Subvenciones a Entidades Locales con una población inferior a 20.000 habitantes para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Fecha de publicación:

29 de marzo de 2017

BDNS (Identificador):

339793

Objeto:

Convocar, para el año 2017, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones en cada una de las provincias de la Comunidad de Castilla y León, destinadas a Entidades Locales con una población inferior a 20.000 habitantes para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?:

Entidades Locales de Castilla y León que tengan una población inferior a 20.000 habitantes de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes, y cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

a) Respecto a obras de conservación y restauración: Ser propietarias o titulares de cualquier derecho real sobre el inmueble integrante del Patrimonio Cultural de Castilla y León

b) Respecto a obras de recuperación de áreas o elementos urbanos: Desarrollar obras contempladas en un plan especial o u otro instrumento urbanístico de protección que cumplan los objetivos de protección previstos en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

c) Respecto al plan especial de protección: Tener en su término municipal un Bien de Interés Cultural declarado o incoado, con la categoría de Conjunto Histórico, Sitio Histórico, Conjunto Etnológico o Zona

No concurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Estar sujeto a las obligaciones que con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

¿Para qué es la ayuda?:

Los conceptos para los que puede solicitarse la subvención son:
a) Los gastos necesarios para la adecuada ejecución de los proyectos.
b) Los gastos derivados de actuaciones arqueológicas asociadas a la ejecución de los proyectos.
c) Los gastos derivados de la redacción del Plan Especial de Protección.
Todos los PROYECTOS deberán realizarse sobre inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León que se encuentren en una de las siguientes categorías:
a) Monumentos o Jardines Históricos BIC, así como los inmuebles situados en su entorno de protección incluidos en la declaración de Bien de Interés Cultural o en el correspondiente instrumento de planeamiento urbanístico.
b) Inmuebles incluidos dentro de un Conjunto Histórico, Sitio Histórico, Conjunto Etnológico o Zona Arqueológica, BIC.
c) Inmuebles afectados por declaraciones genéricas de Bien de Interés Cultural.
Las actividades que resulten subvencionadas en los apartados 1º; 2; y 3º deberán haberse ejecutado en el período comprendido entre entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016, inclusive y haber sido autorizados por el órgano competente en materia de patrimonio cultural con carácter previo a su ejecución.
Las actividades que resulten subvencionadas en el apartado 4º, (redacción o modificación de planes especiales) deberán haberse aprobado definitivamente en el período comprendido entre entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016, inclusive.

Actividades Subvencionables (90 kbytes)

Cuantía:

  • Las subvenciones se concederán por un importe de 77.776,00 ? por provincia.
  • La cuantía de la subvención: el 50% del gasto subvencionable, sin que pueda superarse la cuantía de 50.000 euros por beneficiario.
  • El importe total máximo a conceder en cada una de las provincias, se distribuirá al 50% entre los conceptos previstos en el apartado 1º: 2º; y 3º , y 50% en el apartado 4º.
  • En el caso de que la cuantía económica destinada a uno de ellos no se agotase en su totalidad, el sobrante podrá ser aplicado a los otros conceptos.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al Servicio Territorial de Cultura de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, de la provincia en la que esté situado el inmueble en el que se haya realizado la obra para la que se solicita la subvención, y en la que se incluirá la declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos.
La presentación de la solicitud, conllevará la autorización del solicitante para que la Consejería de Cultura y Turismo obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos.
No obstante, a través del apartado correspondiente, el solicitante podrá oponerse expresamente, debiendo aportar en este caso, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subvenciones, la pertinente declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
b) Las solicitudes se acompañarán de Certificado expedido por el Secretario o Secretaria/Interventor de la entidad solicitante, según el modelo normalizado «Certificado del Secretario o Secretaria/Interventor de la entidad solicitante».
c) Los solicitantes podrán acompañar, además, cuantos documentos o datos estimen convenientes para completar o precisar los recogidos en la solicitud.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 30 de marzo de 2017 hasta el 2 de mayo de 2017

Más Detalles:

1 MES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el ?Boletín Oficial de Castilla y León?.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Que resuelve:

Delegados Territoriales

Plazo de resolución:

El plazo para resolver y publicar en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la resolución, será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse publicado la resolución se podrá entender DESESTIMADA por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

JUSTIFICACIÓN

La justificación se deberá aportar junto con la solicitud.

La justificación del coste de las actividades realizadas se deberá hacer a través de una Memoria económica justificativa, elaborada conforme al formulario «Memoria económica» que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

COMPATIBILIDAD

Son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos siempre que el importe de las mismas, no supere el coste de la actividad desarrollada por el beneficiario.


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Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca

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