la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial.
    Calendario Admisión y Matriculación del alumnado en oferta parcial mediante la opción modular específica

    Contenido:

    En los centros sostenidos con fondos públicos, el proceso de admisión del alumnado en la oferta modular específica se iniciará, una vez el centro haya obtenido la correspondiente autorización (Ver Autorización para impartir módulos profesionales individualizados , con la divulgación y publicación de la oferta en la dirección provincial de educación, en el tablón de anuncios y en la página web del centro.

    Una vez publicada esta información, el director del centro público o titular del centro privado concertado, garantizará el cumplimiento de los siguientes plazos:

    • a) Tres días hábiles para presentar las solicitudes de admisión, contados desde el día siguiente a la publicación de la oferta, finalizados los cuales se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios de la dirección provincial de educación, en el tablón de anuncios y en la página web del centro.
    • b) Tres días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, para la presentación de reclamaciones ante el director del centro público o titular del centro privado concertado.
    • c) Dos días hábiles desde la finalización del plazo anterior para la resolución de las reclamaciones y la publicación de la lista definitiva del alumnado en la dirección provincial de educación, en el tablón de anuncios y en la página web del centro.
    • d) Tres días hábiles para realizar la matrícula, a partir de la publicación de la lista definitiva de admitidos.

    Finalizado el período de matriculación, los centros educativos que dispongan de plazas, abrirán un plazo extraordinario de matrícula de un mes. Las nuevas solicitudes se resolverán por orden de entrada en el centro.

    Notificación

    • En el Tablón de anuncios del organismo competente.

    Legislación aplicable

    • ORDEN EDU/556/2016, de 15 de junio, por la que se regula la oferta parcial de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial en régimen presencial en la Comunidad de Castilla y León y se establece el procedimiento de admisión en centros docentes sostenidos con fondos públicos (BOCyL 23-06-2016)
    • RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se establece el calendario del proceso de admisión del alumnado a los ciclos de Formación Profesional Inicial, y el procedimiento de autorización para impartir módulos profesionales individualizados en oferta parcial mediante la opción modular específica, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, para el curso escolar 2019/2020 (BOCyL 03-05-2019)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Centros Educativos de Castilla y León

    Órgano que resuelve:

    Centros Educativos de Castilla y León

    Protección de los datos de carácter personal

    Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal ADMISIÓN GM-GS OFERTA PARCIAL (48 kbytes)

    Descargar formulario

    Descargas

    Contenidos Relacionados

    Trámites:

  • Objeto

    Establecer el calendario que regirá el proceso de admisión y matriculación del alumnado a los ciclos de Formación Profesional Inicial, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2019/2020, en la Modalidad de Oferta TOTAL en régimen presencial. El proceso de admisión se desarrolla en dos períodos, uno ordinario y otro extraordinario.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Alumnado que desee cursar ciclos de formación profesional inicial en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    • Se excluye presentación por TELEFAX.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    El acceso directo a Ciclos Formativos exigirá cumplir los siguientes requisitos:

    REQUISITOS DE ACCESO (103 kbytes)

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud de admisión del alumnado que pretenda cursar el primer curso de un ciclo de formación profesional inicial, o segundo curso si ello conlleva cambio de centro docente. En caso de ser menor de edad la solicitud deberá ser presentada por los progenitores o tutores. La solicitud de admisión se formalizará en el impreso normalizado correspondiente al ciclo al que se pretende acceder

    Los solicitantes presentarán una única solicitud, en el plazo que anualmente se determine, en el centro que soliciten en primer lugar, en la que se hará constar, potestativamente, por orden de preferencia, hasta seis ciclos adicionales al que deseen cursar y el centro o centros docentes en los que soliciten ser admitidos, en caso de no resultar adjudicatario de plaza en el primero.

    Junto a la solicitud de admisión se presentará original o fotocopia de la siguiente documentación:

    DOCUMENTACIÓN a presentar (95 kbytes)

    Fecha de publicación

    3 de mayo de 2019

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN PERÍODO ORDINARIO: Del 19 de junio al 3 de julio de 2019
    ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN PERÍODO EXTRAORDINARIO: Del 6 al 11 de septiembre de 2019
    ADMISIÓN MAYORES DE 17 AÑOS EN FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA: Días 7 y 8 de octubre de 2019

    Te interesa saber

    Oferta de ciclos y determinación de plazas vacantes

    Contenido:

    • La Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial dispondrá la provisión inicial de ciclos formativos autorizados y plazas vacantes para el curso escolar 2018-2019, en la aplicación informática «Oferta de puestos escolares», que se encuentra alojada en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (htpp://www.educa.jcyl.es), antes del 9 de mayo de 2018.
    • Las actuaciones que han de seguirse por las comisiones de escolarización y los centros educativos en el proceso de revisión de la oferta de ciclos de formación profesional inicial y determinación de plazas vacantes para el curso escolar 2018-2019 se ajustarán a lo establecido en el anexo:
    • Las direcciones provinciales de educación, antes del 4 de junio de 2018, dictarán resolución determinando las plazas vacantes por curso de cada ciclo de formación profesional inicial en cada uno de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la provincia, publicándola el mismo día de su dictado en su tablón de anuncios, dándola publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/) y en los tablones de anuncios y en la página web de los centros educativos docentes.
    Calendario Admisión y Matriculación en PERÍODO ORDINARIO en Ciclos de Formación Profesional Básica y ciclos formativos de grado medio y superior

    Contenido:

    Admisión de solicitudes en los centros educativos y primer plazo de matrícula en la modalidad de oferta completa en régimen presencial

    (En esta primera fase, los centros educativos adjudican la primera opción indicada en la solicitud)

    • a) Del 19 de junio al 3 de julio de 2019: Presentación de solicitudes de admisión en el centro que soliciten en primer lugar. En la solicitud se podrá indicar por orden de preferencia los ciclos y los centros a los que se desean acceder hasta un máximo de siete.
    • b) Del 24 de junio al 3 de julio de 2019: Matriculación del alumnado del centro educativo en segundo curso.
    • c) Días 4 y 5 de julio de 2019: Elaboración por parte del director del centro público o del titular del centro privado concertado de un listado provisional de los alumnos solicitantes de plaza, en cada ciclo formativo, por cada vía de acceso y reservas, y por orden de prioridad, indicando la valoración del expediente y, en su caso, las solicitudes excluidas y el motivo de la exclusión, y las solicitudes que precisen subsanación.
    • d) Día 8 de julio de 2019: Publicación de los listados provisionales del alumnado admitido y excluido en el tablón de anuncios de los centros y publicidad en su página web. La dirección del centro remitirá a la comisión de escolarización el listado de los alumnos solicitantes de plaza y el ejemplar de la solicitud de admisión reservado a esta comisión.
    • e) Del 8 al 10 de julio de 2019: Período de reclamaciones a los listados provisionales de alumnos admitidos y excluidos ante el director del centro público o el titular del centro privado concertado.
    • f) Día 11 de julio de 2019: Resolución de reclamaciones y publicación en el tablón de anuncios de los centros educativos de los listados definitivos de alumnos admitidos en cada ciclo formativo, por cada vía de acceso y de reservas, ordenados por orden de prioridad, indicando la valoración del expediente, a los que se ha adjudicado plaza y los de excluidos, indicando el motivo de la exclusión, dándose publicidad en su página web.
    • g) Del 11 al 16 de julio de 2019: Primer plazo de matriculación del alumnado de primer curso.
    • h) Día 17 de julio de 2019: El director del centro público o el titular del centro privado concertado remitirá a la comisión de escolarización, según corresponda, las plazas vacantes, por cada vía de acceso y de reservas, la documentación, la baremación y los listados de las solicitudes no admitidas ordenadas de acuerdo con los criterios de admisión.

    Adjudicación de vacantes por la dirección provincial de educación y segundo plazo de matrícula

    (En esta segunda fase, las direcciones provinciales de educación adjudican vacantes al alumnado no admitido en su primera opción)

    • a) Del 18 al 23 de julio de 2019: Propuesta de adjudicación de las plazas vacantes al alumnado, por la comisión de escolarización al titular de la dirección provincial de educación. Día 23 de julio de 2019: Publicación en el tablón de anuncios de las direcciones provinciales de educación del listado provisional de alumnos admitidos por orden de prioridad, por cada vía de acceso y otras reservas, en cada ciclo formativo y centro docente adjudicado, y el de excluidos, con indicación del motivo de la exclusión, dándose publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/), así como en los tablones de anuncios y en la página web de los centros docentes.
    • b) Del 24 al 26 de julio de 2019: Reclamaciones a las listas provisionales del alumnado admitido y excluido ante la dirección provincial de educación.
    • c) Día 29 de julio de 2019: Resolución de reclamaciones a las listas provisionales del alumnado admitido y excluido por el titular de la dirección provincial de educación. La comisión de escolarización propondrá al titular de la dirección provincial de educación la asignación de plazas.
    • d) Día 29 de julio de 2019: Publicación de las listas definitivas del alumnado admitido y excluido, en su caso, por cada vía de acceso y otras reservas, indicando la valoración del expediente. Esta relación se comunicará a los directores de los centros públicos o titulares de los centros privados concertados y se publicará en el tablón de anuncios de la dirección provincial de educación, dándose publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), así como en los tablones de anuncios y en la página web de los centros docentes.
    • e) Del 29 al 31 de julio de 2019: Segundo plazo de matriculación del alumnado.
    • f) Día 31 de julio de 2019: Remisión de la relación de plazas vacantes, indicando las plazas de reserva, en cada ciclo formativo, por parte de los centros a la dirección provincial de educación.
    Calendario Admisión y Matriculación en PERÍODO EXTRAORDINARIO en Ciclos de Formación Profesional Básica y ciclos formativos de grado medio y superior

    Contenido:

    Admisión de solicitudes en los centros educativos y primer plazo de matrícula en período extraordinario en la modalidad de oferta completa en régimen presencial

    (En esta primera fase, los centros educativos adjudican la primera opción indicada en la solicitud)

    • a) Días 6 y 9 de septiembre de 2019: Publicación en el tablón de anuncios de las direcciones provinciales de educación del listado provisional de los ciclos formativos con plazas vacantes y los centros para los que se autoriza un periodo extraordinario para la presentación de nuevas solicitudes, dándose publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), así como en los tablones de anuncios y en la página web de los centros docentes.
    • b) Del 6 al 11 de septiembre de 2019: Presentación de solicitudes de admisión en el centro educativo que solicita en primera opción. En la solicitud se podrá indicar por orden de preferencia los ciclos y los centros a los que se desea acceder hasta un máximo de siete.
    • c) Del 6 al 11 de septiembre de 2019: Matriculación en primero y segundo curso del alumnado que repita o que haya promocionado desde primero a segundo curso en septiembre.
    • d) Días 12 y 13 de septiembre de 2019: Elaboración por parte del director del centro público o del titular del centro privado concertado de un listado provisional del alumnado solicitante de plaza, en cada ciclo formativo, por cada vía de acceso y reservas, y por orden de prioridad, indicando la valoración del expediente y, en su caso, las solicitudes excluidas y el motivo de la exclusión, y las solicitudes que precisen subsanación.
    • e) Día 13 de septiembre de 2019. La dirección el centro remitirá a la comisión de escolarización el listado de los alumnos solicitantes de plaza y el ejemplar de la solicitud de admisión reservado a esta comisión.
    • f) Día 16 de septiembre de 2019: Publicación de los listados provisionales del alumnado admitido en el tablón de anuncios de los centros y publicidad en su página web.
    • g) Días 16 y 17 de septiembre de 2019: Reclamaciones a los listados provisionales de admitidos y excluidos ante el director del centro público o el titular del centro privado concertado.
    • h) Día 18 de septiembre de 2019: Resolución de reclamaciones y publicación en el tablón de anuncios de los centros educativos de las listas definitivas de alumnos admitidos en cada ciclo formativo, por cada vía de acceso y de reservas, ordenados por orden de prioridad, indicando la valoración del expediente, a los que se ha adjudicado plaza y los de excluidos, indicando el motivo de la exclusión, dándose publicidad en su página web.
    • i) Del 18 al 20 de septiembre de 2019: Primer plazo de matriculación del alumnado.
    • j) Día 23 de septiembre de 2019: El director del centro público o el titular del centro privado concertado remitirá a la comisión de escolarización, según corresponda, las plazas vacantes, por cada vía de acceso y de reservas, la documentación, la baremación y los listados de las solicitudes no admitidas ordenadas de acuerdo con los criterios de admisión.


    Adjudicación de vacantes por la dirección provincial de educación y segundo plazo de matrícula en período extraordinario

    (En esta segunda fase, las direcciones provinciales de educación adjudican vacantes al alumnado no admitido en su primera opción)

    • a) Del 24 al 26 de septiembre de 2019: Propuesta de adjudicación de las plazas vacantes por la comisión provincial de escolarización al titular de la dirección provincial de educación.
    • b) Día 26 de septiembre de 2019: Publicación en el tablón de anuncios de las direcciones provinciales de educación del listado provisional de alumnos admitidos por orden de prioridad, por cada vía de acceso y otras reservas, en cada ciclo formativo y centro adjudicado, y el de excluidos, con indicación del motivo de la exclusión, dándose publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/), así como en los tablones de anuncios y en la página web de los centros docentes.
    • c) Del 26 al 30 de septiembre de 2019: Reclamaciones a las listas provisionales de alumnos admitidos y excluidos ante la dirección provincial de educación.
    • d) Día 1 de octubre de 2019: Resolución de reclamaciones. Resueltas las reclamaciones, la comisión de escolarización podrá proponer al titular de la dirección provincial de educación la escolarización de un alumno, en otro ciclo o en otro centro distinto del solicitado en el que existan plazas y previa consulta a los solicitantes.
    • e) Día 1 de octubre de 2019: Publicación en el tablón de anuncios de las direcciones provinciales de educación de las listas definitivas de alumnos admitidos y excluidos en cada ciclo formativo. Esta relación se comunicará a los directores de los centros públicos o titulares de los centros privados concertados y se dará publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), así como en los tablones de anuncios y en la página web de los centros docentes.
    • f) Del 2 al 4 de octubre de 2019: Segundo plazo de matrícula del alumnado.
    • g) Finalizado el plazo de matriculación, los centros educativos que dispongan de plazas en algún ciclo formativo de grado medio o superior, abrirán un plazo excepcional de matrícula hasta el día 9 de octubre de 2019. La matrícula se formalizará por orden de entrada en el centro.
    Calendario Admisión para mayores de 17 años en formación profesional básica.

    Contenido:

    De acuerdo con el artículo 25.5 del Decreto 22/2014, de 12 de junio, una vez finalizado el período extraordinario de matrícula, si existen grupos con un número inferior de alumnos a la ratio permitida la dirección provincial de educación podrá abrir un plazo de presentación de solicitudes, para las personas mayores de 17 años que cumplan los requisitos establecidos.

    Los interesados deberán presentar el formulario de solicitud de admisión, ante la dirección provincial de educación de la provincia en la que se encuentra ubicado el centro solicitado. Junto a la solicitud de admisión se presentará la siguiente documentación:

    • a) Fotocopia de DNI o NIE, salvo que se autorice a la administración para obtener directamente o por medios electrónicos la comprobación de los datos de identidad personal.
    • b) Declaración responsable de no estar en posesión de un título de formación profesional o de cualquier título que acredite la finalización de estudios secundarios completos.

    El proceso de admisión de para mayores de 17 años en formación profesional básica y el plazo de matrícula, se realizará en las siguientes fechas:

    • a) Día 7 de octubre de 2019: Publicación en el tablón de anuncios de las direcciones provinciales de educación de la relación de plazas vacantes, en cada ciclo formativo, dándose publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), así como en los tablones de anuncios y en página web de los centros docentes.
    • b) Días 7 y 8 de octubre de 2019: Presentación de solicitudes ante la dirección provincial de educación de la provincia en la que se encuentra ubicado el centro solicitado. Día 9 de octubre de 2019: Propuesta de adjudicación de las plazas vacantes por la comisión de escolarización al titular de la dirección provincial de educación y publicación en el tablón de anuncios de las direcciones provinciales de educación del listado provisional del alumnado admitido por orden de prioridad en cada ciclo de formación profesional básica y centro adjudicado, y el de excluidos, con indicación del motivo de exclusión, dándose publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en los tablones de anuncios y la página web de los centros docentes.
    • c) Del 9 al 11 de octubre de 2019: Reclamaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos ante la dirección provincial de educación.
    • d) Día 14 de octubre de 2019: Resolución de reclamaciones y publicación en el tablón de anuncios de las direcciones provinciales de educación de las listas definitivas del alumnado admitido y excluido. Esta relación se comunicará a los directores de los centros públicos o titulares de los centros privados concertados, dándose publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), así como en los tablones de anuncios y la página web de los centros docentes.
    • e) Día 15 de octubre de 2019: Matriculación del alumnado.
    • f) Día 16 de octubre de 2019: Remisión de la relación de plazas vacantes, en cada ciclo formativo, por parte de los centros docentes a la dirección provincial de educación.
    Admisión excepcional a lo largo del curso escolar

    Contenido:

    Se considerarán supuestos excepcionales de escolarización los que afecten al alumnado que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

    • a) Circunstancia familiar de violencia de género.
    • b) Cambio de residencia a otra localidad.
    • c) Adopción o acogimiento familiar permanente o preadoptivo formalizados tras la finalización del período ordinario de admisión.
    • d) Convivencia escolar desfavorable.
    • e) Aquéllos que pudieran realizarse en beneficio del alumnado por la dirección provincial de educación de oficio o a instancia del interesado, sin que concurra ninguna de las circunstancias anteriores.

    Los interesados deberán presentar el formulario de solicitud de admisión, ante la comisión de escolarización que corresponda a la provincia en que resida el alumno.

    Junto a la solicitud se presentará la documentación que se relaciona a continuación acreditativa de los siguientes supuestos que motivan la admisión:

    • a) Alumnado en circunstancia familiar de violencia de género. A los efectos de la admisión, la acreditación se realizará mediante copia de alguno de los documentos siguientes:
      1.º Resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima de violencia de género. Excepcionalmente y hasta tanto se dicte la orden de protección, será título de acreditación de la situación de violencia de género el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de tal violencia.
      2.º Sentencia firme que declare que el solicitante padeció violencia de género.
    • b) Alumnado con cambio de residencia a otra localidad. La acreditación se realizará mediante certificado o informe de empadronamiento en el que conste la fecha de alta, salvo en los supuestos en que se autorice a la Administración educativa para su verificación electrónica.
    • c) Alumnado en situación de adopción o acogimiento familiar permanente o preadoptivo, formalizados tras la finalización del período ordinario de admisión. La acreditación se realizará mediante la aportación de fotocopia del libro de familia o documentación justificativa de esta situación.

    En los supuestos de convivencia escolar desfavorable, la dirección provincial de educación estudiará y verificará cada caso concreto en los que sea necesario para el alumnado un cambio de centro, ya sea vinculado a situaciones de acoso escolar, u otras que puedan hacerlo necesario.

    Los cambios de centro realizados en beneficio del alumnado por la dirección provincial de educación de oficio o a instancia del interesado, requerirán informe del inspector del centro en que se encuentra escolarizado el alumno sobre la adecuación de la medida. El interesado sólo podrá solicitar cambios de centro durante el primer trimestre del año académico.

    Notificación

    • En el Tablón de anuncios del centro docente.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    • Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación.
    • Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
    • Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
    • El Real Decreto 127/2014 de 28 de febrero, por la que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.
    • Decreto 22/2014, de 12 de junio, por el que se regulan determinados aspectos para la implantación de la formación profesional básica en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 17-06-2014) Modificado por DECRETO 10/2017, de 13 de julio (BOCyL 17-07-2017)
    • ORDEN EDU/347/2016, de 21 de abril, por la que se regula la admisión del alumnado de formación profesional inicial en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 28-04-2016)
    • RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se establece el calendario del proceso de admisión del alumnado a los ciclos de Formación Profesional Inicial, y el procedimiento de autorización para impartir módulos profesionales individualizados en oferta parcial mediante la opción modular específica, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, para el curso escolar 2019/2020 (BOCyL 03-05-2019)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Centros Educativos de Castilla y León

    Órgano que resuelve:

    Centros Educativos de Castilla y León

    Protección de los datos de carácter personal

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    Trámites:

  • Tramitación electrónica

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    Fecha de publicación:

    30 de marzo de 2016

    Objeto:

    Regular el proceso de admisión de alumnos a los Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño que se imparten en las Escuelas de Arte de la Comunidad de Castilla y León para el Curso Escolar 2016/2017.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Alumnos que deseen acceder a las Escuelas de Artes Plásticas y Diseño de la Comunidad de Castilla y León.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    Para los CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO quienes estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o quienes sin poseerlo tengan 17 años cumplidos el año de realización de la prueba de acceso.
    Para los CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR estar en posesión del título de Bachiller o equivalente o quienes sin poseerlo tengan 19 años cumplidos el año de realización de la prueba de acceso o 18 si se está en posesión de un título de Técnico relacionado con el que se quiere acceder.
    Además deberán superar la prueba de acceso correspondiente y quedar en un puesto igual o inferior al número de plazas existentes en la modalidad de acceso del Ciclo Formativo solicitado.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud en Modelo oficial, dirigida al Director de la Escuela de Arte en la que se desea solicitar plaza. Al cumplimentar la solicitud, se harán constar, además de los datos personales y académicos del solicitante, la documentación que se aporta.
    • Fotocopia del Título alegado para la admisión.
    • Certificación del Expediente Académico Personal del Título alegado.
    • Si procede, certificación de tener superada la parte general o específica de la prueba de acceso.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    El plazo de presentación de solicitudes de admisión para el PRIMER PERIODO será desde el 18 de mayo hasta el 9 de junio 2016, ambos inclusive.
    El plazo de presentación de solicitudes de admisión para el SEGUNDO PERIODO será desde el 18 al 29 de julio y del 1 al 8 de septiembre 2016, ambos inclusive.

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Electrónico:

    Te interesa saber:

    Calendario de actuaciones y Matriculación de alumnos

    Contenido:

    Calendario de actuaciones
    • Durante la segunda quincena del mes de mayo, cada centro determinará las fechas de realización de estas PRUEBAS DE ACCESO a los ciclos formativos de artes plásticas y diseño de grado medio y superior, tanto del primer período como del segundo período de admisión, así como los criterios de evaluación y calificación, dando publicidad a todo ello en su tablón de anuncios.
    • Se publicará, en el tablón de anuncios de los centros, el LISTADO PROVISIONAL de los solicitantes agrupados por ciclos y sistemas de acceso (acceso directo, acceso mediante prueba en su parte general y/o específica) y la relación de los excluidos, con indicación de las causas de exclusión, el 10 de junio (PRIMER PERIODO), y el 9 de septiembre 2016 (SEGUNDO PERIODO).
    • Con la publicación se abrirá un plazo de 2 DÍAS HÁBILES para la SUBSANACIÓN de los defectos formales que hubieran determinado la referida exclusión, o de cualquier otro error.
    • Los centros publicarán, en el tablón de anuncios, las LISTAS DEFINITIVAS de admitidos y excluidos el 15 de junio (PRIMER PERIODO), y el 14 de septiembre 2016 (SEGUNDO PERIODO)
    • Las PRUEBAS DE ACCESO se celebrarán entre el 20 y el 24 de junio 2016 (PRIMER PERIODO), y entre el 16 y el 21 de septiembre 2016 (SEGUNDO PERIODO).

    Matriculación de alumnos

    • Aquel alumnado oficial que habiendo aprobado en la convocatoria de junio desee matricularse en el curso siguiente, y aquel que haya obtenido plaza como resultado del primer período del proceso de admisión, deberá formalizar la matrícula entre el 1 y el 15 de JULIO 2016, ambos inclusive.
    • Aquel alumnado oficial que promocione al siguiente curso en la convocatoria de septiembre y el que vaya a repetir curso deberá formalizar la matrícula entre el 1 y el 9 de SEPTIEMBRE 2016, ambos inclusive.
    • Los solicitantes que hayan obtenido plaza por acceso directo en el segundo período del proceso de admisión se matricularán el 15 y 16 de septiembre.
    • Los solicitantes que hayan obtenido plaza por acceso mediante prueba del segundo período del proceso de admisión, formalizarán la matrícula en los tres días hábiles siguientes a su adjudicación.
    Calendario Resumen
    1º PERÍODO2º PERÍODO
    18 mayo a 9 junioPresentación de solicitudes18 a 29 de julioPresentación de solicitudes
    10-junExposición listas en Escuelas de Arte de solicitantes y excluidos1-8 sepPresentación de solicitudes
    13-14 junPeriodo para subsanación de listas1-9 sepMatriculación Alumnado Oficial de septiembre y repetidores
    15-junExposición de listas definitivas09-sepExposición listas en Escuelas de Arte de solicitantes y excluidos
    20-24 junPruebas de acceso en Escuelas de Arte12-13 sepPeriodo para subsanación de listas
    1-15 julMatriculación Alumnado Oficial y admitidos 1º período14-sepExposición de listas definitivas
    15-16 sepMatriculación alumnado de aceso directo del 2º período
    16-21 sepPruebas de acceso en Escuelas de Arte
    3 dias habiles siguientes a adjudicaciónMatricula de admitidos prueba acceso 2º período

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Escuelas de Arte de la Comunidad

    Órgano que resuelve:

    Escuelas de Arte de la Comunidad

    Notificación:

    • En el Tablón de anuncios de la Escuela de Arte solicitada.

    Recursos:

    Alzada.

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • DECRETO 17/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 14-02-2005, MODIFICADO por DECRETO 8/2007 BOCyL 31-01-2007 y Corrección de errores BOCyL 01-02-2007)
    • ORDEN EDU/1496/2005 , de 7 de noviembre, por la que se desarrolla el proceso de admisión del alumnado en centros docentes que impartan enseñanzas Artísticas y de Idiomas sostenidas con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 14-11-2005, CORRECCIÓN de errores BOCyL 15-02-2006; MODIFICADA por orden EDU/472/2007 BOCyL 19-03-2007 y por orden EDU/426/2008 BOCyL 14-03-2008).
    • RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2006, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, relativa a los procesos de admisión y matriculación de alumnos en los ciclos formativos de grado medio y superior de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño que imparten las Escuelas de Arte de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 15-03-2006 MODIFICADA por RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2010 (BOCyL 12-05-2010) y RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2012 (BOCyL 04-05-2012)
    • RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2016, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se determinan las fechas del calendario de los procesos de admisión y matriculación en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de la Comunidad de Castilla y León, para el curso académico 2016-2017 (BOCyL 30-03-2016)

  • Objeto

    Convocar las pruebas de acceso y la admisión en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en Castilla y León, para el curso 2019-2020.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Alumnos que deseen acceder a las Escuelas de Artes Plásticas y Diseño de la Comunidad de Castilla y León.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Quienes deseen acceder a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño deberán cumplir los siguientes requisitos:

    REQUISITOS (94 kbytes)

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud de acceso y admisión conforme al modelo normalizado, se aportará además la siguiente documentación según la circunstancia en la que se encuentren:

    DOCUMENTACIÓN a presentar (87 kbytes)

    Fecha de publicación

    28 de marzo de 2019

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    PRIMER PERÍODO: El plazo de presentación de solicitudes de la prueba de acceso y/o admisión será desde el 20 de mayo hasta el 10 de junio de 2019, ambos inclusive.
    SEGUNDO PERÍODO: del 22 al 31 de julio y del 2 al 10 de septiembre de 2019, todos ellos inclusive (condicionado a que queden plazas vacantes).

    Te interesa saber

    Calendario del procedimiento de acceso y admisión y de la matriculación.

    Contenido:

    • El procedimiento de acceso y admisión en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en la Comunidad de Castilla y León para el curso 2019-2020 se desarrollará en dos periodos:
      • Primer período en torno al mes de junio
      • Segundo período en el mes de septiembre, que estará condicionado a que queden plazas vacantes, una vez realizadas las correspondientes pruebas de acceso y finalizado el proceso de admisión y matriculación de la convocatoria de junio, de lo cual se dará la oportuna publicidad en los tablones de anuncios y páginas web de los centros en los que vayan a celebrarse las pruebas.
    • Los centros establecerán y publicarán en sus tablones de anuncios y páginas web las especificaciones sobre el contenido detallado, forma y criterios específicos de evaluación de las pruebas que se realicen en su centro, así como otros detalles necesarios para su realización, en el marco de lo establecido en la Orden EDU/410/2018, de 13 de abril, al menos con diez días hábiles de antelación a su realización.
    • Asimismo cada centro concretará las fechas de realización de las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño impartidas en él, tanto del primer período como, en su caso, del segundo, dando publicidad de las mismas en su tablón de anuncios y página web con una antelación mínima de diez días hábiles a su realización. Dichas fechas deberán estar comprendidas entre el 17 y el 21 de junio para el primer período, y entre el 16 y el 19 de septiembre de 2019, para el segundo, todos ellos inclusive.
    • La adjudicación de vacantes, así como, en su caso, el listado de reserva, se harán públicos en el tablón de anuncios y página web del centro con anterioridad a la apertura del plazo de matrícula.
    • Entre el 1 y el 12 de julio de 2019, ambos inclusive, formalizará la matrícula aquel alumnado oficial que, habiendo aprobado en la convocatoria de evaluación ordinaria, desee matricularse en el curso siguiente, así como aquel que hubiera obtenido plaza como resultado del primer período del proceso de acceso y admisión.
    • Entre el 2 y el 13 de septiembre de 2019, ambos inclusive, formalizará la matrícula aquel alumnado oficial que promocione al siguiente curso en la convocatoria de evaluación extraordinaria y el que vaya a repetir curso.
    • Entre el 25 y el 27 de septiembre de 2019, ambos inclusive, formalizará la matrícula aquel alumnado que hubiera obtenido plaza como resultado del segundo período del proceso de acceso y admisión.

    Notificación

    • En el Tablón de anuncios de la Escuela de Arte solicitada.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Estimatorio

    Legislación aplicable

    • ORDEN EDU/410/2018, de 13 de abril, por la que se regulan las pruebas de acceso, la admisión y la matriculación en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño impartidas en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 24-04-2018)
    • RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan las pruebas de acceso y la admisión en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y se determinan las fechas para la matriculación en los centros que imparten dichas enseñanzas en Castilla y León, para el curso 2019-2020 (BOCyL 28-03-2019)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Escuelas de Arte de la Comunidad

    Órgano que resuelve:

    Escuelas de Arte de la Comunidad

    Tramitación electrónica

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    Descargas

  • Objeto

    Regular el proceso de admisión en las Escuelas Infantiles para cursar el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Castilla y León.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Padres, Madres o Tutores Legales.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Pueden solicitar plaza en las Escuelas Infantiles los padres, tutores o representantes legales de los niños cuyas edades correspondan al primer ciclo de educación infantil, nacidos o cuyo nacimiento esté previsto antes del 15 de mayo del año para el que solicita la incorporación a la Escuela Infantil (no podrá solicitarse plaza cuando el niño cumpla tres años durante el año de presentación de la solicitud).
    Excepcionalmente, cuando las circunstancias sociolaborales de la familia lo justifiquen, podrá admitirse en escuelas infantiles a niños de 12 a 16 semanas, siempre que existan unidades para niños menores de un año y previa autorización de la respectiva Comisión Provincial de Valoración u órgano equivalente en el supuesto de escuelas infantiles de titularidad de otras Administraciones Públicas.
    Podrá solicitarse plaza para niños en trámites de adopción o acogimiento condicionada a la presentación de la filiación del niño en el momento de formalizar la matrícula.
    Al menos uno de los padres, tutores o representantes legales del niño del que se solicita plaza escolar, así como el propio niño, se encontrarán empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. Esta circunstancia se mantendrá durante todo el periodo de permanencia del niño en la escuela infantil.

    ¿Qué documentos necesito?

    Para la SOLICITUD DE PLAZA tanto de niños que continúan en la Escuela Infantil como de los niños que pretendan acceder por primera vez a alguna de ellas, se formalizará instancia en el Modelo normalizado dirigida al Presidente de la Comisión Provincial de Valoración correspondiente.

    En caso de niños que solicitan la CONTINUIDAD en la Escuela Infantil en la que ya estaban matriculados, se cumplimentará el recuadro 3-A) de la solicitud, indicando los datos del centro en que se pretende continuar. Este apartado será también cumplimentado por quienes soliciten un traslado de provincia.

    En caso de niños que solicitan el NUEVO INGRESO en una Escuela Infantil, se cumplimentará el recuadro 3-B) de la solicitud, solicitando plaza en hasta 4 Escuelas Infantiles indicando el orden de preferencia.

    Con la presentación de la solicitud, se podrá autorizar al órgano administrativo encargado de la verificación de los datos, a que pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información que estime precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en cuya virtud deba pronunciarse la resolución. De no consignarse la correspondiente casilla de autorización, será necesario aportar la respectiva documentación impresa.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Las solicitudes de admisión en período ordinario se presentarán del 1 al 15 de ABRIL de cada año.
    El período extraordinario de admisión comprende desde el 1 de julio hasta el 31 de marzo del año siguiente.

    Te interesa saber

    Admisión en supuestos extraordinarios

    Contenido:

    Tendrán la consideración de vacantes extraordinarias las que no resulten cubiertas a la finalización del plazo de matrícula y las vacantes por bajas de niños que se produzcan a lo largo del curso escolar.

    Las vacantes extraordinarias que no resulten cubiertas a la finalización del plazo de matrícula serán comunicadas por las escuelas infantiles a la Comisión Provincial de Valoración correspondiente, que las trasladará a la Dirección Provincial de Educación y a las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano que correspondan al ámbito territorial de cada escuela infantil, al objeto de darles publicidad en los respectivos tablones de anuncios.

    Las vacantes extraordinarias por bajas de niños a lo largo del curso escolar serán publicadas por las escuelas infantiles en su tablón de anuncios y se notificarán a la Comisión Provincial de Valoración correspondiente para su adjudicación.

    En cualquier momento podrán presentarse en la Dirección Provincial de Educación solicitudes de admisión en las escuelas infantiles, siempre que se reúnan los requisitos generales y cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:

    • a) Niños tutelados o cuya guarda haya sido asumida por la Junta de Castilla y León.
    • b) Cuando las circunstancias sociofamiliares originen la adopción de medidas protectoras de tutela o guarda del niño.
    • c) Cuando se originen carencias o dificultades en la atención a las necesidades básicas que los niños precisan y que supongan dificultades para atenderles adecuadamente, no requiriendo en principio la separación del medio familiar.
    • d) Cuando exista violencia de género.
    • e) Cuando hubiera quedado en lista de espera algún menor nacido de parto múltiple o adopción simultánea cuyo hermano o hermanos hubieran resultado admitidos en el proceso general de admisión. Se equiparan a esta situación los nacimientos o adopciones independientes producidos en el seno de una familia en un período de doce meses.

    En estos supuestos, la Dirección Provincial de Educación tramitará las solicitudes y su titular, previa valoración social efectuada por la Consejería, si procede asignará plaza en una escuela infantil de la provincia del solicitante, teniendo en cuenta las circunstancias excepcionales de cada caso.

    El plazo para la formalización de la matricula será de siete días naturales y comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución por la que se asigne la plaza.

    Sorteo para dirimir empates y Matriculación

    Contenido:

    Sorteo para dirimir empates

    Si persistiera el empate una vez aplicados los criterios de baremación, la adjudicación de vacantes se realizará de acuerdo con el resultado del sorteo público que se celebre cada año durante la segunda quincena de enero en la Consejería competente en materia de educación con el fin de determinar la combinación de la primera y segunda letra del primer apellido y la primera y segunda letra del segundo apellido, a partir del cual se harán las ordenaciones alfabéticas en el proceso de admisión. Cuando el apellido vaya precedido de preposiciones, conjunciones o artículos, éstos no serán tenidos en cuenta a los efectos de este sorteo. Para aquellos niños que carezcan de segundo apellido, se tendrá en cuenta como tal el primer apellido de la madre.

    Matriculación de alumnos

    La matrícula deberá formalizarse en la escuela infantil correspondiente antes del 30 de junio de cada año, mediante la presentación del modelo de formalización contenido en el Anexo IV y de la siguiente documentación:

    • Copia de la tarjeta de la Seguridad Social o del seguro médico donde esté inscrito el niño.
    • Copia de la cartilla de vacunaciones del niño.
    • Tres fotografías del niño, de tamaño carné.

    Para formalizar las matrículas de menores en proceso de adopción o acogimiento, será necesario presentar el certificado del Registro Civil en el que conste la filiación del menor o en su defecto certificado de convivencia en el que consten los datos del menor expedido por la entidad competente para la tramitación de la adopción o el acogimiento. De no presentarse esta documentación antes de la finalización del plazo de matrícula, la solicitud correspondiente pasará a la lista de espera ocupando la posición correspondiente a la puntuación obtenida.

    Si finalizado el período de matrícula, ésta no se hubiese formalizado, decaerá el derecho a la plaza obtenida, la cual se ofertará como vacante extraordinaria a los solicitantes incluidos en la lista de espera por orden de puntuación.

    Precios Públicos

    Contenido:

    Plazo de resolución

    • Las LISTAS PROVISIONALES de cada Escuela Infantil por orden de puntuación se publicarán antes del día 30 de MAYO en los Tablones de anuncios indicados a efecto de notificación. Podrán presentarse ALEGACIONES en el plazo de diez días naturales.
    • Las LISTAS DEFINITIVAS por riguroso orden de puntuación se publicarán en los tablones de anuncios indicados a efecto de notificación, antes del día 20 de JUNIO. Aquellos solicitantes que no obtengan plaza constituirán la lista de espera de cada Escuela Infantil.

    Notificación

    • En el Tablón de anuncios de la propia Escuela Infantil, de la Dirección Provincial de Educación y en a las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    • ORDEN EDU/137/2012, de 15 de marzo, por la que se regula el proceso de admisión en las escuelas infantiles en la Comunidad de Castilla y León para cursar el primer ciclo de educación infantil (BOCyL 20-03-2012) MODIFICADA POR ORDEN EDU/157/2013, de 22 de marzo (BOCyL 27-03-2013)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección Provincial de Educación

    Órgano que resuelve:

    Dirección Provincial de Educación

    Tramitación electrónica

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    Descargas

  • Tramitación electrónica

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    Fecha de publicación:

    23 de marzo de 2016

    Objeto:

    Participar en los procesos de admisión en las enseñanzas elementales y profesionales de música en los Conservatorios de Música de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2016/2017.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    • Alumnos que accedan por primera vez al conservatorio para cursar cualquier curso de las enseñazas elementales y profesionales de música.
    • Alumnos que vayan a cursar una especialidad instrumental distinta a aquélla por la que accedieron al conservatorio.
    • Alumnos que soliciten un nuevo conservatorio por cambio de residencia.
    • Alumnos que reingresen al conservatorio una vez trascurridos dos o más cursos desde que abandonaron sus estudios.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    ?Tener cumplidos los 8 años de edad, dentro del año natural en que se realice la prueba. Con carácter excepcional, podrán ser admitidos para la realización de dicha prueba, aspirantes de 7 años de edad que acrediten tener concedida la flexibilización de la escolarización por su condición de superdotación intelectual.
    ?Únicamente se podrá presentar en la Comunidad de Castilla y León una solicitud de admisión por especialidad instrumental y curso de modo que, si se ha presentado una solicitud en un conservatorio y después se desea presentar otra solicitud en otro distinto, será necesario renunciar previa y expresamente a la primera solicitud.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Modelos normalizados de solicitud (Anexos I a VII):
    a) Para solicitar la inscripción a la prueba de acceso, los recogidos en los Anexos I a IV.
    b) Para solicitar la admisión por reingreso, el recogido en el Anexo V.
    c) Para solicitar la especialidad instrumental para primer curso de las enseñanzas elementales, el recogido en el Anexo VI.
    d) Para solicitar la admisión por cambio de residencia, el recogido en el Anexo VII.
    La solicitud se presentará por triplicado ejemplar, junto con el resguardo del pago de la tasa en la correspondiente entidad bancaria.
    Los impresos de solicitud de admisión serán gratuitos y estarán a disposición de los interesados en los conservatorios profesionales de música de la Comunidad de Castilla y León, en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León, en la Sede Electrónica de la Junta de Castilla y León, y en las oficinas generales, en la departamental de la Consejería de Educación y en los puntos de información y atención al ciudadano de esta administración.
    En caso de que necesiten adaptaciones o condiciones especiales para la realización de la prueba, aportar la información precisa, en el momento de presentar la solicitud, para que el conservatorio pueda realizar la prueba de acceso en las condiciones necesarias para el aspirante.
    Únicamente se podrá presentar en la Comunidad de Castilla y León una solicitud de admisión por especialidad instrumental y curso de modo que, si se ha presentado una solicitud en un conservatorio y después se desea presentar otra solicitud en otro distinto, será necesario renunciar previa y expresamente a la primera solicitud.
    Junto al impreso de solicitud, los aspirantes deberán presentar la siguiente DOCUMENTACIÓN:

    DOCUMENTACIÓN a presentar (70 kbytes)

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    El plazo para presentar las solicitudes de ADMISIÓN o REINGRESO, será el comprendido entre el 3 y el 16 de mayo de 2016, ambos inclusive.
    El plazo para presentar las solicitudes de admisión por CAMBIO DE RESIDENCIA será el comprendido entre el 1 de julio al 31 de agosto de 2016, ambos inclusive.

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Electrónico:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Enseñanzas Régimen Especial

    Órgano que resuelve:

    Conservatorios de música

    Notificación:

    • En el Tablón de anuncios del organismo competente.

    Legislación aplicable:

    • Decreto 17/2005, de 10 de Febrero, por el que se regula la Admisión del alumnado en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunudad de Castilla y León (BOCyL 14-02-2005)
    • Orden EDU/1496/2005, de 7 de Noviembre que desarrolla el Proceso de Admisión del Alumnado en Centros Docentes que impartan Enseñanzas Artísticas y de Idiomas sostenidos con Fondos Públicos en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 14-11-2005)
    • RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, relativa a los procesos de admisión y matriculación de alumnos en las enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios de música de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 08-04-2013)
    • Decreto 11/2015, de 29 de enero, por el que se fijan los precios públicos por las enseñanzas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León para el curso académico 2015/2016 (BOCyL 02-02-2015)
    • RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2016, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan los procesos de admisión y matriculación de alumnos en las enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios de música de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2016/2017 (BOCyL 22-03-2016)

    Información adicional:

    Pago de Precio Público

    • Según lo establecido en el , por el que se fijan los precios públicos por las enseñanzas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León para el curso académico 2015/2016:
      • Prueba de acceso Enseñanzas Elementales 47,36 ?
      • Prueba de acceso Enseñanzas Profesioanels 52,62 ?
    • El Conservatorio correspondiente facilitará el nombre de la entidad bancaria y el nº de cuenta para efectuar el ingreso.

    Calendario de actuaciones

    • Los centros publicarán, en el tablón de anuncios, las LISTAS PROVISIONALES de admitidos y excluidos, incluyendo la causa, el 20 de mayo de 2016.
    • El plazo de subsanación de defectos o aportación de la documentación que hubiera dado lugar a la exclusión será del 23 de mayo al 2 de junio de 2016, ambos inclusive.
    • Los centros publicarán, en el tablón de anuncios, las LISTAS DEFINITIVAS de admitidos y excluidos el día 6 de junio de 2016.
    • Las PRUEBAS DE ACCESO para el curso 2016/2017 a las enseñanzas elementales y profesionales de música, se realizarán del 15 al 30 de junio de 2016. Los Conservatorios de Música publicarán en el tablón de anuncios, la convocatoria de estas pruebas, concretando las fechas de realización de cada uno de los ejercicios que las componen, con un mínimo de 15 días de antelación.

    Plazos de matriculación de alumnos

    • Los alumnos oficiales de las enseñanzas elementales y profesionales con todas las asignaturas superadas en junio, se efectuará entre el 1 y el 15 de julio de 2016, ambos inclusive.
    • El resto de alumnos oficiales y los que hubieran obtenido vacante mediante solicitud de plaza por cambio de residencia presentada en los meses de julio y agosto, formalizarán su matrícula entre el 1 y el 9 de septiembre de 2016, ambos inclusive.
    • Los alumnos de nuevo acceso, se matricularán en los tres días hábiles siguientes a la publicación de la adjudicación de sus vacantes. El listado con la adjudicación de estas vacantes se hará público en el tablón de anuncios de los Conservatorios de Música.

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.