Será obligatoria la inscripción de toda entidad o particular dedicado a la producción en viveros de plantas vivas de todas clases: frutales, olivo, vid, especies de sombra y ornamentación, de horticultura y jardinería y forestales. Deben inscribirse también los viveros de plantas forestales, tanto de organismos oficiales como de las empresas privadas.
Abierto plazo de solicitud
Código:
6728
Consejería:
Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
Descripción:
El Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios de carácter constitutivo, es, asimismo, el instrumento censal necesario para optimizar la realización de estadísticas, de la planificación y realización de los controles oficiales que realizan las comunidades autónomas y de otras políticas agrarias, y para la necesaria información a los agricultores y demás interesados en la materia. comprende las actividades de:
a) Suministro de los medios de defensa fitosanitaria definidos en el artículo 2.m) de la Ley, excepto los equipos y maquinaria de aplicación, incluyendo la fabricación o producción, comercialización, logística, almacenamiento, distribución y venta o cesión en general.
b) Realización de tratamientos fitosanitarios, tanto por medios terrestres como aéreos, o en almacenes u otros locales, cuando se trate de: 1.º Prestación de servicios, tanto por empresas como por cooperativas u otras entidades, con su propio personal. 2.º Desinfección de simientes y tratamientos poscosecha con carácter industrial o corporativo, mediante instalaciones o equipos fijos.
c) Asesoramiento, en concepto de prestación de servicios a explotaciones agrarias, a entidades o a particulares.
d) Manipulación y utilización de productos fitosanitarios de uso profesional. (También conocidos anteriormente como carné de manipulador/aplicador).
El plazo de validez de los certificados de inscripción no será superior a diez años y, al menos con un mes de antelación a su caducidad, los solicitantes deberán solicitar su renovación sin aportar otra información que una nueva declaración, que incluirá la debida actualización de la formación. En caso de que, durante el periodo de validez del Certificado de Inscripción, se produzca cualquier modificación significativa respecto de los datos declarados en la solicitud, el solicitante deberá presentar una solicitud de modificación de inscripción que contenga la información o documentación que se altera.
Destinatarios:
Autorización a establecimineots elaboradores de piensos (fábricas de piensos) para la elaboración de piensos medicamentosos o piensos intermedios medicamentosos
Abierto plazo de solicitud
Autorización a establecimientos distribuidores de piensos medicamentosos.
Abierto plazo de solicitud
Esta Resolución tiene por objeto convocar la presentación de ofertas de espectáculos de teatro, danza, música, circo y flamenco para formar parte del Catálogo conforme al que se establecerá la programación correspondiente al segundo semestre del año 2018 de los municipios andaluces adheridos al programa «Enrédate. Red Andaluza de Teatros Públicos».
Con las compañías y formaciones titulares de los derechos de explotación de espectáculos seleccionados que finalmente sean programados por los municipios adheridos al programa, se suscribirán, tanto por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales como por los municipios adheridos, los correspondientes contratos de representación pública.
El plazo para la presentación de solicitudes para la convocatoria del segundo semestre (julio-diciembre 2018) comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y finalizará el día 09 de febrero de 2018.
El plazo para efectuar la subsanación es de diez días hábiles, computados desde el día siguiente a la publicación de este acto administrativo en la página web de la Agencia (publicado en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales el 02/03/2018)
Cerrado
Anexo I: Compañías. Inscripción 2º semestre 2018 (pdf)
Anexo II: Modelo de declaración responsable (pdf)
Anexo III: Desglose de caché (pdf)
Código:
6403
Consejería:
Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Descripción:
El Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía se realizará a través de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se articulará mediante la asignación de una cuantía económica a los mismos destinada a la contratación de personas que se encuentren en situación de demandante de empleo y que durante el año anterior a la solicitud no hayan trabajado más de 90 días y pertenezcan a una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo. Los Ayuntamientos que deseen participar en el mismo deberán formular la correspondiente solicitud.
Plazo de solicitud:
03/07/2017 - 21/07/2017 (15 días desde el siguiente a la entrada en vigor de la Orden de prórroga.).
Destinatarios:
Para poder proceder al sacrificio de animales dentro del Programa Nacional de Erradicación de Enfermedades de los Animales, por parte de los mataderos, deberá obtenerse la oportuna autorización por parte de la Consejería competente en materia de agricultura y pesca, además de cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
Abierto plazo de solicitud
Código:
82
Consejería:
Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Descripción:
Concesión de ayudas a las unidades familiares cuyos recursos computables, de todos sus miembros, sean inferiores al 62 % del salario mínimo interprofesional, incrementado en un 8 % por cada miembro de la unidad familiar distinto del firmante de la solicitud y hasta un máximo equivalente al 100% de dicho SMI. Se consideran recursos computables las pensiones, subsidios, rentas e ingresos que, en cualquier concepto, perciban o tengan derecho a percibir todos los miembros de la unidad famiiar en el momento de la presentación de la solicitud; asimismo, tendrán la consideración de recursos computables los bienes muebles e inmuebles poseidos por cualquier título por los miembros de la unidad familiar. No serán recursos computables la propiedad o la mera posesión de la vivienda habitual, la prestación por hijo a cargo y las ayudas para transporte por el desarrollo de algunas de las acciones previstas en este Decreto.
Destinatarios:
Código:
8009
Consejería:
Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
Descripción:
Durante el mes de marzo de cada curso académico, las Universidades de Andalucía abren un plazo de matrícula para la convocatoria única y anual de la Prueba de Acceso, al objeto de valorar la capacidad y madurez de las personas candidatas para acceder a los estudios universitarios. La superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años no equivale a la posesión de titulación académica alguna, pero permite la posterior participación en el proceso de admisión que regula el ingreso en los distintos centros universitarios. La prueba de acceso se realiza durante el mes de abril o de mayo de cada año, en dos días consecutivos. No existe límite de convocatorias para superar la Prueba de Acceso. La superación de la misma tiene validez indefinida a los efectos de participación en el proceso de admisión a la Universidad. La solicitud se presentará en la Universidad andaluza en la que se desee realizar la prueba.
Plazo de solicitud:
01/03/2019 - 20/03/2019 (Presentación de solicitud para realización de las pruebas en el curso académico 2018/2019).
Destinatarios:
Con objeto de hacer eficientes los procedimientos de acceso y admisión y evitar al alumnado distintas pruebas, ya sean para el acceso o para la admisión, teniendo en cuenta las necesidades de la Comisión del Distrito Único en lo que se refiere a los procedimientos de admisión, la Comisión Coordinadora Interuniversitaria ha acordado establecer los plazos, calendarios de celebración para la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad y de las pruebas de admisión que se celebrarán en el curso 2016-2017.
Cerrado