Realización ante la Dirección General de Telecomunicaciones de cualquier trámite en materia de servicios de comunicación audiovisual que no cuente con un modelo normalizado específico conforme a la Orden FYM/148/2016, de 23 de febrero, por la que se regulan los procedimientos en materia de servicios de comunicación audiovisual.
Trámites que pueden realizarse a través de este formulario genérico:
Personas físicas y jurídicas
Presencial:
Electrónico:
Abierto de forma permanente.
Servicio de Medios Audiovisuales y Régimen Jurídico
Más información: Correo electrónico: comunicacion.audiovisual@jcyl.es
C/ Rigoberto Cortejoso, 14 - C.P.: 47014 - Valladolid (Valladolid)
Teléfonos: Servicio de Medios Audiovisuales y Régimen Jurídico.
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (117 kbytes)
Reconocimiento, pérdida de la condición de familia numerosa, así como expedición o renovación del título.
Son familias numerosas las formadas por uno o dos ascendientes con tres o más hijos/as (sean o no comunes).
Se equiparan a familia numerosa otras situaciones:
Presencial:
Electrónico:
Para que se reconozca y mantenga el derecho a ostentar la condición de familia numerosa, los hijos o hermanos deberán reunir las siguientes condiciones:
a) Ser solteros y menores de 21 años de edad, o ser discapacitados o estar incapacitados para trabajar, cualquiera que fuese su edad. Tal límite de edad se ampliará hasta los 25 años de edad incluidos, cuando cursen estudios que se consideren adecuados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
b) Convivir con el ascendiente o ascendientes, sin perjuicio de lo previsto en el supuesto de separación de los ascendientes. Se entenderá en todo caso que la separación transitoria motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares no rompe la convivencia entre padres e hijos.
c) Depender económicamente del ascendiente o ascendientes.
Si la solicitud se presenta DE FORMA TELEMÁTICA debe acompañarse como archivo anexo copia de los documentos relacionados que resulten procedentes.
En caso de RENOVACIÓN del Título de Familia Numerosa, además de la copia de los documentos relacionados que resulten procedentes o que acrediten modificaciones de los datos que figuran en el Título desde el reconocimiento o última renovación si las hubiere, deberá presentarse el Título.En caso de presentar la solicitud de renovación por telefax o de forma telemática, el título de familia numerosa deberá aportarse en la forma prevista en el apartado 1 del artículo 4 (de forma presencial), junto con la copia de la solicitud presentada.
DOCUMENTACIÓN a presentar (164 kbytes)
Abierto y permanente.
Contenido:
Clasificación de las familias numerosas:
Se equiparan a la Categoría especial:
Cada hijo con discapacidad igual o superior al 33% o incapacitado para trabajar, computa como dos para determinar la categoría en la que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.
Contenido:
Si el título de familia numerosa hubiera caducado, debe dirigirse a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de su provincia de residencia y allí solicitará la renovación. En la página web de la Junta de Castilla y León encontrará la documentación que debe aportar y que es diferente dependiendo de la edad de los hijos, del estado civil de los progenitores, de que algún hijo ya se encuentre trabajando, etc.
Contenido:
Contenido:
La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia (BOE de 29 de julio de 2015), en su Disposición Final Quinta, contiene varias modificaciones de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.Se modifican los siguientes apartados:
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*LA MODIFICACIÓN CONSISTE EN QUE LAS FAMILIAS NUMEROSAS PODRÁN MANTENER EN VIGOR EL TITULO MIENTRAS AL MENOS UNO DE LOS HIJOS SIGA CUMPLIENDO LOS REQUISITOS LEGALMENTE PREVISTOS.
*LA MODIFICACIÓN HA ENTRADO EN VIGOR EL 17 DE AGOSTO DE 2015, Y SÓLO ES APLICABLE A LOS TITULOS QUE SE ENCUENTREN EN VIGOR EN ESA FECHA. LOS TITULOS QUE SE HAYAN EXTINGUIDO ANTES DEL 17 DE AGOSTO DE 2015 NO TIENEN DERECHO A RECUPERARLO AUNQUE SIGAN TENIENDO HIJOS MENORES DE 21 A 26 AÑOS A CARGO.
Secciones de Familia de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
Secciones de Familia de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
Objeto
Obtener el título de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transporte por convalidación una vez finalizada la formación correspondiente.
Toda persona que esté en posesión del Certificado Académico de Técnico Superior en Gestión del Transporte o de Técnico Superior en Transporte y Logística.
Presencial:
Haber finalizado la Formación Profesional de Técnico Superior en Gestión del Transporte o de Técnico Superior en Transporte y Logística.
Solicitud en Modelo normalizado, acompañanada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Acreditación de la representación.
Justificante de haber ingresado la tasa.
Fotocopia compulsada del Certificado Académico de Formación Profesional de Técnico Superior en Gestión del Transporte o de Técnico Superior en Transporte y Logística.
Fotocopia compulsada del DNI en caso de NO AUTORIZAR a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para obtener directamente y/o por medios telemáticos la información necesaria para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en cuya virtud deba pronunciarse la resolución (certificado acerca de verificación de datos de identidad), de acuerdo con el Decreto 23/2009, de 26 de marzo, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos y ORDEN ADM/941/2009, de 2 de mayo.
Abierto de forma permanente.
Desestimatorio
Real Decreto 1572/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Transporte y Logística y se fijan sus enseñanzas mínimas. (BOE 13-12-2011).
DECRETO 54/2013, de 31 de julio, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte y Logística en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 07-08-2013).
Servicio de Ordenación e Inspección
Dirección General de Transportes
TASAS: Hay que liquidar la Tasa en materia de transportes por carretera (Código 303.1.3.3 «Por la expedición de certificados o emisión de duplicados») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
Regular la idoneidad preceptiva de las personas que se ofrecen para adoptar para tramitar adopciones tanto nacionales como internacionales.
Cualquier persona mayor de 25 años.
- Residencia efectiva y habitual en el territorio de la Comunidad de Castilla y León durante más de 6 meses al año.
- Aceptar someterse a los procesos de estudio y valoración para determinar su idoneidad para la adopción.
- Asistencia obligatoria al Servicio de Información y de Formación de adopciones.
El ofrecimiento se presentará en modelo normalizado disponible en esta sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o se podrá recoger en el Servicio Regional de Información sobre Adopciones, previa cita en el teléfono 902 361 857 o 983 217 032, o en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la provincia de residencia.
Junto al ofrecimiento, se presentará copia del DNI/NIE de cada persona que se ofrezca para adoptar o autorización para acceder a los datos identificativos.
El ofrecimiento puede presentarse desde el momento en que se reúnen todos los requisitos de capacidad legal para ser adoptantes.
Desestimatorio
B. Normativa de ámbito estatal
C. Normativa de ámbito autonómico
Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
Directora General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (471 kbytes)
Visado de los contratos de opción de compra, compraventa, adjudicación o arrendamiento de viviendas de protección pública, así como de las transmisiones mortis causa.
Adquirentes, adjudicatarios o arrendatarios de viviendas declaradas o calificadas como de protección pública.
Presencial:
Electrónico
Contrato de opción de compra, compraventa o adjudicación, del proyecto de donaciones o del contrato de arrendamiento con o sin opción a compra.
En el caso de víctimas de violencia de género o terrorismo deberá aportarse acreditación documental de dicha condición.
Si el solicitante tuviera descendientes deberá aportar libro de familia o documento oficial que lo acredite.
En caso de separación o divorcio deberá aportarse sentencia de separación o divorcio, junto con el convenio regulador.
En el caso de ser propietario de otra/s vivienda/s, deberá aportar fotocopia compulsada del título de propiedad, y documentación acreditativa de la valoración de la/s misma/s, determinada de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
En caso de haber solicitado u obtenido ayudas financieras en los últimos diez años para la misma finalidad, deberá indicarse el tipo de ayuda solicitada o recibida, el importe solicitado o recibido así como el número de expediente.
Los plazos se cuentan desde la firma del contrato:
Adquisición de vivienda de nueva construcción en primera transmisión: 15 días.
Adquisición de vivienda de protección pública en segunda o posterior transmisión, o adquisición mortis causa: 15 días.
Arrendamiento de vivienda: 15 días. En este supuesto la resolución se notificará al arrendador y al arrendatario.
Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
Estimatorio
Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo
Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (64 kbytes)
27 de abril de 2016
Reconocer y premiar la gestión llevada a cabo por las empresas del sector y los esfuerzos de personas y entidades para contribuir al desarrollo, difusión y fomento del coperativismo y de la economía social.
Se otorgarán 4 pemios, uno en cada una de las modalidades:
a) Premio a la mejor empresa cooperativa del año.
b) Premio a la mejor iniciativa cooperativa.
c) Premio a la mejor empresa con otras formas jurídicas de economía social.
d) Premio a la persona o entidad que se haya distinguido por su contribución al desarrollo del cooperativismo y la economía social.
Sociedades cooperativas o entidades de economía social, así como cualquier entidad pública o privada de Castilla y León
MODALIDADES:
1.? Al Premio a la mejor empresa cooperativa del año podrán optar las empresas cooperativas que tengan su domicilio social en la Comunidad de Castilla y León y hayan desarrollado su actividad económica principalmente en el ámbito territorial de la misma y que destaquen por su trayectoria empresarial.
2.? Al Premio a la mejor iniciativa cooperativa podrán optar las empresas cooperativas, que tengan su domicilio social en la Comunidad de Castilla y León y hayan desarrollado su actividad económica principalmente en el ámbito territorial de la misma y hayan realizado un especial esfuerzo innovador o sean fruto de nuevas experiencias emprendedoras.
Para concurrir a este premio, la cooperativa deberá haber iniciado su actividad, abierto un nuevo centro, lanzado un nuevo producto, incorporado una nueva técnica o realizado cualquier tipo de innovación con posterioridad a 1 de enero de 2011.3.? Al Premio a la mejor empresa con otras formas jurídicas de economía social podrán optar las empresas de economía social que tengan forma jurídica diferente a la sociedad cooperativa siempre que tengan su domicilio social en la Comunidad de Castilla y León y hayan desarrollado su actividad económica principalmente en el ámbito territorial de la misma y que destaquen por su trayectoria empresarial, o hayan realizado un especial esfuerzo innovador o sean fruto de nuevas experiencias emprendedoras.
4.? Al Premio a la persona o entidad que se haya distinguido por su contribución al desarrollo del cooperativismo y la economía social podrán optar las personas físicas y las entidades que hayan realizado actividades relevantes en la Comunidad de Castilla y León para el fomento y desarrollo del cooperativismo y la economía social.Un mismo candidato solamente podrá optar a una categoría de las convocadas.
Los premios tienen carácter honorífico y consistirán en un trofeo emblemático y la correspondiente acreditación
Solicitud de presentación de candidatura, en modelo normalizado Anexo, debidamente cumplimentado y acompañado de:
Memoria descriptiva de los méritos de las candidaturas propuestas, con indicación de la actividad desarrollada. Se harán constar todos aquellos aspectos relevantes para la valoración de la candidatura y se aportarán los documentos o datos justificativos de la misma.
La Comisión de Valoración podrá solicitar, respecto de las candidaturas presentadas, que se amplíe la información integrante de la documentación aportada, solicitando aquélla que estime pertinente.
Desde el 28 de abril de 2016 hasta el 30 de junio de 2016
Dirección General de Economía Social y Autónomos
La Consejera de Empleo resolverá el otorgamiento de los premios en el plazo máximo de 3 MESES contados desde la finalización del plazo de presentación de candidaturas, mediante orden que será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
La entrega de premios podrá efectuarse en un acto público convocado al efecto.
Los galardonados podrán hacer constar que están en posesión del premio en membretes, anuncios y otros distintivos análogos y llevar a cabo actuaciones de publicidad del mismo en los medios de comunicación, debiendo especificarse, en todo caso, la modalidad y el año de concesión de éste.
ORDEN EMP/1054/2016, de 14 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de la X Edición de los Premios de la Comunidad de Castilla y León al Cooperativismo y la Economía Social. (BOCyL 22-12-2016)
ORDEN EMP/1054/2016, de 14 de diciembre (BOCyL 22-12-2016) (598 kbytes)
12 de septiembre de 2016
Reconocer y galardonar a los mejores profesionales de la comunicación que hayan destacado por sus trabajos periodísticos o trayectoria profesional en la Comunidad de Castilla y León. El Premio tendrá las siguiente categorías:
Podrán ser candidatos a obtener el Premio de Periodismo Francisco de Cossío en la categoría de «Mejor labor profesional» los trabajos publicados o difundidos en medios de comunicación, entre el 24 de septiembre de 2015 y la fecha de publicación de la presente convocatoria.
Podrán presentar propuestas para ambas categorías, bien por iniciativa propia, bien previa invitación del jurado, los profesionales, las empresas editoras de medios de comunicación, el Colegio Profesional de Periodistas de Castilla y León y cualquiera de sus colegiados, las asociaciones de carácter profesional y las universidades. Se presentará una solicitud por cada trabajo propuesto y un máximo de tres trabajos por autor.
Asimismo, el jurado y cada uno de sus miembros podrán presentar las candidaturas que consideren oportunas en ambas categorías.
Además de los galardones a los premiados, podrán concederse menciones especiales que consistirán en un diploma acreditativo.
Las candidaturas se presentarán a través de la solicitud, en modelo normalizado, una por cada trabajo propuesto y máximo tres trabajos por autor, e irán dirigidas al Consejero de Presidencia, junto con una memoria justificativa de la propuesta presentada, en la que se describa qué méritos tiene ?a juicio del proponente? ese trabajo o profesional; así como el material exigido para cada modalidad, según proceda:
- Copia de la página o páginas del medio de comunicación en el que haya sido publicado el trabajo (prensa y fotografía), y en su caso, copia en formato DVD, acompañado del guión del trabajo (radio y televisión).
- Referencia del medio donde se acredite hora, fecha de difusión y cualquier otro dato relevante en función del tipo de trabajo realizado, según se indica en el modelo normalizado.
Desde el 13 de septiembre de 2016 hasta el 14 de octubre de 2016
ORDEN PRE/950/2016, de 11 de noviembre, por la que se resuelve el Premio de Periodismo «Francisco de Cossío», correspondiente al año 2016. (BOCyL 17-11-2016)
20 de marzo de 2017
Convocar el programa «Cursos de Inglés para Jóvenes Semana Santa 2017» y establecer las condiciones de participación, con un total de 146 plazas.
Los Cursos de Inglés para jóvenes Semana Santa 2017 agrupan:
Jóvenes que cumplan los requisitos
a) Estar empadronado en Castilla y León, a fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.
b) Además, sólo en la fase de adjudicación directa, podrán participar los nacidos en Castilla y León o los descendientes de castellano y leoneses que residan en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero.
c) En los cursos dirigidos a jóvenes de 14 a 17 años, la edad mínima de los participantes en estos cursos será de 14 años cumplidos a lo largo del año 2017 y que como máximo tengan 17 años a fecha de fin de la actividad.
d) En los cursos dirigidos a jóvenes de 18 a 30 años, la edad mínima de los participantes en estos cursos será de 18 años cumplidos a la fecha de inicio de la actividad y que como máximo tengan 30 años a fecha fin de la actividad.
e) Para solicitar estos cursos es obligatorio estar en posesión del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjeros.
Además de los requisitos generales de participación exigidos en los apartados anteriores es necesario cumplir los requisitos específicos de cada curso contenidos en el Anexo I: «Cursos. Codificación. Fechas. Cuota»
Solicitud, en modelo normalizado, que podrá realizarse de forma individual o conjunta, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes. En el caso de menores de edad podrá presentarse una solicitud conjunta con un máximo de cuatro solicitantes a efectos de adjudicación de plaza en el sorteo, tramitándose de forma individual para la adjudicación de las suplencias.
En el caso de mayores de edad sólo podrá presentarse la solicitud de forma individual.
Para los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa, junto con la solicitud (en la que se indicará el código de actividad según Anexo I), se acompañará el Anexo III, firmado por los miembros mayores de 18 años, requisito imprescindible para poder beneficiarse, de la bonificación establecida.
Los solicitantes que deseen beneficiarse de los descuentos de familia numerosa presentarán sus solicitudes exclusivamente de forma presencial.
Desde el 21 de marzo de 2017 hasta el 27 de marzo de 2017
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León
Ver Anexo IV: Calendario de Tramitación.
15% para usuarios del Carné Joven Europeo.
Las bonificaciones no son acumulables. En el caso de que concurran varias de las señaladas, se aplicará la de mayor cuantía.
CONFIRMACIÓN DE PLAZAS Y RENUNCIAS:
Durante todo el proceso sólo se podrá confirmar una plaza por solicitante.
Los adjudicatarios de las plazas ingresarán la cuota correspondiente en la entidad y número de cuenta que figura en el Anexo I, indicando nombre y apellido del participante y código del curso.
Los adjudicatarios deberán confirmar la plaza asignada en las fechas indicadas en el Anexo IV «Calendario», en las Secciones de Juventud o en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud
Si dicha documentación se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de toda la documentación por fax al 983 317 213 o por correo electrónico: cursospromocion@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de confirmación.
Una vez finalizado el plazo anterior las plazas no confirmadas, se asignarán por riguroso orden de petición presencial en el turno de adjudicación directa- máximo 4 plazas por persona.
Se establece un único turno de adjudicación directa:
Turno libre sin restricciones. En este turno solamente se aplicará, en su caso, la bonificación prevista para los titulares de Carné Joven Europeo, salvo que se hubiera presentado la solicitud en el plazo establecido en esta convocatoria.
En esta fase de adjudicación directa las solicitudes se deberán formalizar obligatoriamente de forma presencial a partir de las 9,15 horas en las Secciones de Juventud así como en los puntos de información y atención al ciudadano en las fechas que se indican en el Anexo IV de esta orden: «Calendario».
El plazo para su confirmación finalizará a las 14:00 horas del día siguiente al de realización de la reserva.
Si transcurridos los plazos indicados anteriormente no se confirma la plaza, se considerará que se renuncia a ella.
Se comunicarán a los participantes, una vez confirmada la plaza y antes del inicio de cada curso, las fechas, horarios, lugares de salida y regreso, material necesario y programación detallada del mismo.
27 de mayo de 2016
Convocar para el año 2016 los «Premios Regionales Fuentes Claras para la sostenibilidad en municipios pequeños de Castilla y León», con la finalidad de reconocer los proyectos desarrollados en municipios de menos de 5.000 habitantes de Castilla y León que supongan una mayor contribución a la sostenibilidad local y regional, para promover su conocimiento e incrementar su repercusión.
Los Premios Regionales Fuentes Claras para la Sostenibilidad en Municipios Pequeños de Castilla y León se convocan en las siguientes modalidades:
Los proyectos que se presenten en el marco de esta convocatoria deberán reunir las siguientes condiciones:
No podrá presentarse el mismo proyecto que hubiera sido premiado en anteriores convocatorias.
Sólo se podrá presentar un proyecto por participante.
Las candidaturas se dirigirán a la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, y se formalizarán en el modelo normalizado, acompañado de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
MEMORIA, en soporte digital, que tendrá una extensión máxima de cinco hojas impresas por una sola cara, además, en su caso, de la portada, índice y contraportada, en formato DIN A4, escritas a dos espacios con fuente Arial de 12 puntos y márgenes de 2,5 cm, y podrá ser complementada con gráficos, dibujos, fotos o cualquier otro material audiovisual. Además se deberán describir los aspectos que a continuación se relacionan y en el siguiente orden:
Denominación.
Objetivos.
Municipio destinatario.
Recursos materiales y humanos necesarios para su ejecución.
Asociaciones participantes y entidades colaboradoras.
Descripción general.
Fecha de ejecución.
Número estimado de participantes.
Sistemas de difusión previstos.
Sistemas de evaluación de la actividad previstos.
Coste y financiación del proyecto.
Desde el 28 de mayo de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2016
Servicio de Asistencia Administrativa, Inspección y Educación Ambiental
RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, por la que se conceden los Premios Regionales Fuentes Claras para la Sostenibilidad en Municipios Pequeños de Castilla y León, correspondientes al año 2016 (BOCyL 19-12-2016)
CONCESIÓN Premios Regionales Fuentes Claras 2016 (722 kbytes)