Junta de Castilla y León

  • Objeto

    Convocar actividades formativas dirigidas a empleados públicos de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP) que se realizarán durante 2019.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los empleados públicos de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León.

    Lugar y Forma de presentación

    Se deberá utilizar una de estas dos modalidades de remisión de solicitudes:

    • A través del sistema automatizado de envio disponible desde esta misma página y en la página web de la eclap www.eclap.jcyl.es.
    • A través del Servicio de Atención Telefónica 012.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    • Los empleados públicos solicitantes han de encontrarse en situación de servicio activo o asimilada (permiso por parto, permiso por adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, o excedencia por cuidado de familiares), y deben reunir los requisitos establecidos para cada una de las actividades.
    • Los requisitos exigidos deberán poseerse el día de finalización del correspondiente plazo de presentación de solicitudes de las actividades que se convoquen y mantenerse hasta la finalización de la acción formativa.

    ¿Qué documentos necesito?

    • Las solicitudes se formularán obligatoriamente a través del Modelo de solicitud electrónica o a través del 012.
    • Deberá utilizarse exclusivamente una de esas dos modalidades de presentación.
    • La presentación de una nueva solicitud por el interesado dentro del plazo señalado supondrá la anulación de la presentada con anterioridad.
    • Se podrán solicitar, dos cursos siempre que se reúnan los requisitos exigidos para participar.
    • En caso de cursos con varias ediciones, únicamente se podrá solicitar una de ellas.
    • Sólo se podrá participar en uno de los cursos solicitados, salvo que se trate de cursos en los que no existan suficientes solicitantes que cumplan los requisitos para cubrir las plazas, en cuyo caso podrá realizarse uno más, que habrán de ser solicitados cuando se oferten las vacantes.
    • No se podrá participar en un curso si se ha realizado previamente otro de características similares en los tres últimos años.
    • La selección se realizará atendiendo, en primer término, a los requisitos previstos para cada actividad formativa, en particular la mayor adecuación entre las funciones desempeñadas por el solicitante y el contenido de la actividad solicitada, en segundo lugar, se tendrá en cuenta el menor número de cursos realizados en los últimos años y, en caso de empate, se atenderá al mayor tiempo de servicios prestados por el solicitante en cualquier Administración Pública.

    Fecha de publicación

    18 de febrero de 2019

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Desde el 19 de febrero de 2019 hasta el 11 de marzo de 2019

    Más Detalles:

    De existir vacantes sin cubrir en alguno de los cursos, podrá ampliarse el plazo de presentación de solicitudes hasta su cobertura por aquellos interesados que cumplan los requisitos establecidos, informándose de esta ampliación en la dirección web de la ECLAP.

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Te interesa saber

    Realización, asistencia y certificados de las actividades formativas

    Contenido:

    Realización y asistencia a las actividades formativas

    • Salvo causa justificada, los empleados públicos tienen el derecho y el deber de realizar y asistir a los cursos en los que hayan sido seleccionados.
    • En los cursos impartidos en modalidad presencial, o en las jornadas presenciales de los cursos mixtos, no podrán asistir los alumnos seleccionados cuando se encuentren en situación de incapacidad temporal y, en ningún caso, se admitirán personas en la condición de «oyentes».
    • Los aspirantes seleccionados que por causa justificada no puedan realizar o asistir a un curso para el que hayan sido seleccionados estarán obligados a comunicarlo a la ECLAP, con una antelación mínima de cinco días laborables antes de su inicio.
    • A tal efecto, en caso de renuncias a cursos, se utilizará preferentemente el formulario electrónico disponible en la dirección www.eclap.jcyl.es, accesible a través de «DIRECTO A», «Solicitudes, consultas y renuncias. Formación 2019».
    • El abandono o la inasistencia de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en un curso, sin previa comunicación o debida justificación, podrá determinar su exclusión en selecciones posteriores.
    • En los cursos presenciales no podrá realizarse el curso si no se asiste a la primera jornada, independientemente de la causa que provoque la inasistencia.
    • La participación en un curso en régimen de internado presupone la aceptación de las normas de organización del centro donde se desarrolla.

    Certificados

    • En todos los cursos de formación se otorgará el correspondiente certificado de asistencia o de aprovechamiento a los alumnos que participen en el curso para el que hubieran sido seleccionados. Una falta de realización o de asistencia superior al diez por ciento de las horas lectivas de cada curso, aunque sea por causa justificada, imposibilitará la expedición del certificado.
    • Para la emisión por la ECLAP del certificado de aprovechamiento, los alumnos deberán superar las tareas o pruebas que a tal efecto establezcan los profesores o tutores de los respectivos cursos.
    • Los certificados de los cursos de formación se emitirán electrónicamente, lo que se comunicará a través del correo electrónico consignado en la solicitud de los cursos por el interesado.
    • Los certificados recogerán tanto las horas formativas como los créditos equivalentes, de acuerdo con la proporción de 10 horas: 1 crédito.

    Notificación

    • Efectuada la selección de los participantes, se expondrá la relación de seleccionados en la dirección www.eclap.jcyl.es, accesible a través de «Formación 2019», «Cursos del Plan de Formación Local», en el apartado «Seleccionados y vacantes».
    • En esta misma dirección se informará de aquellas actividades en las que, una vez realizada la selección, existan vacantes sin cubrir y se ampliará el plazo de presentación de solicitudes hasta su cobertura.
    • A los seleccionados de cada actividad formativa se comunicará el inicio de la misma a la dirección de correo electrónico señalada en la solicitud, aproximadamente con diez días de antelación a su comienzo, así como la información complementaria para su participación.

    Recursos

    • Contencioso-administrativo.
    • Reposición.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    • ORDEN PRE/119/2019, de 5 de febrero, por la que se convocan actividades formativas dirigidas a empleados públicos de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), y se establecen sus normas de organización y desarrollo (BOCyL 18-02-2019)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP)

    Órgano que resuelve:

    Dirección General de la Función Pública

    Protección de los datos de carácter personal

    Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (230 kbytes)

    Tramitación electrónica

    Descargas

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    Textos:

  • Fecha de publicación:

    7 de abril de 2017

    Objeto:

    Convocar actividades formativas dirigidas a empleados públicos de las Entidades Locales de la Comunidad de  Castilla y León, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
    Públicas (AFEDAP).

    Estas acciones se desarrollarán con la colaboración de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma

    Periodo de realización:

    • 2ª Programación (Periodo MAYO al 17 DE NOVIEMBRE DE 2017) [La segunda programación ha sido publicada el 7 de abril de 2017, Bocyl nº 68/2017

    ¿Quién lo puede solicitar?:

    • Los empleados públicos de la Entidad Local que colabora en la gestión del curso.
    • El personal de otras Entidades Locales cuando así lo prevea dicha Entidad colaboradora.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?:

    • Los empleados públicos solicitantes han de encontrarse en situación de servicio activo o asimilada (permiso posparto, permiso por adopción o  acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, o excedencia por cuidado de familiares), y deben reunir los requisitos establecidos para cada una de las actividades.
    • Los requisitos exigidos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de las actividades convocadas y mantenerse en la fecha de inicio de la acción formativa.

    ¿Qué documentos necesito?:

    Las solicitudes  se formularán:

    • Serán las Entidades Locales colaboradoras quienes determinarán los plazos y la forma de solicitud.
    • La selección se hará por las Entidades Locales colaboradoras, conforme a los criterios que éstas determinen.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

    Serán las Entidades Locales colaboradoras quienes determinarán los plazos y la forma de solicitud de las actividades formativas convocadas.

    Lugar y Forma de presentación:

    Serán las Entidades Locales colaboradoras quienes determinen el lugar de presentación.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP)

    Órgano que resuelve:

    Notificación:

    • Serán las Entidades Locales colaboradoras quienes determinen.

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • Orden PRE/265/2017, de 3 de abril, por la que se efectúa la segunda convocatoria   actividades formativas dirigidas a empleados públicos de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, dentro del marco del Acuerdo de formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP). (BOCyL 07-04-2017)
       
    • Con carácter supletorio, ORDEN PRE/126/2017, de 28 de febrero, por la que se convocan actividades formativas dirigidas a empleados públicos de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), y se establecen sus normas de organización y desarrollo (BOCyL 06-03-2017)

    Información adicional:

    Realización y asistencia de las actividades formativas.

    • En los cursos impartidos en modalidad presencial o en las jornadas presenciales de los cursos mixtos, no podrán asistir los alumnos seleccionados cuando se encuentren en situación de incapacidad temporal y, en ningún caso, se admitirán personas en la condición de “oyentes”.
    • Si el curso es presencial o mixto no podrá realizarse cuando el alumno no asista el primer día de clase, independientemente de la causa que provoque la inasistencia.
    • El abandono de quiénes hubiesen sido seleccionados para participar en un curso, sin previa comunicación o debida justificación, podrá determinar su exclusión en convocatorias posteriores.
    • Los empleados seleccionados que por causa justificada no puedan realizar un curso para el que hayan sido seleccionados estarán obligados a comunicarlo a la Entidad colaboradora, que determinará cómo se podrá renunciar.

    Certificados.

    • En todos los cursos de formación se otorgará el correspondiente certificado de asistencia o de aprovechamiento a los alumnos que participen en el curso para el que hubieran sido seleccionados.
    • En los cursos presenciales una falta de asistencia superior al diez por ciento en el cómputo total de horas lectivas programadas, aunque sea por causa justificada, imposibilitará la expedición del certificado.
    • La ECLAP emitirá los certificados de asistencia, y su envío se efectuará a través de la Entidad Local colaboradora.

  • Descripción:

    Aplicación a través de la que los ciudadanos apoyan con su voto el pacto social contra la violencia de género.

    Consejería / Centro Directivo:

    Destinatarios:

    Ciudadanos

    Enlace al tramite / servicio:

    Adhesiones al pacto contra la violencia de género

  • Descripción:

    Consulta de localidades con abastecimiento derivado de sequía.

    Consejería / Centro Directivo:

    Destinatarios:

    • Ciudadanos
    • Entidades Locales

    Enlace al tramite / servicio:

    Consulta de localidades con abastecimiento derivado de sequía

  • Objeto

    Establecer el procedimiento para que la Administración pueda pagar las cantidades correspondientes a las deducciones familiares del IRPF aprobadas para la Comunidad de Castilla y León que quedaron pendientes de aplicar en el año 2015 y que, por falta de cuota suficiente, tampoco pudieron aplicarse en los años 2016, 2017 y 2018.

    Las deducciones familiares que originan el derecho a percibir estos pagos son las reguladas en los artículos 3, 4 y 5 del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre:

    • Deducción por familia numerosa.
    • Deducción por nacimiento o adopción de hijos
    • Deducción por partos múltiples y adopciones simultáneas.
    • Deducción por gastos de adopción.
    • Deducción por cuidado de hijos menores.
    • Deducción por paternidad.
    • Deducción por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos aquellos contribuyentes que no hubieran agotado el importe total de las deducciones familiares del IRPF en el año que surgió el derecho a su aplicación (2015), ni en los tres periodos impositivos siguientes (2016, 2017 y 2018).

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    ¿Qué documentos necesito?

    El modelo de solicitud normalizado se denomina S08 se cumplimenta y se imprime a través de internet, directamente por los ciudadanos, o bien, acudiendo a cualquiera de los Servicios Territoriales de Hacienda de la Comunidad de Castilla y León. En ambos casos, es necesario tener consigo las declaraciones del IRPF presentadas para los ejercicios 2015, 2016, 2017 y 2018.

    Para evitar errores y carencias en la información de la solicitud cumplimentada, no se permite su impresión en blanco para rellenarla posteriormente a mano. La impresión solo es posible cuando se han introducido determinados datos mínimos obligatorios que son necesarios para verificar la procedencia del abono solicitado.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Desde el 2 de julio de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2019

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Plazo de resolución

    • La notificación de la resolución deberá producirse en el plazo de 6 meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de la solicitud. En el caso de que se considere procedente el abono de la cantidad solicitada, dicho abono se efectuará por transferencia bancaria a la cuenta indicada por el contribuyente en su solicitud. Las resoluciones dictadas sobre las solicitudes de abono se notificarán a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    Legislación aplicable

    • DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado (BOCyL 18-09-2013)
    • ORDEN EYH/706/2015, de 24 de agosto, por la que se aprueba el procedimiento de abono de las cantidades pendientes de aplicar sobre la cuota íntegra autonómica en las deducciones familiares del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOCyL 01-09-2015)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Asistencia al Contribuyente

    Órgano que resuelve:

    Directora General de Tributos y Financiación Autonómica

    Información adicional

    • En las secciones de asistencia e información tributaria de cada uno de los Servicios Territoriales de Hacienda prestarán la ayuda necesaria para la cumplimentación de la solicitud y su presentación.
    • Para recibir información o ayuda en la cumplimentación de la solicitud hay que llevar consigo las declaraciones del IRPF presentadas para los ejercicios 2015, 2016, 2017 y 2018.
    • El servicio telefónico de atención a usuarios -012 o 983 324 862- está disponible para atender las dudas referentes exclusivamente a problemas técnicos en la obtención de la solicitud S08.

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Descargas

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    Preguntas-Respuestas:

  • Objeto

    Permitir el acceso a los investigadores a los bienes de interés cultural o inventariados.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónico:

    • Por Internet a través de esta misma página.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Lo establecido por la normativa de Patrimonio Cultural.

    ¿Qué documentos necesito?

    - Documento oficial que acredite la condición de investigador.
    - Proyecto objeto de la investigación avalado por una Universidad u otra institución científica.

    Fecha de publicación

    7 de agosto de 2013

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Abierto de forma permanente.

    Plazo de resolución

    • 3 Meses.

    Notificación

    • Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Estimatorio

    Legislación aplicable

    • Ley 12/2002, de 11 de julio de Patrimonio Cultural de Castilla y León.
    • Decreto 37/2007, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio de Planificación, Investigación y Difusión

    Órgano que resuelve:

    Director General de Patrimonio Cultural

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

  • Descripción:

    La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad tiene como finalidad facilitar la acreditación de la condición de persona con discapacidad de su titular.

    Consejería / Centro Directivo:

    Destinatarios:

    Ciudadanos

    Enlace al tramite / servicio:

    Solicitud

  • Objeto

    Hacer efectivo el ejercicio del derecho de acceso a la información de los datos de carácter personal contenidos en el fichero “ Servicio de Atención de llamadas de Urgencia o Emergencia a través del número telefónico 1-1-2”, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El ejercicio de este derecho es personalísimo y, por tanto, deberá ejercitarse directamente por el titular de los datos o bien a través de representante legal acreditado.

    Lugar y Forma de presentación

    Presencial:

    Electrónica:

    ¿Qué documentos necesito?

    Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación, en caso de ser necesaria:

    • DNI/NIE del interesado, en caso de no haber autorizado a la Administración para la comprobación de sus datos de identidad.
    • DNI/NIE del representante, en caso de que actúe a través de representante y éste no haya autorizado a la Administración para la comprobación de sus datos de identidad.
    • Documentación acreditativa de la representación legal, en caso de actuar por medio de representante.

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Abierto y permanente.

    Plazo de resolución

    • 1 mes. Las reclamaciones se realizarán ante la Agencia Española de Protección de datos.

    Notificación

    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
    • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE 14-12-1999)
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley orgánica de protección de datos (BOE 19-01-2008)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Servicio 1-1-2

    Órgano que resuelve:

    Agencia de Protección Civil

    Protección de los datos de carácter personal

    Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (492 kbytes)

    Tramitación electrónica

    Descargar formulario

    Descargas

  • Objeto

    Convocar el procedimiento para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito territorial de gestión de la Consejería de Educación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Funcionarios de carrera de los diversos cuerpos docentes.

    Lugar y Forma de presentación

    Electrónico:

    Fase actual del tramite

    Fecha de inicio fase oposición Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Para ser admitido a la realización del procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera del cuerpo de inspectores de educación:

    REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN (83 kbytes)

    ¿Qué documentos necesito?

    • Modelo de solicitud que figura como Documento 1, dirigidas al titular de la Dirección Provincial de Educación de Zamora.
    • Los participantes consignarán por orden de preferencia utilizando los códigos que aparecen en el Anexo I todas las provincias de esta Comunidad Autónoma a las que deseen ser destinados en el caso de superar las fases de oposición y concurso para la realización de la fase de prácticas. En los casos de no incluir en el mismo todas las provincias del ámbito de esta Comunidad Autónoma y no corresponderles provincia de las solicitadas, la Administración les adscribirá provincia de oficio para la realización de la fase de prácticas según las necesidades derivadas de la planificación educativa.
    • Los aspirantes con discapacidad, tanto si concurren por el turno general como por el de reserva de discapacidad, harán constar en la casilla correspondiente de la solicitud las adaptaciones oportunas en tiempo y medios para la realización de los ejercicios en condiciones de igualdad con el resto de participantes.
    • Si el aspirante presentara más de una solicitud de participación al procedimiento, se considerará válida la presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente sello de registro electrónico, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
    • Los turnos de acceso con el correspondiente código, son los siguientes, debiendo consignarse solamente uno de ellos:
      • Código 1: General.
      • Código 2: Reserva de discapacidad acreditada.

    Tasas procedimiento selectivo de ingreso

    • 30,80 €
    • El personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se aplicará una bonificación del 50%, debiendo abonar 15,40 €, siempre que la base imponible total del Impuesto de la Renta de las Persona Físicas del ejercicio 2017, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta.
    • No procederá devolución de tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión del procedimiento selectivo por causa imputable al solicitante.
    • El pago de la tasa se realizarán en el modelo 046 que deberá generarse, tantas veces como solicitudes presente. No es válido el uso de fotocopias.
    • El modelo consta de 3 ejemplares debiendo adjuntar a cada solicitud de admisión a las pruebas selectivas únicamente el «Ejemplar para la Administración» del modelo 046 o, en su caso, el justificante de autoliquidación del pago telemático, en el que consten los datos del ingreso realizado y el NRC (número de registro completo) del mismo.
    • Las modalidades de pago y tramitación que se pueden utilizar son:
      • Pago presencial, mediante ingreso a través de entidad colaboradora o en la «Cuenta restringida recaudación derechos de examen», con el número ES39 0182 5579 8502 0235 8969, abierta a nombre de Junta de Castilla y León en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, previa impresión del modelo 046 debidamente cumplimentado. El ingreso no podrá efectuarse mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada ni mediante giro postal a través del servicio de correos u otra empresa.
      • Pago con tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad financiera con TPV virtual.
      • Pago por vía telemática, cumplimentando el modelo 046 on-line.
    • Estarán EXENTOS del pago de estas tasas, si bien deberán igualmente presentar el modelo 046 debidamente cumplimentado, señalando la casilla «Exención»:
      • Las personas con discapacidad acreditada igual o superior al 33 por ciento.
      • Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, siempre que la base imponible total del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2017, menos el mínimo personal y familiar (suma de las casillas 415 y 435 de las páginas 13 y 14 menos el importe de la casilla 489 de la página 15) del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta.
      • Las víctimas del terrorismo.
    • Los aspirantes acompañarán a su solicitud la siguiente DOCUMENTACIÓN que se incorporará como documentos anexos a la solicitud:

    DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (97 kbytes)

    Fecha de publicación

    11 de abril de 2019

    ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

    Desde el 12 de abril de 2019 hasta el 14 de mayo de 2019

    Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

    Te interesa saber

    Listados provisionales Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación

    Relación provisional de admitidos y excluidos

    Fecha de publicación: 26 de julio de 2019

    Fecha límite: Subsanaciones, alegaciones y desistimientos: hasta el 13 de agosto de 2019

    Contenido:

    Resolución de 25 de julio de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.

    Primero.- Listado provisional de admitidos en el procedimiento selectivo de acceso.
    Aprobar el listado provisional de aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril que aparece como anexo I.


    Segundo.- Listado provisional de excluidos en el procedimiento selectivo de acceso.
    Aprobar el listado provisional de aspirantes excluidos en el citado procedimiento selectivo, que aparece como anexo II, con indicación de la causa de exclusión.


    Tercero.- Subsanaciones, alegaciones y desistimientos.
    De conformidad con el apartado quinto.2 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, hasta el día 13 de agosto inclusive, los aspirantes podrán formular alegaciones, subsanando en su caso y de acuerdo con lo previsto en anexo III, el defecto que haya motivado su exclusión, o los posibles errores en la consignación de los datos personales así como desistir al procedimiento, utilizando el formulario disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).


    Las alegaciones y desistimientos se dirigirán a la Dirección Provincial de Educación de Zamora y se presentarán de forma electrónica a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

    Cuarto.- Publicación y publicidad.
    De conformidad con el apartado quinto.5 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, la presente resolución junto con sus anexos se publicarán el día 26 de julio de 2019 en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

    Asimismo, el contenido de dichos listados podrá conocerse a través del servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327850).
    Resueltas las subsanaciones, alegaciones y aceptados, en su caso, los desistimientos efectuados, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución, por la que se aprueben los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos.

    Nombramiento del Tribunal Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación

    Tribunal Calificador

    Fecha de publicación: 5 de noviembre de 2019

    Contenido:

    RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se nombran los Tribunales y comisiones de selección del procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.

    Primero.– Nombramiento del tribunal.

    Se nombra el tribunal referido en el apartado sexto.2 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con la composición que figura en el Anexo.

    Segundo.– Composición de la comisión de selección.

    1. De conformidad con lo establecido en sexto.3 de la citada orden, nombrado un único tribunal, este actuará además como comisión de selección.

    2. Actuará como secretario el funcionario con menor antigüedad en el cuerpo de entre los miembros que formen parte de la comisión, salvo que la comisión acuerde determinarlo de otra manera.

    Tercero.– Participación en los órganos de selección.

    1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley la participación en los órganos de selección tiene carácter obligatorio. La inasistencia injustificada a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluidos el de constitución, con excepción de lo contemplado en el apartado sexto puntos 6 y 7 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria dará lugar a la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

    2. Corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos la resolución de las cuestiones relativas a la abstención y recusación de los miembros de los órganos de selección.

    Cuarto.– Constitución de la comisiones de selección y de los tribunales.

    1. Conforme al apartado sexto.9 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, y previa convocatoria del presidente, tendrá lugar la sesión constitutiva del tribunal y de la comisión de selección, a la que deberán asistir todos los miembros nombrados, tanto titulares como suplentes, en el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

    2. Una vez constituidos, darán cuenta de ello al día siguiente a la Dirección Provincial de Educación de Zamora, remitiendo ésta seguidamente copia del acta de constitución y sus anexos a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.

    Quinto.– Publicidad.

    Con el objeto de dar mayor publicidad, la presente resolución será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

    Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Listados definitivos de admitidos y excluidos Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación

    Relación definitiva de admitidos - excluidos

    Fecha de publicación: 5 de noviembre de 2019

    Contenido:

    Resolución de 24 de octubre de 2019 (328 kbytes) , de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Resolución, de la misma fecha y Dirección General, por la que se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.

    Dar publicidad la parte dispositiva de la Resolución de 24 de octubre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, cuyo tenor literal es el siguiente:

    «Primero.– Listado definitivo de admitidos en el procedimiento selectivo de acceso.

    Aprobar el listado definitivo de aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, que aparece como Anexo I.


    Segundo.– Listado definitivo de excluidos en el procedimiento selectivo de acceso.


    Aprobar el listado definitivo de aspirantes excluidos en el procedimiento selectivo de acceso en el cuerpo de inspectores de educación, convocado por Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, que figura en el Anexo II con indicación de la causa de exclusión.

    Tercero.– Publicación y publicidad.

    De conformidad con el apartado quinto.5 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, la presente resolución junto con sus anexos se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), dando publicidad a su parte dispositiva en el Boletín Oficial de Castilla y León.

    Asimismo, el contenido de dichos listados podrá conocerse a través del servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327850).

    Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Fecha de inicio fase oposición Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación

    1º ejercicio

    Fecha de publicación: 5 de noviembre de 2019

    Contenido:

    RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se determina la fecha en la que se iniciará la prueba de la fase de oposición en el procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.

    Primero.– Fecha de inicio de la fase de oposición.

    El comienzo de la primera prueba de la fase de oposición de procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, tendrá lugar el sábado 16 de noviembre de 2019.

    Segundo.– Citaciones de los aspirantes.

    Los aspirantes admitidos en el citado procedimiento deberán presentarse ante el tribunal a las 08:30 horas del día señalado en el IES Claudio Moyano, sito en la Avenida de Requejo, n.º 4 de Zamora, para el comienzo de la primera prueba, debiendo ir provistos inexcusablemente del documento original correspondiente al documento nacional de identidad, pasaporte, o permiso de conducción, o documentos análogos en el caso de aspirantes de nacionalidad distinta a la española, a fin de proceder a su identificación.

    Conforme al apartado séptimo.1 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, los sucesivos llamamientos se harán públicos por el tribunal en la Dirección Provincial de Zamora con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de la misma.

    Asimismo y con carácter únicamente informativo serán objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León en el lugar reservado a la Dirección Provincial de Educación de Zamora.

    Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Directora General de
    Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Plazo de resolución

    • 8 meses (artículo 44.4 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León).

    Recursos

    • Alzada.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Legislación aplicable

    ORDEN EDU/341/2019, de 3 de abril, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 11-04-2019)

    Organismo

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección Provincial de Educación de Zamora

    Órgano que resuelve:

    Consejería de Educación

    Información adicional

    Esta convocatoria se corresponde con la Oferta de Empleo Público de 2018.

    Admisión de participantes

    • Listados provisionales de participantes admitidos y excluidos: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y realizados los trámites oportunos, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobados los listados provisionales de admitidos y excluidos del proceso selectivo de ingreso. Se habilitará el correspondiente plazo para que los participantes excluidos puedan subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
    • Listados definitivos: resueltas las subsanaciones, alegaciones y aceptados en su caso los desistimientos efectuados, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución aprobando los listados definitivos de participantes admitidos y excluidos.
    • Contenido de los listados: Tanto los listados provisionales como los definitivos de admitidos y excluidos incluirán, al menos, los siguientes datos de los participantes: Apellidos y nombre, el documento nacional de identidad o análogo para los aspirantes de nacionalidad distinta a la española en los términos expuestos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales de datos personales, turno de ingreso, obligación de acreditar el conocimiento de castellano y en el supuesto de exclusión, indicación de la causa.
    • Publicación: Las resoluciones de los listados provisionales y definitivos de participantes, se publicarán:
      • En los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, en la Sede Electrónica, así como en el Portal de Educación.
      • En el caso de la resolución que aprueba los listados definitivos, también se dará publicidad de su parte dispositiva en el Boletín Oficial de Castilla y León.
      • El contenido de los listados asimismo podrá conocerse a través del servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983327850).

    Sistema de selección

    • El sistema de acceso al cuerpo de inspectores de educación será el de concurso-oposición, existiendo una fase de prácticas que formará parte del proceso selectivo. La prueba selectiva tendrá lugar en la localidad de Zamora. La determinación exacta del comienzo de la prueba de la fase de oposición se efectuará mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, que se publicará en el BOCYL y en la que se indicará, asimismo, el centro o centros donde se llevará a cabo las partes de la misma, la citación de los aspirantes y cuantas cuestiones se estimen oportunas para el correcto desarrollo del proceso selectivo. La citación se realizará de manera conjunta para todos los aspirantes.
    • El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «D».
    • Resultarán seleccionados para realizar la fase de prácticas aquellos aspirantes que, habiendo superado todas y cada una de las partes de la prueba, y una vez ordenados según la puntuación global de las fases de oposición y concurso, tengan un número de orden igual o inferior que el número total de plazas convocadas.
    • Para la obtención de la puntuación global de estas fases la comisión de selección ponderará las puntuaciones de las fases de oposición y concurso correspondiendo dos tercios a la fase de oposición y un tercio a la fase de concurso, resultando la puntuación global de la suma de ambas fases una vez realizadas las ponderaciones mencionadas.

    Protección de los datos de carácter personal

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