Subvenciones destinadas a financiar proyectos de transferencia de conocimiento de organismos de investigación a PYMES, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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BDNS (Identificador)

311930

Fecha de publicación

14 de julio de 2016

Objeto

Facilitar la financiación de los proyectos de transferencia de conocimiento de Organismos de Investigación a empresas con centros de trabajo en Castilla y León.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

PYMES con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León. Quedan excluidas fundaciones, empresas públicas y asociaciones sin ánimo de lucro.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para que los proyectos presentados puedan ser subvencionables, deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Que el proyecto sea viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental, de acuerdo con la documentación aportada en la solicitud.
  • Que el proyecto sea completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
  • Que el proyecto esté incluido dentro de las prioridades temáticas y los ámbitos de actuación definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020, recogidos en el Anexo I.
  • Que los beneficiarios cumplan lo establecido en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

No serán subvencionables aquellos proyectos cuyo inicio se haya producido con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

¿Para qué es la ayuda?

Esta convocatoria será de aplicación a los proyectos que estén incluidos en las prioridades temáticas y/o los ámbitos de aplicación, definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020, disponibles en la página Web de la Junta de Castilla y León http://www.cienciaytecnologia.jcyl.es/, y en el Anexo I.
Se podrán considerar proyectos subvencionables la contratación por parte de la empresa de servicios de transferencia de conocimiento a los siguientes Organismos de investigación, que actúen a modo de proveedores cualificados:
• Universidades públicas y privadas.
• Centros Tecnológicos inscritos en el Registro de Centros Tecnológicos de Castilla y León o en el Registro de Centros Estatal.
• Otros Centros sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad del centro.
Los servicios de trasferencia subvencionables son:
• La adquisición de derechos reales (cesión y licencia) sobre patentes y modelos de utilidad.
• Proyectos piloto de carácter tecnológicos o acciones innovadoras de efecto demostración (ensayos, informes de viabilidad, incorporación nuevas conocimientos…).
• Obtención de prototipos que supongan la valorización o transferencia de resultados de investigación de centros especializados.
Se financian tanto proyectos individuales, como proyectos en colaboración entre empresas..

ANEXO I: Estrategia Regional I+D (ámbitos de actuación) (53 kbytes)

Cuantía

  • Subvenciones a fondo perdido del 40% sobre el coste subvencionable.
  • En el caso de empresas con centro de trabajo en los municipios mineros incluidos en el anexo II de la Orden de Bases EYH/257/2016, el porcentaje de ayuda será del 50%.
  • En el caso de empresas con centro de trabajo en un municipio de menos de 10.000 habitantes o de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia, el porcentaje de ayuda será del 45%
  • Los límites máximos de subvención por cada tipo de servicio son:
  • a) Adquisición de derechos sobre patentes y modelos de utilidad: 10.000 €
  • b) Proyectos piloto de carácter tecnológico o acciones innovadoras: 10.000 €.
  • c) Ayudas destinadas a la obtención de prototipos: 20.000 €.
  • Se establece un límite máximo de dos servicios de cada tipología por empresa y año.

ANEXO II (EYH/257/2016): Municipios Mineros (169 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañado de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

Documentación a presentar (91 kbytes)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Directora General del Instituto para la Competitividad Empresarial

Órgano que resuelve:

Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender DESESTIMADA la solicitud de ayuda.

Notificaciones

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro Ventanilla del Ciudadano.

Recursos

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional

Criterios de valoración para el otorgamiento del porcentaje adicional

  • Capacidad tecnológica y económica de la empresa.
  • Calidad del proyecto (grado de novedad tecnológica y participación de Organismo de Investigación),
  • Repercusión económica y social del proyecto (posibilidad de industrialización, colaboraciones con empresas e incremento del empleo de I+D).
  • Integración laboral de personas con discapacidad.
  • Localización en zonas rurales y cuencas mineras
  • Igualdad entre hombres y mujeres, no discriminación y sostenibilidad

Aceptación

  • Los beneficiarios deberán aceptar expresamente la concesión de la subvención, así como sus condiciones, de forma telemática, en el plazo de quince días hábiles, computados desde el día siguiente a la notificación.

Justificación de las condiciones de la subvención

  • Plazo 3 meses desde fin de vigencia.
  • El beneficiario presentará junto con la solicitud de cobro o en el plazo previsto para justificar la subvención, la cuenta justificativa simplificada que contendrá, con carácter general, la siguiente documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones impuestas en la resolución de concesión (Ver convocatoria).

Límites e Incompatibilidades

  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y la misma finalidad, superen el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
  • Las ayudas serán incompatibles con cualesquiera otras para el mismo objeto y finalidad.

Procedimiento de concesión

  • Concurrencia no competitiva, atendiendo a su orden de presentación con la única condición que cumpla con los requisitos.

Tramitación electrónica

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