Asignación del Número de Acreditación Profesional al personal perteneciente a los Cuerpos de la Policía Local y al personal vigilante municipal

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Código:

2052

Consejería:

Presidencia, Administración Pública e Interior

Descripción:

Todo el personal perteneciente a los Cuerpos de la Policía Local, para su identificación personal, estará provisto de un documento de acreditación profesional expedido por la alcaldía, según modelo oficial, en el que constará, entre otros datos, el número de identificación profesional. El ciado número será asignado por la Consejería con competencias en materia de policías locales. El personal vigilante municipal, en el ejercicio de las funciones atribuidas al personal de los Cuerpos de la Policía Local, deberá identificarse mediante un documento de acreditación de su condición de vigilante municipal, en el que constará, entre otros datos, el número de identificación como agente. El proceso para la asignación del número de acreditación profesional es: 1º) Inmediatamente a la toma de posesión, se procederá a la inscripción telemática en la aplicación del Registro de Policías Locales y de Vigilantes Municipales (REGPOL) por parte del Ayuntamiento correspondiente del personal con nombramiento de funcionario de carrera del Cuerpo de la Policía Local o como Vigilante Municipal. 2º) Tras la inscripción en el REGPOL, se procederá simultáneamente a la solicitud municipal por tramitación telemática a través de la aplicación REGPOL de la asignación del número de acreditación profesional del personal citado. La solicitud será suscrita por la persona titular de la Alcaldía o de la Concejalía con competencias delegadas en materia de Policía Local. En la solicitud se certificará por la persona titular de la Secretaría General del Ayuntamiento las personas que componen la plantilla del Cuerpo de Policía Local o Vigilantes Municipales al día de la solicitud que figuran inscritas en REGPOL. 3º) Recibida la solicitud de asignación de número, la Consejería con competencias en materia de policías locales procederá a través de la aplicación REGPOL a la asignación correspondiente, que comunicará de manera inmediata al Ayuntamiento solicitante.

Plazo de solicitud:

Inmediatamente depués de la toma de posesión correspondiente del personal con nombramiento de funcionario de carrera del Cuerpo de la Policía Local o como vigilante municipal.

Destinatarios:

  • Administraciones

Oficinas de la administración

Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía

Secret. Gral. Provinc. de Empleo, Empresa y Comercio en Huelva

Secret. Gral. Provinc. de Presidencia y Administración Local en Sevilla

Secret. Gral. Provinc. de Salud en Cádiz

Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba

Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Málaga

Comunidad Regantes de las Acequias y Aguas de los Lugares de Villa de Lanjaron

Centro Andaluz de Medicina del Deporte

Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería

Secret. Gral. Provinc. de Salud en Córdoba

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