Subvenciones destinadas a financiar actividades dirigidas a obtención de acreditación por el Instituto Cervantes para centros privados de enseñanza del español (2015)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Fecha de publicación:

20 de enero de 2015

Objeto:

Convocar, para el año 2015, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a financiar actividades dirigidas a la obtención de la acreditación por el Instituto Cervantes, para los centros privados de enseñanza del español como lengua extranjera radicados en la Comunidad de Castilla y León, con la finalidad de apoyar las acciones referidas a las actividades de organización académica y administrativa, adecuación de instalaciones, innovación y publicidad de centros privados de enseñanza de español para extranjeros, que permitan incrementar la calidad del sector a través de la obtención de la acreditación del Instituto Cervantes.

¿Quién lo puede solicitar?:

Titulares de centros privados de enseñanza de español como lengua extranjera radicados en la Comunidad de Castilla y León que no tengan la acreditación del Instituto Cervantes

¿Para qué es la ayuda?:

Los conceptos para los que puede solicitarse la subvención convocada en esta orden serán los directamente relacionados con la obtención de la acreditación del Instituto Cervantes. Las actividades que resulten subvencionadas deberán haberse ejecutado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de agosto de 2015, ambos inclusive.

Conceptos Subvencionables (92 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía de las subvenciones se determinará según las disponibilidades presupuestarias, siendo cómo máximo del 75% del total de la inversión, con un límite de 18.000 ? por beneficiario
  • El importe de la subvención, cuando se trate de beneficiarios con la condición de empresa, no podrá ser de tal cuantía que la ayuda total de mínimis concedida durante cualquier período de tres ejercicios fiscales sea superior a 200.000 ?
  • El importe de la subvención a conceder, con el límite de la cantidad solicitada, será proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración establecidos

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida a la Consejería de Cultura y Turismo, Dirección General de Políticas Culturales, en la que se incluirá declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos.
Las solicitudes se acompañaran de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

Documentación a presentar (92 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 21 de enero de 2015 hasta el 4 de febrero de 2015

Más Detalles:

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOCyL.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Dirección General de Políticas Culturales

Que resuelve:

Consejera de Cultura y Turismo

Plazo de resolución:

El plazo para resolver y publicar en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes. El transcurso del citado plazo sin haberse dictado y publicado la resolución, legitima al solicitante para entender DESESTIMADA, por silencio administrativo, su petición.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

Modificación de la resolución de concesión

  • La alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención
    y, en todo caso, la obtención concurrente de otras aportaciones fuera de los casos
    permitidos en las normas reguladoras, podrá dar lugar a la modificación del contenido de la resolución de concesión, sin que pueda suponer un incremento de la cuantía de la subvención concedida ni alterar su finalidad.
  • Las solicitudes se formalizarán en los formularios normalizados y podrán presentarse de manera presencial o de forma telemática.
  • La solicitud podrá realizarse desde el día siguiente al de la notificación de la resolución hasta DOS MESES ANTES de la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas (período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de agosto de 2015, ambos inclusive).

Justificación

  • La justificación del proyecto deberá producirse hasta el 15 de septiembre de 2015, ambos inclusive. Para la remisión de la documentación justificativa podrá utilizarse el formulario normalizado de incorporación de datos a un procedimiento ya iniciado.
  • La solicitudes podrán presentarse de manera presencial o de forma telemática.

Calificación tributaria de la subvención

  • Estas subvenciones estarán sujetas, según corresponda, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el caso de sujeción al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las subvenciones no se encuentran sometidas a retención.

Compatibilidad

  • Estas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la adquisición subvencionada.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN CYT/697/2015, de 11 de agosto, por la que se resuelve convocatoria de subvenciones destinadas a financiar actividades dirigidas a la obtención de la acreditación por el Instituto Cervantes para los centros privados de enseñanza del español como lengua extranjera radicados en la Comunidad de Castilla y León (Código REAY CYT 014). (BOCyL 25-08-2015).

ORDEN CYT/697/2015 (BOCyL 25-08-2015) (1.213 kbytes)


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