Comunicación de la decisión empresarial en expedientes de extinción y suspensión de contratos de trabajo y reducción de jornada.

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Trámite electrónico

Objeto

  • El empresario podrá extinguir o suspender los contratos de trabajo, o reducir la jornada prevista en los mismos, si concurren causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y siempre que haya comunicado previamente a la autoridad laboral el inicio del procedimiento y haya llevado a cabo las negociaciones preceptivas con los representantes de los trabajadores.
A quién está dirigido:
Administración, Asociaciones y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Plazo de presentación:
Todo el año

Por internet

    • Comunicación de la decisión empresarial
    • Anexo de Relación final de Trabajadores afectados
    • 1) EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO DE DESPIDO COLECTIVO
      • Medidas sociales de acompañamiento que se hubieran acordado u ofrecido por la empresa (art. 120.2 en relación con los artículos 7.1 y 8 del Reglamento 1483/2012)

      • Plan de Recolocación Externa, en caso de ser obligatoria su realización y cuando haya sufrido variaciones respecto a la que se adjuntó a la comunicación inicial del expediente de regulación de empleo.

      • Justificación de la afectación, en su caso, de trabajadores con prioridad de permanencia en la empresa (artículo 13 del Reglamento 1483/2012).
    • 2) EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO DE SUSPENSIÓN DE CONTRATOS
      • Calendario, individualizado por cada uno de los trabajadores afectados, con los días concretos de suspensión.
    • 2) EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO DE REDUCCIÓN DE JORNADA
      • Calendario, individualizado por cada uno de los trabajadores afectados, con los días concretos de reducción de jornada y horario.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio Promoción Laboral Las Palmas Servicio de Promoción Laboral de Santa Cruz de Tenerife

Quién resuelve

  • Recursos:
    No cabe recurso

Observaciones

  • El expediente se calificará de despido colectivo cuando en un periodo de noventa días, la extinción de contratos de trabajo afecte al menos a:
    a) Diez trabajadores en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores
    b) El 10% del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores
    c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen trescientos o más trabajadores.
    Asimismo, se entenderá por despido colectivo la extinción de los contratos de trabajo que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco, cuando aquél se produzca como consecuencia de la cesación total de su actividad empresarial fundada en las mismas causas anteriormente señaladas.
    El procedimiento será aplicable cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa y el número de afectados por la suspensión de contratos o la reducción de la jornada.
    Se entenderá por suspensión de la actividad que venía desarrollando el trabajador cuando esta afecte a días completos, continuados o alternos, durante al menos una jornada ordinaria de trabajo.
    A estos efectos, se entenderá por reducción de jornada la disminución temporal de entre un 10 y un 70 por ciento la jornada de trabajo computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual.

Normativa

  • Normativa estatal

    Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social

    Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

    Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      3192
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      221191

Oficinas de la administración

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Rambla De Santa Cruz 149, 38071, Santa Cruz de Tenerife

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Calle La Mareta 9, 35560, Tinajo

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Via Medular 99, 35500, Arrecife

Eei las Rosas

Calle LAS AGÜITAS 2, 38428, San Juan de la Rambla

Secretaría General del Servicio Canario de la Salud

Avenida Juan XXIII 17, 35071, Pájara

Dirección General de Seguridad y Emergencias

Calle León y Castillo 57, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife

Avenida José Manuel Guimerá 10, 35071, Santa Cruz de Tenerife

Oficina de Empleo de Primero de Mayo

Avenida Primero de Mayo 11, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

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Calle El Carmen 7, 38280, Tegueste

Oficina de Empleo de Arucas

Calle Médico Anastasio Escudero Ruíz 1, 35400, Arucas

Oficina de Empleo de Gran Tarajal

Calle Maxorata 18, 35627, Tuineje

Direccion de Area de Salud de la Gomera

Avenida José Aguiar s/n, 38071, San Sebastián de la Gomera

Tel. 922141558

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