Subvenciones en materia de consumo destinadas a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios (2016)
Tramitación electrónica
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Fecha de publicación:
3 de agosto de 2016
BDNS (Identificador):
313773
Objeto:
Convocar subvenciones desdtinadas a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León, en régimen de concurrencia competitiva, cuya finalidad es financiar los gastos que se deriven del funcionamiento habitual de las mismas y de las actividades de información, educación y formación que éstas desarrollen, durante el período que se determina en esta convocatoria.
¿Quién lo puede solicitar?:
Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León
¿Qué requisitos debo cumplir?:
- Las Asociaciones deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León en el momento que se publique la convocatoria.
- Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de los gastos objeto de subvención.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán objeto de subvención las actividades de:
a) Mantenimiento y funcionamiento habitual de la sede.
b) Ejecución de actividades en materia de consumo, de información, educación y formación de los consumidores y usuarios.
Se considerarán gastos subvencionables aquellos que se realicen desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2016 y que se encuentren dentro de los siguientes:
a) Gastos relativos a lo dispuesto en la base segunda, apartado 1.a), que incluyen: alquiler del local de la sede, suministros básicos (electricidad, calefacción, agua y teléfono), material de oficina no inventariable y personal administrativo y técnico.
b) Gastos directamente vinculados a la ejecución de las actividades dispuestas en la base segunda, apartado 1.b), que incluyen: remuneración del personal participante, gastos generales necesarios para el desarrollo de la/las actividades correspondientes (alquiler de local, publicidad y material utilizado).
Cuantía:
La cuantía de la subvención será el 80% del presupuesto solicitado, con un límite de 7.000 ? para las actividades de información y un límite de 7.000 ? para las actividades de difusión.
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (66 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el 4 de agosto de 2016 hasta el 23 de agosto de 2016
Más Detalles:
20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCyL.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
- Por Internet desde ésta misma página Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
- Se excluye presentación por TELEFAX.
Organismo:
Responsable:
Gestor:
Servicio de Atención Integral de Consumo
Que resuelve:
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver esta convocatoria y notificar la resolución será de 6 MESES a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderán desestimadas. La resolución permanecerá publicada durante al menos un mes en el portal web de la Junta de Castilla y León, www.jcyl.es/consumo.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información adicional:
Justificación
- El plazo máximo para presentar la documentación justificativa será:
a) Cuando se trate de gastos comprendidos en la base cuarta, apartado a), la
justificación deberá presentarse en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la
terminación del periodo subvencionable establecido en la convocatoria, salvo si
la concesión de la subvención se notificara con posterioridad a dicha terminación,
en cuyo caso la justificación deberá presentarse en el plazo de los 15 días hábiles
siguientes al de la notificación.
b) Cuando se trate de gastos comprendidos en la base cuarta, apartado b), la justificación deberá presentarse en el plazo de los 15 días hábiles siguientes al del término de la actividad subvencionada, salvo si la concesión de la subvención se notificara con posterioridad al término de dicha actividad, en cuyo caso la justificación deberá presentarse en el plazo de los 15 días hábiles siguientes al de la notificación.
Compatibilidad
- Las presentes subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
- En ningún caso, el importe de las mismas, aisladamente o en concurrencia de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos podrá superar el coste de la actividad subvencionada.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia
Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia
Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca
Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes
Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca
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Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León
Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún
Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
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Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos
Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano
Equipo General Villafranca del Bierzo
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