Permiso de apertura y funcionamiento de salones de juego
Tramitación electrónica
Descargar formulario
Información de tasas
Objeto:
Abrir los salones de juego.
¿Quién lo puede solicitar?:
Empresa titular de la autorización de instalación del salón de juego que se pretenda abrir.
¿Qué requisitos debo cumplir?:
Ser titular de la autorización de instalación del salón de juego que se pretenda abrir.
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:- Copia autenticada de la licencia de apertura del establecimiento, expedida a favor del solicitante de la autorización de instalación, o de haber presentado la comunicación exigida en el artículo 33 de la Ley 11/2003, de 8 de abril de Prevención Ambiental de Castilla y León.
- Certificado suscrito por el Técnico competente que haya dirigido las obras de construcción, reforma o adaptación del local en cuestión, en el que quede constancia de que las mismas se corresponden exactamente con el proyecto básico por el que se concedió la autorización de instalación.
- Relación del número y tipo de máquinas a instalar.
- Justificante de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de dichos datos.
- Justificante acreditativo del pago de la tasa administrativa, conforme a la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
- Declaración responsable de:
- Que son ciertos los datos que figuran en la solicitud y en la documentación que junto con ella se presenta.
- Que dispone de local adecuado.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Un año desde la notificación de la correspondiente autorización de instalación del salón.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León en cada provincia.
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
- ¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración?
- Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Órgano que resuelve:
Plazo de resolución:
- 3 MESES a partir de la presentación ante el Órgano Gestor.
Notificación:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos:
- Alzada.
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- LEY 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León (BOCyL 01-07-1998).
- DECRETO 17/2003, de 6 de febrero, por el que se crean y regulan los Registros de Modelos y de Empresas Relacionadas con las Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 12-02-2003 Corrección en BOCyL 14-02-2003).
- DECRETO 12/2005, de 3 de febrero, por el que se aprueba el reglamento regulador de las máquinas de juego y de los salones recreativos y de juego de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 09-02-2005)
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia
Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia
Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca
Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes
Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca
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Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León
Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún
Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
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Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos
Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano
Equipo General Villafranca del Bierzo
Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo
Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca
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Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia
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