Junta de Castilla y León

  • Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Fecha de publicación:

    11 de abril de 2016

    Objeto:

    Convocar la campaña de «Campos de Trabajo 2016». El total de plazas ofertadas asciende a 368 plazas, distribuidas de la siguiente manera:

    • a) 80 plazas ofertadas a jóvenes castellanos y leoneses en campos de trabajo organizados en Castilla y León (Anexo I)
    • b) 138 plazas ofertadas a jóvenes de otras Comunidades Autónomas en campos de trabajo organizados en Castilla y León.
    • c) 24 plazas ofertadas al SVI-INJUVE en campos de trabajo organizados en Castilla y León.
    • d) 86 plazas ofertadas a jóvenes de Castilla y León en campos de trabajo organizados por otras comunidades autónomas (Anexo II)
    • e) 40 plazas ofertadas a jóvenes de Castilla y León en Campos de Trabajo organizados por la Alianza de Organizaciones de Voluntariado Europeo, a resultas de la distribución de las plazas realizada por el Instituto de la Juventud de España ?SVI-INJUVE y que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es (Anexo III).

    El número total de plazas convocadas se podrá ver modificado en función de la disponibilidad de las Comunidades Autónomas, de lo que se dará oportuna publicidad en el portal de juventud www.juventud.jcyl.es.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Jóvenes que cumplan los requisitos exigidos.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    a) Estar empadronado en Castilla y León en la fecha de solicitar la participación en la campaña.
    b) Ser residente temporal o transeúnte en el ámbito territorial de la Autonomía de Castilla y León.
    c) Ser descendiente de castellanos y leoneses en el extranjero.
    d) Haber nacido en Castilla y León, con residencia o empadronamiento en otra comunidad autónoma.
    e) Ser descendiente de castellanos y leoneses, nacidos y residentes en otra comunidad autónoma.
    En los campos de trabajo ORGANIZADOS EN CASTILLA Y LEÓN, los jóvenes participantes deberán tener una edad comprendida entre los 18 años (cumplidos antes del inicio de la actividad solicitada) y los 30 años (que no han de superar durante la realización de la misma).
    En los campos de trabajo ORGANIZADOS EN OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS y en el EXTRANJERO por el SVI-INJUVE, las edades de participación serán las que fije la entidad organizadora. En el caso de que los participantes sean menores de edad, las solicitudes formuladas deberán estar firmadas por el padre/madre o representante legal.
    OTROS REQUISITOS: Además, los jóvenes al iniciar la actividad solicitada, deberán cumplir los requisitos establecidos para el campo de trabajo elegido según se especifica en los documentos «Campos de trabajo en Castilla y León», «Campos de trabajo en otras Comunidades Autónomas» y «Campos de trabajo en el extranjero (SVI-INJUVE)».
    Los participantes en los campos de trabajo internacionales (SVI?INJUVE) han de tener conocimiento del inglés o del idioma exigido por la organización del campo, con el nivel de conversación.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Solicitud en modelo normalizado. En la solicitud se indicará el código del campo de trabajo.
    Los jóvenes podrán solicitar un campo de trabajo tanto en Castilla y León, como en otras comunidades autónomas y en el extranjero (SVI-INJUVE). No obstante, para cada una de las categorías, los interesados podrán presentar solamente un formulario de solicitud en el que anotarán un solo campo de trabajo.
    No podrá presentarse una nueva solicitud ni modificarse la solicitud presentada. Cuando un solicitante figure en más de una solicitud para un mismo campo de trabajo, únicamente se tendrá como válida para esa actividad la grabada en primer lugar.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Desde el 12 de abril de 2016 hasta el 25 de abril de 2016

    Más Detalles:

    El plazo de presentación finalizará el día 25 de abril inclusive, tanto para quienes soliciten participar en campos de trabajo del SVI-INJUVE como para los solicitantes de campos de trabajo en Castilla y León y en el resto de las comunidades autónomas.

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    Electrónico:

    Te interesa saber:

    Información del Programa y calendario de actuaciones

    Contenido:

    1. Los interesados podrán informarse sobre los diferentes aspectos del programa, obtener los formularios de solicitudes de participación en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es; en las Secciones del Instituto de la Juventud en cada provincia, en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano que se relacionan en el documento publicado en la sede electrónica indicada (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

    Para los campos de trabajo organizados por el Servicio de Voluntariado Internacional (SVI), gestionado por el Instituto de la Juventud de España (INJUVE), se podrá obtener más información en la página web http://www.injuve.es, en el apartado «VOLUNTARIADO».

    2. Los desplazamientos de ida y vuelta desde el domicilio del participante al lugar en que se ubica el campo de trabajo tanto en España como en el extranjero serán por cuenta del participante. La incorporación al campo de trabajo se realizará el día de inicio de las actividades y según las instrucciones de la entidad organizadora. Si se demorase la incorporación, deberá informar a la organización sobre el retraso, así como del día y la hora que tiene prevista su incorporación.

    3. En los campos de trabajo organizados en Castilla y León, las condiciones de participación referidas a los jóvenes voluntarios son las siguientes:

    • Alojamiento en instalaciones adecuadas al objeto de la actividad.
    • Alimentación en régimen de pensión completa.
    • Realización de un programa de actividad principal, y también actividades complementarias de animación sociocultural y actividades de tiempo libre adecuado a la edad de los participantes, que potencien su integración en el grupo y la convivencia en la comunidad donde se desarrolle el proyecto.
    • El campo de trabajo a desarrollar, podrá referirse a alguna de las siguientes modalidades como actividad principal: integración social de jóvenes; actuaciones medioambientales; restauración y rehabilitación de elementos arquitectónicos tradicionales de titularidad pública; investigación y recuperación etnográfica; arqueología; animación sociocultural, expresión artística y dinamización rural.
    • El número de participantes será de 22 por turno, sin incluir en dicha cifra el personal técnico y de animación, el personal de servicios, en prácticas o el de apoyo a las actividades.
    • El horario de trabajo para el desarrollo de la actividad principal del campo será de cinco horas de media diaria y durante cinco días a la semana, preferentemente de lunes a viernes y en horario de mañana. La animación del grupo de jóvenes y el desarrollo de las actividades complementarias se llevarán a cabo preferentemente en horario de tarde de lunes a viernes, así como en sábados y domingos.

    4. Los campos de trabajo organizados en otras comunidades autónomas y en el extranjero por el Servicio del Voluntariado Internacional (SVI), se regirán por sus propias normas. El Instituto de la Juventud de Castilla y León actuará como enlace entre los jóvenes y la Comunidad Autónoma o entidad organizadora del campo, y no será responsable de las admisiones definitivas, de los cambios de fechas o de las suspensiones de actividades o turnos, y tampoco del tipo de alojamiento, alimentación, horas de trabajo, organización del tiempo libre ni de la devolución de la cuota. El desarrollo de estos campos de trabajo, en todos sus aspectos, es responsabilidad de la entidad que los organiza.

    Cuota de participación

    Contenido:

    1. Los seleccionados en los campos de trabajo de Castilla y León deberán ingresar una cuota de 90 ? en la cuenta número ES45 2104 0062 27 9143498627 de la entidad Banco CEISS, a favor del Instituto de la Juventud de Castilla y León, indicando nombre y apellidos del participante y el código del campo de trabajo adjudicado.

    2. En el régimen de intercambio de plazas, las comunidades autónomas establecerán, el importe de la cuota de participación, la forma de pago y los números de cuenta de ingresos para cada campo de trabajo, que se expondrá en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud, http://www.juventud.jcyl.es

    3. Los seleccionados en los campos de trabajo internacionales del SVI ? INJUVE deberán ingresar una cuota de 90 ?, en el número de cuenta citado en el punto 1 de este dispongo, a favor del Instituto de la Juventud de Castilla y León, indicando nombre y apellidos del interesado y el código del campo de trabajo adjudicado.

    En algunos campos de trabajo internacionales se exige el pago de una cantidad complementaria en euros o dólares, cantidad que se abonará a la propia organización al incorporarse al campo de trabajo, debiendo exigir el recibo o justificante de pago.
    Confirmación de las plazas y renuncia.

    Contenido:

    Campos de trabajo en Castilla y León y en otras comunidades autónomas

    • Para confirmar las plazas, los seleccionados deberán presentar, en las Secciones de Juventud o en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación:
      • a) Ficha de confirmación que dispone el Anexo V de la presente orden, conforme al formulario «Ficha de confirmación» publicado en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es
      • b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria, haciendo constar el nombre y apellidos del participante y la denominación y el código del campo de trabajo.
      • c) Copia del documento nacional de identidad, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal.
      • d) Acreditación de la residencia fija o temporal y demás requisitos, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para acceder al servicio de verificación de datos de residencia.
      • e) Copia de la tarjeta sanitaria del Sistema Nacional de Salud, de una mutualidad o seguro privado.
    • Los jóvenes que tengan confirmada alguna plaza, podrán renunciar a la misma comunicándolo al Instituto de la Juventud por escrito a través de fax 983-317 209 o por correo electrónico campostrabajo@jcyl.es.
    • En el escrito se indicará expresamente que se renuncia a la participación en el campo de trabajo inscrito.
    • Corresponde al Instituto de la Juventud comunicar las renuncias recibidas al gestor del campo o a la Comunidad Autónoma en donde se desarrolla el campo de trabajo.

    Campos de trabajo internacional del SVI ? INJUVE

    • Para confirmar las plazas, los seleccionados deberán presentar, en las Secciones de Juventud Secciones del Instituto de la Juventud y o en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación:
      • a) Ficha de confirmación denominada «Formulario de Intercambio de Voluntarios» (cumplimentado en lengua inglesa) conforme al modelo del SVI-INJUVE, publicado en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es
      • b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria, haciendo constar el nombre y apellidos del participante y el código del campo de trabajo.
      • c) Copia del documento nacional de identidad, NIE vigente o pasaporte, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal.
      • d) Acreditación de la residencia, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para acceder al servicio de verificación de los datos de residencia.
      • e) Copia de la tarjeta sanitaria europea del Sistema Nacional de Salud, de una mutualidad o seguro privado.
      • f) Carta de motivación personal de participación, en inglés u otro idioma, cuando la organización del campo de trabajo lo exija. Esta carta de motivación se ha de enviar a la dirección: svi@injuve.es.
    • El solicitante no podrá considerar definitivamente confirmada su plaza, hasta que el SVI-INJUVE no le notifique su admisión por la entidad de voluntariado extranjera responsable del campo de trabajo, fecha a partir de la cual podrá llevar a cabo los trámites necesarios para su incorporación al campo de trabajo, tales como reserva de billete, seguro de viaje, visado u otros.
    • Si transcurridos los plazos indicados en el punto séptimo no se abonara la cuota y se confirmara la plaza, se considerará que se renuncia a ella.
    • Los jóvenes que tengan confirmada alguna plaza, podrán renunciar a la misma comunicándolo lo antes posible y siempre con anterioridad al inicio del campo de trabajo al Instituto de la Juventud por escrito a través de fax 983 317 209 y al correo electrónico campostrabajo@jcyl.es.
    • Corresponde al Instituto de la Juventud comunicar al SVI-INJUVE, las renuncias recibidas.
    Listados Sorteo

    Fecha de publicación:29 de abril de 2016

    Contenido:

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Participación, Información y Planificación

    Órgano que resuelve:

    Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León

    Notificación:

    • En el Tablón de anuncios del organismo competente.

    Recursos:

    • Alzada.

    Legislación aplicable:

    • ORDEN FAM/236/2016, de 5 de abril, por la que se convoca el Programa "Campos de Trabajo 2016" de Castilla y León (BOCyL 11-04-2016)

  • Objeto

    Cancelar la homologación de los modelos inscritos de material de apuestas.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Empresas fabricantes o importadoras de material de apuestas.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Abierto y permanente.

    Plazo de resolución

    • 3 meses.

    Notificación

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
    • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Estimatorio

    Legislación aplicable

    • Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León. (BOCyL 01-07-1998)
    • Decreto 53/2014, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las Apuestas de la Comunidad de Castilla y León y de modifica el Decreto 44/2001 de 22 de febrero por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 29-10-2014)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Juego

    Órgano que resuelve:

    Dirección de Administración Local

    Información adicional

    • La inscripción podrá cancelarse, siempre que se constate debidamente que no se encuentra en explotación ningún material de apuestas del modelo correspondiente en el territorio de la Comunidad Autónoma.
    • Asimismo, las inscripciones podrán revocarse de oficio, previa audiencia del interesado, cuando se constate que las características del modelo no se ajustan a la documentación aportada, o se hayan efectuado modificaciones en los elementos técnicos que determinen la alteración sustancial respecto al material homologado y siempre que tales hechos sean imputables al titular de la inscripción.

    Tramitación electrónica

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  • Objeto

    Permitir la cancelación y revocación de la inscripción en el registro de modelos de máquinas de juego.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Empresas inscritas en el Registro de empresas relacionadas con las máquinas de juego a cuyo nombre figura el modelo

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

    • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte del solicitante, si fuese persona física o de los socios, administradores, consejeros y directivos en el supuesto de personas jurídicas.
    • En su caso, documento que acredite la representación por parte de quien suscribe la solicitud.
    • Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes del solicitante, si se tratara de persona física, o de los administradores y consejeros si fuera persona jurídica.
    • Tratándose de personas jurídicas, se acompañará copia debidamente compulsada de los estatutos de la sociedad, así como de la de modificaciones posteriores si las hubiere, donde constarán la cuantía del capital social, los nombres y las cuotas de participación de los socios.
    • En su caso, copia del número del Código de Identificación Fiscal y justificante de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
    • Certificado de encontrarse en situación de alta la empresa y, en su caso, los trabajadores en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
    • Justificante de la constitución de la fianza en la cuantía que corresponda.
    • Justificante de la inscripción en el Registro Mercantil, en el caso de personas jurídicas.
    • Declaración jurada de que ningún socio o accionista se encuentra en alguna de las causas de inhabilitación señaladas en el artículo 7 de la Ley 4/1998, de 24 de junio.
    • Copia compulsada de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de Personas físicas y del Patrimonio o declaración del impuesto sobre Sociedades, si fuera persona jurídica, del último ejercicio fiscal.
    • Copia de la carta de pago de la tasa administrativa, conforme a la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Abierto de forma permanente.

    Plazo de resolución

    • 3 meses.

    Notificación

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Estimatorio

    Legislación aplicable

    • LEY 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León (BOCyL 01-07-1998).
    • DECRETO 17/2003, de 6 de febrero, por el que se crean y regulan los Registros de Modelos y de Empresas Relacionadas con las Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 12-02-2003 Corrección en BOCyL 14-02-2003).
    • DECRETO 12/2005, de 3 de febrero, por el que se aprueba el reglamento regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 09-02-2005).
    • DECRETO 94/2007, de 27 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 12/2005, de 3 de febrero, y el Reglamento Regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León, que en él se aprueba (BOCyL 03-10-2007).
    • DECRETO 60/2011, de 6 de octubre, por el que se modifica el Decreto 17/2003, de 6 de febrero, por el que se crean y regulan los registros de modelos y de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar de la Comunidad de Castilla y León, el Decreto 12/2005, de 3 de febrero, y el Reglamento Regulador de las Máquinas de Juego y de los Salones de Juego de la Comunidad de Castilla y León, que en él se aprueba (BOCyL 13-10-2011).

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Juego

    Órgano que resuelve:

    Director de Administración Local

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Información de tasas

    Descargas

  • Objeto

    Cancelar la inscripción en el registro de personas que tienen prohibidos la entrada a los establecimientos de juego de la Comunidad de Castilla y León.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El interesado

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    • Ser mayor de 18 años.

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    En cualquier momento, transcurridos 6 meses desde la inscripción.

    Plazo de resolución

    • 3 MESES.

    Notificación

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Estimatorio

    Legislación aplicable

    • Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León. (BOCyL 01-07-1998).
    • Decreto 1/2008, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de los Casinos de Juego de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 16-01-2008)
    • Decreto 21/2013, de 20 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Regulador del Juego del Bingo en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 26-06-2013)
    • Decreto 53/2014, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las Apuestas de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 29-10-2014)
    • Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ), regulado en el Real Decreto 1624/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros de juego.

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Juego

    Protección de los datos de carácter personal

    Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (87 kbytes)

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Descargas

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    Trámites:

  • Objeto

    Cancelar la inscripción y los permisos de explotación provisionales en la Comunidad de Castilla y León.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Empresas Operadoras y Fabricantes autorizadas

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    • Ser titular del permiso de explotación provisional.

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Abierto de forma permanente.

    Plazo de resolución

    • 3 MESES.

    Notificación

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Estimatorio

    Legislación aplicable

    • Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León. (BOCyL 01-07-1998).
    • Decreto 12/2005, de 3 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las Máquinas de Juego y de los Salones de Juego de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 09-02-2005)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Consejería de la Presidencia

    Órgano gestor:

    Dirección de Administración Local

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Descargas

  • Objeto

    Cancelar la inscripción en el Registro de empresas relacionadas con las máquinas de juego y de azar de Castilla y León.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Empresas inscritas en el Registro de empresas relacionadas con las máquinas de juego

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Abierto de forma permanente.

    Plazo de resolución

    • 3 MESES a partir de la presentación ante el Órgano Gestor.

    Notificación

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Estimatorio

    Legislación aplicable

    • LEY 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León (BOCyL 01-07-1998).
    • DECRETO 17/2003, de 6 de febrero, por el que se crean y regulan los Registros de Modelos y de Empresas Relacionadas con las Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 12-02-2003 Corrección en BOCyL 14-02-2003).
    • DECRETO 12/2005, de 3 de febrero, por el que se aprueba el reglamento regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 09-02-2005)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Juego

    Órgano que resuelve:

    Director de Administración Local

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Descargas

  • Objeto

    Dar de baja definitivamente una máquina y autorizar una nueva de las mismas características para su sustitución a efectos fiscales.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier interesado, sea ciudadano, empresa o entidad, que sea empresa operadora podrá solicitar una nueva autorización de explotación de una máquina de la que sea titular, al amparo de la baja definitiva de otra del mismo tipo.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    • Ser la empresa operadora titular de la nueva máquina así como de la que se va a proceder a dar de baja.
    • Presentar declaración de la sustitución sin efectuar liquidación ni pago.
    • Habrá de exhibir el ejemplar en su poder de la declaración-liquidación de la cuota anual de la máquina a sustituir y las cartas de pago correspondientes a los ingresos realizados.

    ¿Qué documentos necesito?

    Se deberá cumplimentar el formulario de solicitud, acompañado de la siguiente documentación:

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Abierto de forma permanente.

    Plazo de resolución

    • 3 MESES a partir de la presentación ante el Órgano Gestor.

    Notificación

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Estimatorio

    Legislación aplicable

    • LEY 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León (BOCyL 01-07-1998).
    • DECRETO 17/2003, de 6 de febrero, por el que se crean y regulan los Registros de Modelos y de Empresas Relacionadas con las Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 12-02-2003 Corrección en BOCyL 14-02-2003).
    • DECRETO 12/2005, de 3 de febrero, por el que se aprueba el reglamento regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 09-02-2005).
    • DECRETO 94/2007, de 27 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 12/2005, de 3 de febrero, y el Reglamento Regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León, que en él se aprueba (BOCyL 03-10-2007).
    • DECRETO 60/2011, de 6 de octubre, por el que se modifica el Decreto 17/2003, de 6 de febrero, por el que se crean y regulan los registros de modelos y de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar de la Comunidad de Castilla y León, el Decreto 12/2005, de 3 de febrero, y el Reglamento Regulador de las Máquinas de Juego y de los Salones de Juego de la Comunidad de Castilla y León, que en él se aprueba (BOCyL 13-10-2011).
    • ORDEN de 30 de diciembre de 2000, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo de declaración-liquidación y se establecen normas para la gestión y pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego que grava las máquinas o aparatos automáticos (BOCyL 02-01-2001) CORRECCION de errores y MODIFICACION.

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Órgano que resuelve:

    Delegaciones Territoriales

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Información de tasas

    Descargas

  • Descripción:

    Sistema que permite realizar la carga de los datos estadísticos trimestrales de las diferentes estaciones ITV, por parte de las Entidades Concesionarias de ITV.

    Consejería / Centro Directivo:

    Destinatarios:

    Empresas y Autónomos

    Enlace al tramite / servicio:

    Carga de Datos Estadísticos de ITV

  • Descargar formulario

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    Trámites:

    Objeto:

    El Carné Joven Europeo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León es un programa iniciado en 1988, con el objetivo de facilitar a los jóvenes el acceso a bienes culturales y servicios que contribuyan a mejorar su calidad de vida y favorecer su movilidad geográfica.
    Esta tarjeta se emite en dos modalidades diferentes:

    • Carné Joven Europeo Clásico
    • Carné Joven Europeo Financiero

    Ambas modalidades te acreditan como beneficiario del mismo y permiten obtener las ventajas a las que tienes derecho. La segunda, además, sirve como tarjeta de crédito o débito, por lo que podrás emplearla en cualquier cajero automático o como medio de pago en tus compras.

    El Carné Joven Europeo ofrece descuentos en muchos establecimientos de nuestra Comunidad Autónoma, de otras comunidades españolas y en los países europeos adheridos al programa.

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    Jóvenes con edad comprendida entre 14 y 30 años ambos inclusive

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    Edad y residencia temporal/permanente en territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Formulario de solicitud en modelo normalizado dirigido a la Unidad Territorial de Juventud de la provincia correspondiente.
    Justificante del abono de la cuota del carné en el impreso de liquidación de la tasa.
    Al presentar esta solicitud se deberá exhibir el DNI, NIE o Pasaporte (sólo exhibirlo, no es necesario aportar fotocopia).

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Abierto de forma permanente.

    Lugar y Forma de presentación:

    Presencial:

    • Las solicitudes se presentarán en alguno de los Puntos de expedición (donde harán entrega del carné) o en los Puntos de tramitación (donde recogerán la documentación y avisarán dónde y cuándo se puede recoger)
    • Puntos de expedición y tramitación (568 kbytes)

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Formación, Tiempo Libre y Turismo Juvenil

    Órgano que resuelve:

    Secciones de Juventud

    Plazo de resolución:

    • 3 MESES.

    Recursos:

    Alzada.

    Efecto del silencio administrativo:

    Estimatorio

    Legislación aplicable:

    • Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León (BOCyL 19-07-2002).

    Información adicional:

    • PRECIO: 3 ? para la de 1 año, 6 ? para la de 2 años y 9 ? para la de 3 años
    • VALIDEZ: 1, 2 ó 3 años y el cómputo para cualquiera de estas vigencias serán de fecha a fecha.
    • Para más información: www.castillayleonjoven.com

  • Objeto

    Procedimiento por el que se establecen las condiciones de colaboración de entidades públicas y privadas en la gestión del Carné Joven Europeo.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    • Los órganos competentes de juventud de diputaciones provinciales y de ayuntamientos de más de 20 mil habitantes, el Consejo de la Juventud de Castilla y León.
    • Aquellas entidades públicas y privadas vinculadas con el ámbito de juventud que cumplan los requisitos establecidos.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    LOS PUNTOS DE EXPEDICIÓN (ver archivo), llevarán a cabo todo el procedimiento recibiendo la solicitud y el resto de documentos exigidos, siendo los encargados de imprimir y entregar o hacer llegar el carné joven al usuario y deberán cumplir los siguientes requisitos:
    1. Disponer como mínimo de un puesto con una persona asignada al mismo con atención al público de al menos 25 horas semanales.
    2. Contar con el equipo informático adecuado que contará con conexión a Internet, correo electrónico además de escaner y/o cámara web.
    3. Impresora de tarjetas con especificaciones requeridas para la impresión del carné joven europeo.
    LOS PUNTOS DE TRAMITACIÓN, recogerán toda la documentación necesaria para la expedición del carné joven y darán traslado de la misma a los puntos de expedición de las unidades territoriales de juventud de la provincia en el que este ubicado y deberán cumplir los siguientes requisitos:
    1. Disponer como mínimo de un puesto con una persona asignada al mismo con atención al público de al menos 12 horas semanales.
    2. Contar con el equipo informático adecuado que contará con conexión a Internet, correo electrónico además de escaner y/o cámara web.
    Hay que tener en cuenta las excepciones previstas en el apartado de observaciones del modelo de solicitud para el reconocimiento de entidades gestoras en la emisión del Carné Joven Europeo.

    ¿Qué documentos necesito?

    Formulario de solicitud en modelo normalizado dirigido al Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Abierto de forma permanente.

    Plazo de resolución

    3 MESES.

    Notificación

    • Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    • LEY 11/2002, de 10 de julio de Juventud de Castilla y León (BOCyL 19-07-2002 y corrección errores en BOCyL 11-11-2002)
    • DECRETO 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil de Castilla y León (BOCyL 15-10-2003, Corrección de errores en BOCyL 2-12-2003) [Modificado por DECRETO 82/2015, de 23 de diciembre - BOCyL 28-12-2015]

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Instituto de la Juventud de Castilla y León

    Órgano gestor:

    Servicio de Instalaciones y Gestión Administrativa

    Órgano que resuelve:

    Instituto de la Juventud de Castilla y León

    Información adicional

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

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